Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, saberes y prácticas asociados a la elaboración de la silla artesanal del distrito de Saño, provincia de Huancayo, departamento de Junín

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 000083-2022-VMPCIC/MC

San Borja, 30 de marzo del 2022

VISTOS; el Informe N° 000167-2022-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N° 000188-2022-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; la Hoja de Elevación N° 000154-2022-OGAJ/MC; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;

Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias, señala que integran el patrimonio inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;

Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, mediante el Oficio Nº 140-2021-A/MDS, el señor Yody Sandro Leonides Najera, alcalde de la municipalidad distrital de Saño, subsana las observaciones solicitadas para la declaratoria de los Conocimientos, saberes y prácticas asociados a la elaboración de la silla artesanal del distrito de Saño, como Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, mediante el Informe N° 000167-2022-DGPC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural hizo suyo el Informe Nº 000188-2022-DPI/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, por el cual recomendó declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, saberes y prácticas asociados a la elaboración de la silla artesanal del distrito de Saño;

Que, el distrito de Saño pertenece a la provincia de Huancayo, departamento de Junín. Este distrito adquirió esta categoría el 29 de junio de 1955, en mérito a la Ley N° 12129 del 15 de octubre de 1954, durante el gobierno de Manuel A. Odría. Saño se caracteriza por ser el lugar de origen de una silla artesanal, que dentro de su estructura de madera cuenta con tejidos de fibras vegetales, por ejemplo el junco. Esta silla es producida en todo el distrito de Saño, con mayor incidencia en el anexo de San Roque de Malayo y con menor regularidad en el anexo Ilish-Pichacoto;

Que, con respecto a los orígenes de la producción de la silla artesanal, estos se remontan al Virreinato, cuando los pobladores del actual distrito de Saño fueron organizados en los ayllus de Antacoto, en el barrio de Pumacusma, y participaron en la construcción de la iglesia San Jerónimo de Tunán. Para estas labores, trabajaron con maderas de origen local, como el aliso (Alnus acuminata) y el quishuar (Buddleja incana) aprendiendo a labrarlas. También, se familiarizaron con técnicas de tejido durante la construcción de la estructura del techo de esta iglesia, o enmaderamiento, que como indica el autor Eliseo Sanabria Santiváñez, se utilizaban como materias primas madera de cedro y mallas tejidas a base de cañas de montaña denominadas mamac. Esta caña llegaba hasta los ayllus de Antacoto gracias al intercambio de insumos que se realizaba con las comunidades asháninka de la selva central. La mamac se entretejía con agave, fibra vegetal que los pobladores obtenían a nivel local. Fue así que aprendieron diversas técnicas de tejido, las que aplicarían décadas posteriores en las sillas artesanales, aunque ya no con agave, sino con otras fibras;

Que, en el periodo republicano, a partir de la década de 1840, los ayllus de Antacoto se independizaron del barrio de Pumacusma, actualmente denominado San Jerónimo de Tunán, adquiriendo el nombre de Saño. Es en este periodo que los artesanos iniciaron la producción de la silla artesanal cuya estructura era de madera de origen local, como el chachars, el aliso y el quichuar, en la cual se aplicaban tejidos con la fibra cortadera, (Cortaderia selloana) fibra vegetal que recolectaban del paraje de Paltahuanca, zona altoandina en Saño. Hasta la década de 1940, aproximadamente, se empleó principalmente la madera de aliso (lamblash), caracterizada por su suavidad para el tallado. Empero, a inicios de la década de 1950, los artesanos empezaron a emplear madera de eucalipto, si bien es más dura para ser torneada, pues desde la década de 1930 existen plantaciones de este árbol, originario de Australia, en la zona;

Que, los artesanos parten un bloque de madera con una comba y obtienen entre cuatro y seis trozos, comúnmente llamados rajadas. Estos se exponen al sol para que pierdan la humedad característica de la madera recién cortada. Una vez seca, la madera no se torcerá, ni deformará, por lo que será más consistente. Luego, las rajadas se labran a mano con una azuela y una gurbia, con el fin de obtener una forma cilíndrica que pueda ingresar al torno para rebajar sus dimensiones. En cuanto al torno, este puede ser a pedal o eléctrico. Mientras la madera gira en el torno, es rebajada con un formón. Las piezas de madera resultantes son pulidas y se les tallan diseños para, finalmente, ser agujereadas a mano con un berbiquí o empleándose un taladro eléctrico. Así, las piezas podrán encajar a presión unas con otras, al momento del armado de la silla artesanal. Cabe mencionar que los tiempos de fabricación de las sillas dependerán del tipo de torno que se emplee: con el torno a pedal, se fabrican dos sillas por día; mientras que con el torno eléctrico, cuatro sillas por día;

