Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de diversos Gobiernos Locales

decreto supremo

Nº 060-2022-ef

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, durante el Año Fiscal 2022, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, a favor de los Gobiernos Locales, hasta por la suma de S/ 147 078 296,00 (CIENTO CUARENTA Y SIETE MILLONES SETENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para el financiamiento de las acciones fortalecimiento de las capacidades de gestión vial, de mantenimiento, ejecución y consultorías de obras de infraestructura vial en el marco del programa de inversión de código PROG-23-2012-SNIP- Gestión del Programa y Otros: Programa de Apoyo al Transporte Subnacional – PATS; las que se aprueban, previa suscripción de convenio, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de este último, debiendo ser publicado hasta el 31 de marzo de 2022;

Que, asimismo, la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, señala que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a través de Provías Descentralizado y los pliegos habilitados, deben suscribir convenios que permitan realizar el monitoreo y seguimiento sobre el avance físico y financiero de los recursos que se transfieren en el marco de lo establecido en la referida Disposición y del cumplimento de las acciones contenidas en el mencionado convenio; adicionalmente, se dispone que la autorización otorgada se financia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, mediante el Oficio N° 0634-2022-MTC/04, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, a favor de diversos Gobiernos Locales, para el financiamiento de acciones de fortalecimiento de las capacidades de gestión vial, de mantenimiento y ejecución de obras de infraestructura vial en el marco del programa de inversión de código PROG-23-2012-SNIP- Gestión del Programa y Otros: Programa de Apoyo al Transporte Subnacional - PATS; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° 0163-2022-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los sustentos respectivos;

Que, mediante el Memorando N° 0098-2022-EF/63.04, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, adjunta el Informe N° 0095-2022-EF/63.04 a través del cual remite información del estado situacional de los proyectos de Inversión (PI) incluidos en la solicitud del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo a los registros realizados en el Banco de Inversiones por los Gobiernos Locales;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 109 001 149,00 (CIENTO NUEVE MILLONES UN MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de cincuenta y cuatro (54) Gobiernos Locales, para los fines señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;

DECRETA:

Artículo 1. Objeto

1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, hasta por la suma de S/ 109 001 149,00 (CIENTO NUEVE MILLONES UN MIL CIENTO CUARENTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de cincuenta y cuatro (54) Gobiernos Locales, para financiar acciones de fortalecimiento de las capacidades de gestión vial, de mantenimiento y ejecución de obra de infraestructura vial en el marco del programa de inversión de código PROG-23-2012-SNIP- Gestión del Programa y Otros: Programa de Apoyo al Transporte Subnacional – PATS, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA:   En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 036 : Ministerio de Transportes y

Comunicaciones

UNIDAD EJECUTORA 010 : PROVÍAS DESCENTRALIZADO

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e

Inseguridad en el Sistema de

Transporte

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de activos no financieros   109 001 149,00

============

TOTAL EGRESOS 109 001 149,00

============

A LA:  En Soles

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas

PLIEGOS : Gobiernos Locales

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0138 : Reducción del Costo, Tiempo e

Inseguridad en el Sistema de

Transporte

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de activos no financieros   109 001 149,00

============

TOTAL EGRESOS 109 001 149,00

============

1.2 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del presente artículo se encuentra en el Anexo “Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales para el financiamiento de las acciones de fortalecimiento de las capacidades de gestión vial, de mantenimiento y ejecución de obra de infraestructura vial”, que forma parte integrante de la presente norma, el cual se publica en los sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), en la misma fecha de publicación del presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para la Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos

Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de marzo del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

OSCAR GRAHAM YAMAHUCHI

Ministro de Economía y Finanzas

NICOLÁS BUSTAMANTE CORONADO

Ministro de Transportes y Comunicaciones

2053879-5