Otorgan a favor de Acciona.org, concesión eléctrica rural para desarrollar actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el “Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico Maynas, Requena y Ramón Castilla”, ubicado en el departamento de Loreto

Resolución Directoral

Nº 0200-2021-MINEM/DGE

Lima, 17 de diciembre de 2021

VISTO: El Expediente Nº 65399021, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la “Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico Maynas, Requena y Ramón Castilla” (en adelante, el PROYECTO), presentada por la empresa ACCIONA.ORG PERÚ (en adelante, Acciona.org) y el Informe Nº 707-2021-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas;

CONSIDERANDO:

Que, mediante documento de Registro Nº 3208439, de fecha 24 de setiembre de 2021, Acciona.org solicita la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, ubicado en los distritos de Napo y Belén en la provincia de Maynas; distritos de Jenaro Herrera, Saquena, Capelo, Emilio San Martín, Maquía y Piunahua, en la provincia de Requena; y en el distrito de Ramón Castilla, provincia de Mariscal Ramón Castilla, Departamento de Loreto, lo que permitirá el acceso al servicio básico de electricidad a 1,107 viviendas, distribuidas en 30 localidades, cuyas coordenadas UTM WGS84 figuran en el Expediente;

Que, Acciona.org ha presentado copia de la Resolución Directoral Nº 031-2021-GRL/DREM-L, de fecha 08 de abril de 2021, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Loreto aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) correspondiente al PROYECTO, así como el otorgamiento de Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobado mediante las Resoluciones Directorales Nº 059-2021-MINEM/DGE, de fecha 19 de marzo de 2021 y Nº 085-2020/EM-DGE, de fecha 02 de setiembre de 2020, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, y el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, respectivamente;

Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;

Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe Nº 707-2021-MINEM/DGE-DCE;

Estando a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de Acciona.org, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el “Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico Maynas, Requena y Ramón Castilla”, ubicado en los distritos de Napo y Belén en la provincia de Maynas; distritos de Jenaro Herrera, Saquena, Capelo, Emilio San Martín, Maquía y Piunahua, en la provincia de Requena; y en el distrito de Ramón Castilla, provincia de Mariscal Ramón Castilla, Departamento de Loreto; lo que permitirá el acceso al servicio básico de electricidad a 1,107 viviendas distribuidas en 30 localidades, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente
Resolución.

Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las coordenadas donde se ubican referencialmente los sistemas fotovoltaicos domiciliarios o usuarios, que obran en el expediente en conformidad con la cantidad indicada en el cuadro siguiente:

Item

Provincia

Distritos

Localidad

Nº de Usuarios

A) RAMÓN CASTILLA

1

Mcal. Ramón Castilla

Ramón Castilla

Parinaquiro

43

2

Mcal. Ramón Castilla

Ramón Castilla

Santa Martha

23

3

Mcal. Ramón Castilla

Ramón Castilla

Santoa de Suni

23

4

Mcal. Ramón Castilla

Ramón Castilla

Edén de la Frontera

22

5

Mcal. Ramón Castilla

Ramón Castilla

Villa San Esteban

31

6

Mcal. Ramón Castilla

Ramón Castilla

Primavera

32

7

Mcal. Ramón Castilla

Ramón Castilla

Santa Clara de Agua Blanca

6

8

Mcal. Ramón Castilla

Ramón Castilla

Puerto Alegre I Zona

39

9

Mcal. Ramón Castilla

Ramón Castilla

Puerto Alegre II Zona

4

 

 

 

SUB TOTAL A)

223

B) REQUENA

10

Requena

Jenaro Herrera

San Gerardo

23

11

Requena

Saquena

Jorge Chávez

31

12

Requena

Saquena

Mariscal Castilla

19

13

Requena

Saquena

Vista Alegre

21

14

Requena

Capelo

Florida

14

15

Requena

Emilio San Martín

Zapatilla I Zona

109

16

Requena

Maquia

Obrero I Zona

80

17

Requena

Puinahua

Las Palmas

85

18

Requena

Puinahua

Huacrachiro

84

 

 

 

SUB TOTAL B)

466

C) MAYNAS

19

Maynas

Napo

Rango Isla

24

20

Maynas

Napo

Monte Verde

37

21

Maynas

Napo

Fortaleza

50

22

Maynas

Napo

Lagarto Cocha

75

23

Maynas

Napo

Nina Yacu

42

24

Maynas

Napo

Puerto Alegre

41

25

Maynas

Napo

Nueva Argelia

16

26

Maynas

Napo

Morón Isla

19

27

Maynas

Napo

Puca Barranca

37

28

Maynas

Napo

San Juan de Yanayacu

33

29

Maynas

Belén

Nuevo Jerusalén

6

30

Maynas

Belén

San Pedro de Huashalado

38

 

 

 

SUB TOTAL C)

418

TOTAL A)+B)+C)

1107

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 154-2021 a suscribirse con Acciona.org, el que consta de 19 Cláusulas y 04 Anexos.

Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 154-2021 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 154-2021, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.

Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a Acciona.org dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ OPORTO VARGAS

Director General

Dirección General de Electricidad

2053713-1