Que, en lo que respecta al tejido del asiento de la silla, este es realizado por las mujeres. Antiguamente, empleaban la fibra de la cortadera, sin embargo, esta ya no se emplea más pues dejó de crecer en abundancia en la zona altoandina de Saño. Desde la década de 1950, emplean tanto el junco, como la totora. Esta última, se obtiene de la laguna de Paca, en la provincia de Jauja, y de la laguna Ñahuimpuquio, en la provincia de Chupaca. La totora es remojada desde un día antes para suavizarla, de forma tal que facilite el tejido sobre el armazón de la silla. Durante esta tarea, se ajusta el tejido a la madera con un combo de goma. En cuanto al junco, muchos artesanos optan por comprar en Lima esta fibra, la cual ya viene lista en ovillos, por ello, se denomina también “paja de Lima”;

Que, en lo que respecta a los tiempos de tejido de una silla artesanal, varían entre 20 minutos para una silla de adulto y 15 minutos para una silla pequeña. Actualmente se registran tres principales técnicas de tejido: Simple, Estrella e Intercalado. La técnica Simple, también denominada como tejido “llanito” o “pecho paloma”, es el urdido de la fibra que se alterna envolviendo encima y luego debajo. El tejido se inicia en los canutos delanteros de la silla, después se dirige a los canutos traseros, y así sucesivamente. En la técnica Estrella, la fibra se teje de esquina a esquina, de atrás hacia adelante y de forma cruzada. La técnica de Intercalado es similar a un urdido que se teje cruzado. La fibra se introduce y se saca consecutivamente, luego se hace el mismo procedimiento de retorno;

Que, la transmisión de los conocimientos de fabricación de las sillas artesanales se realiza a nivel intrafamiliar. Desde la segunda infancia, niños y niñas observan a sus padres en las labores artesanales. A los 12 años, los varones se inician trasladando y lijando la madera, así como cortando y labrando los canutos bajo la supervisión del padre, ya que trabajan con herramientas punzocortantes. En el caso de las adolescentes, se inician en el tejido observando a sus madres;

Que, en lo que refiere a la comercialización de la silla artesanal, hasta la década de 1990 esta solía hacerse mediante el trueque a lomo de burro. En ese entonces, los artesanos se trasladaban con dirección a pueblos de zonas altoandinas, como Rangra, Ñahuimpuquio, Tizo, Siusa y Rimaycancha. En estos lugares, intercambiaban las sillas artesanales por papa, chuño, oca o mashua. El equivalente de una silla pequeña, era un costal de dos arrobas y media de alguno de los productos mencionados. También, los artesanos llevaban su cargamento a pueblos vecinos, como Quilcas, San Jerónimo de Tunán o Hualhuas. Posteriormente, la venta de las sillas empezó a través de las mujeres de Saño, quienes empezaron a introducirlas en otros puntos del valle del Mantaro, especialmente a través de ferias dominicales de ciudades capitales de provincias como Concepción, Jauja y Huancayo. Así, de jueves a sábado eran días de trabajo para los artesanos y artesanas, pues fabricaban decenas de sillas para venderlas los domingos. Después de la venta, se compraban víveres para la semana, con los cuales retornaban a Saño;

Que, gracias al prestigio que adquirió esta producción, la demanda permitió introducir la venta de las sillas artesanales a lugares más alejados. Para ello, entregaban las sillas desarmadas a los acopiadores, quienes las trasladaban en camión y las armaban y tejían en el lugar de destino. Así, las sillas llegaron a Huancavelica, Ayacucho, Huánuco, Cerro de Pasco y toda la selva central, abarcando Satipo, Pangoa, La Merced, Pichanaqui y Tingo María. Lima era el principal, destino, donde se vendían más de 500 sillas a la semana. En la actualidad, los artesanos también venden sus sillas a restaurantes y recreos turísticos del departamento de Junín, y continúan teniendo presencia en las ferias dominicales de las capitales de provincias de este departamento. Asimismo, las ventas también se dieron a nivel internacional, pues en 1996, el entonces alcalde de Saño, Celso Salvador Dávila, se alió con la Asociación de Exportadores (ADEX), institución que logró un convenio con el Fondo Contravalor Perú-Francia para fortalecer las capacidades de los artesanos. Durante 6 meses, profesores de la Escuela Nacional de Bellas Artes fortalecieron las capacidades en técnicas de tallado en madera, acabado y pintado; con el fin de elevar los estándares de calidad de los productos. Los beneficiarios fueron Alejandro Contreras, de Artesanías El Zorro; Gumercinda Contreras, de Artesanía Catalina Huanca; y Gregorio Contreras, de Artesanía Contreras; quienes fueron seleccionados en un concurso local. Así, se exportó, con destino a París, un cargamento de más de 100 unidades, compuesto por sillas, sillones y juegos de comedor;

