Aprueban la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 091-2022-VIVIENDA

Lima, 29 de marzo de 2022

VISTOS:

El Informe N° 004-2022-VIVIENDA-SG/OILCC de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Memorando N° 299-2022-VIVIENDA/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 203-2022-VIVIENDA/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el literal d) del artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, con el objetivo de alcanzar un Estado transparente en su gestión;

Que, con el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, que tiene como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía;

Que, los objetivos específicos 3 y 4 del Eje 2: “Identificación y Gestión de Riesgos” de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, establecen como estrategias garantizar la integridad en las contrataciones de obras, bienes y servicios, así como fortalecer la gestión de riesgos al interior de cada entidad pública, señalando entre los lineamientos de este último objetivo específico, implementar mecanismos de cumplimiento de normas anticorrupción;

Que, con la Resolución Directoral N° 012-2017-INACAL/DN, se aprueba la Norma Técnica Peruana: NTP-ISO 37001:2017 “Sistema de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso”, la cual, en el literal a) del subnumeral 5.1.1. del numeral 5.1 de su Capítulo 5, establece que el órgano de gobierno debe demostrar su liderazgo y compromiso con respecto al sistema de gestión antisoborno a través de la aprobación de la política antisoborno;

Que, asimismo, el subnumeral 5.1.2 del numeral 5.1 y el subnumeral 5.3.2 del numeral 5.3 del Capítulo 5 de la citada NTP-ISO 37001:2017, señalan que la alta dirección debe demostrar su liderazgo y compromiso con respecto al sistema de gestión antisoborno, asegurándose que se aborden adecuadamente los riegos de soborno de la organización; así como, debe designar a la(s) persona(s) que tendrá(n) la competencia, la posición, autoridad e independencia apropiada para ejecutar la función de cumplimiento de la política antisoborno de la organización;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, se establecen medidas en materia de integridad pública con el objeto de orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores públicos y de las entidades, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de las políticas en materia de integridad pública, como parte de las acciones de prevención y lucha contra la corrupción para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno;

Que, conforme a la Única Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 180-2021-PCM, el Modelo de Integridad para las entidades del sector público, previsto en la Tabla N° 11 del Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, aprobado por el Decreto Supremo N° 044-2018-PCM, mantiene su vigencia hasta la actualización de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; siendo que, dicho modelo facilita a las entidades públicas la implementación de una estructura de prevención de la corrupción; y, cuyo desarrollo corresponde a estándares internacionales y buenas prácticas planteadas desde la cooperación internacional con la finalidad de mejorar la organización de la administración pública para promover la integridad y luchar contra la corrupción;

Que, en el marco de las normas citadas, a través de la Resolución Ministerial N° 178-2019-VIVIENDA, se aprueba la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y se designa a el/la Director/a de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción como responsable del cumplimiento de la misma;

Que, posteriormente, con la Resolución Ministerial N° 341-2020-VIVIENDA, se aprueba el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2024 del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que establece como Objetivo Estratégico Institucional OEI.08 “Modernizar la gestión institucional del MVCS” y como Acción Estratégica Institucional AEI.08.02 “Modelo de Integridad del MVCS implementado”; de esta manera, el ministerio incorpora a la Integridad dentro de sus objetivos estratégicos, lo cual asegura la continuidad de las acciones orientadas a la lucha contra la corrupción en la entidad;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 111-2021-VIVIENDA, modificada por la Resolución Ministerial N° 137-2021-VIVIENDA, se aprueba el Manual del Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como documento orientador para implementar, gestionar, conducir, mantener y mejorar continuamente dicho sistema en la entidad;

Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) obtiene el Certificado N° ER-0061-21-AS del Sistema de Gestión Antisoborno, en el marco de la Norma Internacional ISO 37001:2016;

Que, con la Resolución Ministerial N° 016-2022-VIVIENDA, se aprueba el Código de Ética y Conducta del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que tiene por objeto ser una guía de orientación del comportamiento de los/las servidores/as civiles en el ejercicio de sus funciones, desde un enfoque preventivo; así como, fomentar y fortalecer los valores institucionales en base a la integridad y transparencia;

Que, los literales d) y k) del artículo 24-A del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, establecen que la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción tiene como función promover y realizar actividades vinculadas al fomento de la ética, transparencia y lucha contra la corrupción; así como, elaborar y proponer, a la Alta Dirección, normas relacionadas a las materias de su competencia;

Que, mediante el Informe N° 004-2022-VIVIENDA-SG/OILCC, la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción señala que, debido las nuevas disposiciones contenidas en el Plan Estratégico Institucional (PEI) 2020-2024 del MVCS y en el Código de Ética y Conducta del MVCS, es necesario aprobar una nueva Política Antisoborno del MVCS, a fin de fortalecer la lucha frontal contra todas las prácticas de corrupción, con la finalidad de ofrecer al Perú mejores servicios de vivienda, construcción y saneamiento, impulsando el desarrollo de acciones que promuevan la transparencia en la gestión administrativa y técnica, disuadiendo las conductas indebidas e incentivando el compromiso de todo servidor civil, proveedor y contratista o quien tenga relación jurídica con la entidad contra el soborno;

