Actualizan denominación y conformación del Comité de Gobierno y Transformación Digital del Seguro Integral de Salud

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 063-2022/SIS

Lima, 30 de marzo de 2022

VISTOS: El Memorando N° 173-2022-SIS/SG de la Secretaría General y el Informe Legal N° 002-2022-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 147-2022-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Seguro Integral de Salud; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Seguro Integral de Salud – SIS, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA establece que: “el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud que cuenta con personería jurídica de derecho público interno, autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa, y constituye un Pliego Presupuestal con independencia para ejercer sus funciones con arreglo a ley”;

Que, el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital, tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos; así como, el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública en los tres niveles de gobierno;

Que, el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 119-2018-PCM modificada por Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM, establece que “1.1 Cada entidad de la Administración Pública debe constituir un Comité de Gobierno Digital, conformado como mínimo por: El/la titular de la entidad o su representante; El/la líder de Gobierno Digital; El/la responsable del área de informática o quien haga sus veces; El/la responsable del área de recursos humanos o quien haga sus veces; El/la responsable del área de atención al ciudadano o quien haga sus veces; El/la Oficial de seguridad de la información; El/la responsable de área legal o quien haga sus veces; y, El/la responsable del área de planificación o quien haga sus veces (…)”. Dicha resolución ministerial establece en su artículo 2 las funciones del citado comité;

Que, con la Resolución Jefatural N° 132-2019/SIS se constituye el Comité de Gobierno Digital del SIS, integrado por: El/la titular de la entidad o su representante; el/la Secretario(a) General como Líder de Gobierno Digital; el/la Director(a) General de la Oficina General de Tecnología de la Información; el/la Director(a) Ejecutivo(a) de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el/la Gerente(a) de la Gerencia del Asegurado; el/la Oficial de Seguridad de la Información; el/la Director(a) General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; el/la Director/a General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional;

Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 006-2020, Decreto de Urgencia que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, se establece que este es un Sistema Funcional del Poder Ejecutivo, conformado por un conjunto de principios, normas, procedimientos, técnicas e instrumentos mediante los cuales se organizan las actividades de la administración pública y se promueven las actividades de las empresas, la sociedad civil y la academia orientadas a alcanzar los objetivos del país en materia de transformación digital;

Que, a través de la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto de Urgencia N° 006-2020, aprobado por el Decreto Supremo N° 157-2021-PCM, se establece, entre otros, que para todo efecto la mención al “Comité de Gobierno Digital”, que se efectúe en cualquier disposición, norma o documento de gestión debe entenderse al “Comité de Gobierno y Transformación Digital”;

Que, el numeral 13.3 del artículo 13 del citado Reglamento del Decreto de Urgencia Nº 006-2020, indica que las entidades y empresas públicas comprendidas en el ámbito de aplicación de la norma deben comunicar la conformación y actualización de su Comité de Gobierno y Transformación Digital mediante documento escrito a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, a través del Informe Legal N° 002-2022-SIS/OGAJ-DE con Proveído N° 147-2022-SIS/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta viable que se emita la resolución jefatural que actualice la conformación del Comité de Gobierno y Transformación Digital, dejando sin efecto los artículos 5 y 6 de la Resolución Jefatural N° 132-2019/SIS;

Con el visto de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y del Secretario General; y,

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1412, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Gobierno Digital; en el Decreto de Urgencia N° 006-2020, que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 157-2021-PCM; en la Resolución Ministerial N° 119-2018-PCM modificada por Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Actualizar la denominación y conformación del Comité de Gobierno y Transformación Digital del Seguro Integral de Salud, el que estará integrado por:

- El/la titular de la entidad o su representante.

- El/la Líder de Gobierno y Transformación Digital.

- El/la Director/a General de la Oficina General de Tecnologías de la Información.

- El/la Director/a Ejecutivo/a de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos.

- El/la Responsable de la Unidad de Trámite Documentario.

- El/la Oficial de Seguridad y Confianza Digital.

- El/la Director/a General de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

- El/la Director/a General de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional.

Artículo 2.- Son funciones del Comité de Gobierno y Transformación Digital, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 119-2018-PCM, modificada por Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM, las siguientes:

a) Formular el Plan de Gobierno Digital en coordinación con los órganos, unidades orgánicas, programas y/o proyectos de la entidad.

b) Liderar y dirigir el proceso de transformación digital en la entidad.

c) Evaluar que el uso actual y futuro de las tecnologías digitales sea acorde con los cambios tecnológicos, regulatorios, necesidades de la entidad, objetivos institucionales, entre otros, con miras a implementar el Gobierno Digital.

d) Gestionar la asignación de personal y recursos necesarios para la implementación del Plan de Gobierno Digital, Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI) en sus Planes Operativos Institucionales, Plan Anual de Contrataciones y otros.

e) Promover y gestionar la implementación de estándares y buenas prácticas en gestión y gobierno de tecnologías digitales, interoperabilidad, seguridad digital, identidad digital y datos en la entidad.

f) Elaborar informes anuales que midan el progreso de la implementación del Plan de Gobierno Digital y evalúen el desempeño del Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI).

g) Vigilar el cumplimiento de la normatividad relacionada con la implementación del gobierno digital, interoperabilidad, seguridad de la información y datos abiertos en las entidades públicas.

h) Promover el intercambio de datos, información, software público, así como la colaboración en el desarrollo de proyectos de digitalización entre entidades.

i) Gestionar, mantener y documentar el Modelo de Gestión Documental (MGD), Modelo de Datos Abiertos Gubernamentales y Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI) de la entidad.

j) Promover la conformación de equipos multidisciplinarios ágiles para la implementación de proyectos e iniciativas de digitalización de manera coordinada con los responsables de órganos y unidades orgánicas de la entidad.

k) Otras funciones que se le asigne en el ámbito de su competencia y aquellas concordantes con la materia.

Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 4.- Dejar sin efecto los artículos 5 y 6 de Resolución Jefatural N° 132-2019/SIS.

Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ERNESTO VIDAL FERNÁNDEZ

Jefe del Seguro Integral de Salud

2053601-1