Que, en cuanto a los impactos de la tradicional fabricación de esta silla en Saño, en 1999 se fabricó la silla artesanal más grande del mundo, la cual tenía cinco metros de alto, por cuatro de ancho. El tallado y el diseño fueron hechos por los maestros de Artesanías El Zorro, Catalina Huanca, entre otros. También, la celebración por la Semana Santa en Saño es un espacio de difusión de estos conocimientos tradicionales, ya que se organizan concursos de tejedoras silleteras. Cabe mencionar que, desde el año 2003, existe la danza del silletero, la cual nació en el anexo de San Roque, en el distrito de Saño. Esta danza, inspirada en el Huaylarsh antiguo, representa el proceso de producción de la silla, desde el corte del tronco hasta el tejido de la silla. Los danzantes muestran la materia prima, la madera tallada y la totora, además de las herramientas, como la azuela y la comba. Finalmente, muestran el torno y una silla fabricada;

Que, lo expuesto pone en evidencia la antigüedad de los procedimientos característicos de la producción silletera en el actual distrito de Saño, los que se mantienen y conviven con la introducción de nuevos materiales y tecnologías contemporáneas que agilizan la producción, así como nuevas rutas de comercialización a nivel regional, nacional e, incluso, internacional. También se evidencia que se preservan diseños y técnicas de tejido tradicionales, todo lo cual constituye conocimientos y saberes que se transmiten a nivel intrafamiliar. Así, la producción de sillas artesanales en Saño involucra no solo una actividad económica, sino que forma parte de la identidad cultural de los pobladores de este distrito, pues es una labor que les destaca entre otros distritos;

Que, todas estas cualidades otorgan gran valor y particularidades a la elaboración de las sillas artesanales de Saño, tanto a nivel material por la calidad y perdurabilidad de los objetos producidos, como por la importancia de la transmisión del conocimiento tradicional por generaciones, mediante el ejemplo. Además, la producción silletera fomenta la cohesión de la familia, siendo el trabajo colectivo la forma de mantener el referido conocimiento, si bien los varones se dedican a las labores de carpintería, mientras que las mujeres se especializan en el tejido con fibras vegetales. Es relevante señalar que, actualmente, existen quince familias dedicadas a la elaboración de estas sillas en Saño, la mayoría ubicadas en el anexo San Roque de Malayo, mientras que una menor proporción en el anexo de Ilish-Pichacoto. Esta acotada cantidad de portadores de estos conocimientos, es también una razón para alentar la salvaguardia de sus prácticas artesanales, que podrían eventualmente entrar en riesgo de desaparecer;

Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 000188-2022-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y el significado de los Conocimientos, saberes y prácticas asociados a la elaboración de la silla artesanal del distrito de Saño, provincia de Huancayo, departamento de Junín; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 338-2015-MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, “Directiva para la Declaratoria de las Manifestaciones de Patrimonio Cultural Inmaterial y de la Obra de Grandes Maestros, Sabios y Creadores como Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural”, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el diario oficial “El Peruano”;

Con las visaciones de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección de Patrimonio Inmaterial y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, saberes y prácticas asociados a la elaboración de la silla artesanal del distrito de Saño, por los singulares valores simbólicos, tecnológicos y estéticos que alberga la tradicional labor silletera, expresión cultural que fortalece la memoria colectiva, la cohesión social y la identidad cultural de los habitantes del distrito de Saño y del departamento de Junín.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución viceministerial en el diario oficial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), conjuntamente con el Informe N° 000188-2022-DPI/MC.

Artículo 4.- Notificar la presente resolución viceministerial y el Informe N° 000188-2022-DPI/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín y a la Municipalidad Distrital de Saño, para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIELA SONALY TUESTA ALTAMIRANO

Viceministra de Patrimonio Cultural e

Industrias Culturales

2053837-1