Que, con el Memorando N° 299-2022-VIVIENDA/OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 058-2022-VIVIENDA/OGPP-OPM de su Oficina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual se emite opinión favorable a la propuesta de la nueva Política Antisoborno del MVCS, con la finalidad que sea actualizada y enmarcada en el Plan Estratégico Institucional (PEI 2020-2024) del MVCS y en el Código de Ética y Conducta del MVCS; asimismo, señala que, dicha propuesta, ha seguido, en el desarrollo de su contenido, las orientaciones previstas en el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y en la Norma Técnica Peruana: NTP-ISO 37001:2017 “Sistema de gestión antisoborno. Requisitos con orientación para su uso”;

Que, a través del Informe N° 203-2022-VIVIENDA/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, en atención a lo sustentado por la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción y a lo opinado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta legalmente viable se expida una Resolución Ministerial que apruebe la propuesta de la nueva Política Antisoborno del MVCS;

Que, en consecuencia, es necesario aprobar el proyecto de la nueva Política Antisoborno del MVCS, propuesta por la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción, así como, derogar la Resolución Ministerial N° 178-2019-VIVIENDA;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Aprobar la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Designación de responsable

Designar a el/la Director/a de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento como responsable de cumplimiento de la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobada en el artículo precedente.

Artículo 3.- Adecuación

Disponer que los documentos de gestión, procedimientos, formatos y demás instrumentos relacionados al Sistema de Gestión Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se adecúen, en lo que corresponda y en forma progresiva, a la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 4.- Derogación

Derogar la Resolución Ministerial N° 178-2019-VIVIENDA.

Artículo 5.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y la Política Antisoborno del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de la publicación de las mismas en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GEINER ALVARADO LOPEZ

Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento

POLÍTICA ANTISOBORNO DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO

El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) en cumplimiento de su misión y objetivos estratégicos institucionales, y considerando el valor institucional de Probidad recogido en el Código de Ética y Conducta del MVCS, ha decidido fortalecer la lucha frontal contra todas las prácticas de corrupción con la finalidad de ofrecer al Perú mejores servicios de vivienda, construcción y saneamiento, impulsando el desarrollo de acciones que promuevan la transparencia en la gestión administrativa y técnica, disuadiendo las conductas indebidas e incentivando el compromiso de todo servidor civil, proveedor y contratista o quien tenga relación jurídica con la entidad contra el soborno.

La Política Antisoborno del MVCS constituye marco de referencia para la implementación y seguimiento del Sistema de Gestión Antisoborno en el MVCS; en ese sentido, acorde a lo dispuesto en la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, aprobada por el Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, manifiesta su posición de luchar formalmente contra el soborno y la corrupción, y su firme decisión de adoptar todas las medidas necesarias para combatirlos, comprometiéndose a:

1. Prohibir el soborno; asimismo, denunciar y sancionar todo tipo de corrupción en la entidad.

2. Cumplir los requisitos del Sistema de Gestión Antisoborno Norma ISO 37001.

3. Promover comportamientos éticos a través de la sensibilización y capacitación de los/as servidores/as civiles y partes interesadas, sobre la gestión de riesgos y sus controles, así como la importancia de su compromiso con el Sistema de Gestión Antisoborno.

4. Comprometer a todos los/as servidores/as civiles, proveedores y contratistas a cumplir con el marco legal contra cualquier práctica de soborno en el MVCS.

5. Evitar las prácticas de soborno a través de los socios de negocio del MVCS.

6. Prohibir la obtención de ventajas indebidas, así como la aceptación de regalos, obsequios, cortesías ni otros beneficios a los/as servidores/as civiles del MVCS.

7. Generar conciencia entre los/as servidores/as civiles, proveedores y contratistas del MVCS sobre las consecuencias disciplinarias, civiles y penales por realizar o permitir realizar prácticas que constituyan soborno.

8. Asegurar que no exista represalia cuando se reporta una inquietud de soborno, protegiendo la identidad e integridad de las personas.

9. Promover la mejora continua del Sistema de Gestión Antisoborno, considerando a las personas como principales responsables de la gestión y mejora de sus procesos.

Se precisa que, todo servidor civil que tenga conocimiento directo sobre potenciales incumplimientos de la presente Política, que no denuncie a las instancias correspondientes, que induzca a error u obstaculice a los encargados del proceso de investigación o que se encuentren realizando indagaciones sobre potenciales incumplimientos de la presente Política, está sujeto a acción disciplinaria. En todos los casos, la acción disciplinaria puede incluir el término de la relación laboral o vínculo contractual.

El MVCS reafirma su compromiso de promover las conductas éticas e íntegras, difundiendo e incentivando en sus servidores/as civiles el conocimiento y cumplimiento de la presente Política, a fin de prevenir y/o evitar cualquier riesgo de soborno.

La Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción del MVCS supervisa el cumplimiento de la presente Política, para lo cual, respeta y aplica los lineamientos y vigilancia que ejerce en la promoción y fortalecimiento de la Ética e Integridad institucional.

2053099-1