Otorgan a favor de Acciona.org, concesión eléctrica rural para desarrollar actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el “Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico Maynas, Requena y Ramón Castilla”, ubicado en el departamento de Loreto
Resolución Directoral
Nº 0200-2021-MINEM/DGE
Lima, 17 de diciembre de 2021
VISTO: El Expediente Nº 65399021, sobre la solicitud de otorgamiento de concesión eléctrica rural (CER) para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en la “Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico Maynas, Requena y Ramón Castilla” (en adelante, el PROYECTO), presentada por la empresa ACCIONA.ORG PERÚ (en adelante, Acciona.org) y el Informe Nº 707-2021-MINEM/DGE-DCE elaborado por la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento de Registro Nº 3208439, de fecha 24 de setiembre de 2021, Acciona.org solicita la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el PROYECTO, ubicado en los distritos de Napo y Belén en la provincia de Maynas; distritos de Jenaro Herrera, Saquena, Capelo, Emilio San Martín, Maquía y Piunahua, en la provincia de Requena; y en el distrito de Ramón Castilla, provincia de Mariscal Ramón Castilla, Departamento de Loreto, lo que permitirá el acceso al servicio básico de electricidad a 1,107 viviendas, distribuidas en 30 localidades, cuyas coordenadas UTM WGS84 figuran en el Expediente;
Que, Acciona.org ha presentado copia de la Resolución Directoral Nº 031-2021-GRL/DREM-L, de fecha 08 de abril de 2021, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Loreto aprueba la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) correspondiente al PROYECTO, así como el otorgamiento de Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobado mediante las Resoluciones Directorales Nº 059-2021-MINEM/DGE, de fecha 19 de marzo de 2021 y Nº 085-2020/EM-DGE, de fecha 02 de setiembre de 2020, conforme a lo establecido en los artículos 22 y 30 del Reglamento de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2009-MINAM, y el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM, respectivamente;
Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley General de Electrificación Rural, concordado con los artículos 48, 51, 52 y 53 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, ha emitido el Informe Nº 707-2021-MINEM/DGE-DCE;
Estando a lo dispuesto en el artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar a favor de Acciona.org, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de dotación de energía eléctrica mediante generación autónoma con fuentes no convencionales en el “Sistema Eléctrico Rural Fotovoltaico Maynas, Requena y Ramón Castilla”, ubicado en los distritos de Napo y Belén en la provincia de Maynas; distritos de Jenaro Herrera, Saquena, Capelo, Emilio San Martín, Maquía y Piunahua, en la provincia de Requena; y en el distrito de Ramón Castilla, provincia de Mariscal Ramón Castilla, Departamento de Loreto; lo que permitirá el acceso al servicio básico de electricidad a 1,107 viviendas distribuidas en 30 localidades, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente
Resolución.
Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las coordenadas donde se ubican referencialmente los sistemas fotovoltaicos domiciliarios o usuarios, que obran en el expediente en conformidad con la cantidad indicada en el cuadro siguiente:
Item |
Provincia |
Distritos |
Localidad |
Nº de Usuarios |
A) RAMÓN CASTILLA |
||||
1 |
Mcal. Ramón Castilla |
Ramón Castilla |
Parinaquiro |
43 |
2 |
Mcal. Ramón Castilla |
Ramón Castilla |
Santa Martha |
23 |
3 |
Mcal. Ramón Castilla |
Ramón Castilla |
Santoa de Suni |
23 |
4 |
Mcal. Ramón Castilla |
Ramón Castilla |
Edén de la Frontera |
22 |
5 |
Mcal. Ramón Castilla |
Ramón Castilla |
Villa San Esteban |
31 |
6 |
Mcal. Ramón Castilla |
Ramón Castilla |
Primavera |
32 |
7 |
Mcal. Ramón Castilla |
Ramón Castilla |
Santa Clara de Agua Blanca |
6 |
8 |
Mcal. Ramón Castilla |
Ramón Castilla |
Puerto Alegre I Zona |
39 |
9 |
Mcal. Ramón Castilla |
Ramón Castilla |
Puerto Alegre II Zona |
4 |
|
|
|
SUB TOTAL A) |
223 |
B) REQUENA |
||||
10 |
Requena |
Jenaro Herrera |
San Gerardo |
23 |
11 |
Requena |
Saquena |
Jorge Chávez |
31 |
12 |
Requena |
Saquena |
Mariscal Castilla |
19 |
13 |
Requena |
Saquena |
Vista Alegre |
21 |
14 |
Requena |
Capelo |
Florida |
14 |
15 |
Requena |
Emilio San Martín |
Zapatilla I Zona |
109 |
16 |
Requena |
Maquia |
Obrero I Zona |
80 |
17 |
Requena |
Puinahua |
Las Palmas |
85 |
18 |
Requena |
Puinahua |
Huacrachiro |
84 |
|
|
|
SUB TOTAL B) |
466 |
C) MAYNAS |
||||
19 |
Maynas |
Napo |
Rango Isla |
24 |
20 |
Maynas |
Napo |
Monte Verde |
37 |
21 |
Maynas |
Napo |
Fortaleza |
50 |
22 |
Maynas |
Napo |
Lagarto Cocha |
75 |
23 |
Maynas |
Napo |
Nina Yacu |
42 |
24 |
Maynas |
Napo |
Puerto Alegre |
41 |
25 |
Maynas |
Napo |
Nueva Argelia |
16 |
26 |
Maynas |
Napo |
Morón Isla |
19 |
27 |
Maynas |
Napo |
Puca Barranca |
37 |
28 |
Maynas |
Napo |
San Juan de Yanayacu |
33 |
29 |
Maynas |
Belén |
Nuevo Jerusalén |
6 |
30 |
Maynas |
Belén |
San Pedro de Huashalado |
38 |
|
|
|
SUB TOTAL C) |
418 |
TOTAL A)+B)+C) |
1107 |
Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 154-2021 a suscribirse con Acciona.org, el que consta de 19 Cláusulas y 04 Anexos.
Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 154-2021 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.
Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen la Minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 154-2021, referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas.
Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a Acciona.org dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2020-EM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ OPORTO VARGAS
Director General
Dirección General de Electricidad
2053713-1