Aprueban la modificación a la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 17 Contratos de Seguro
Consejo Normativo de Contabilidad
Resolución N° 001-2022-EF/30
Lima, 24 de marzo de 2022
VISTO:
El despacho remitido por la Fundación de Normas Internacionales de Información Financiera (IFRS, por sus siglas en inglés), que contiene la modificación a la Norma Internacional de Información Financiera - NIIF 17 Contratos de Seguro;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el inciso 2 del numeral 6.2 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad, el Consejo Normativo de Contabilidad tiene como función emitir resoluciones dictando y aprobando las normas de contabilidad para las entidades del sector privado y las empresas públicas, en lo que corresponda;
Que, en la sesión virtual del Consejo Normativo de Contabilidad, realizada el 04 de marzo de 2022, se acordó aprobar la modificación a la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 17 Contratos de Seguro;
Que, al amparo de dicho marco normativo y en virtud del despacho referido en el Visto, resulta necesario aprobar la modificación a la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 17 Contratos de Seguro, en el marco de la función atribuída al Consejo Normativo de Contabilidad;
De conformidad con lo establecido en el inciso 2 del numeral 6.2 del artículo 6 del Decreto Legislativo N° 1438, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Contabilidad;
Se resuelve:
Artículo 1. Objeto
Aprobar la modificación a la Norma Internacional de Información Financiera – NIIF 17 Contratos de
Seguro.
Artículo 2. Vigencia
La vigencia de la modificación aprobada en el artículo precedente, es la establecida en la propia norma.
Artículo 3. Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución, así como de la modificación aprobada en el artículo 1, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4. Difusión
Solicitar a la Dirección General de Contabilidad Pública, como ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, la difusión de la presente Resolución; y recomendar a la Junta de Decanos de los Colegios de Contadores Públicos del Perú, a los Colegios de Contadores Públicos Departamentales y a las Facultades de Ciencias Contables de las Universidades del país y otras instituciones competentes, su debida incorporación en los planes curriculares y de capacitación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR NUÑEZ DEL ARCO MENDOZA
Presidente
OSCAR ALFREDO DÍAZ BECERRA
Facultades de Ciencias Contables de las
Universidades del País
ANA MARIA ESQUERRE PÉREZ
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
FERNANDO FLORES CALDERÓN
Superintendencia Nacional de Aduanas y
de Administración Tributaria
MARÍA ROSA LINARES VÁSQUEZ
Superintendencia del Mercado de Valores
GUILLERMO POWZÉN REAÑO
Banco Central de Reserva del Perú
CARLOS RUIZ HILLPHA
Confederación Nacional de Instituciones
Empresariales Privadas
ALFREDO SAAVEDRA RODRÍGUEZ
Junta de Decanos de Colegios de
Contadores Públicos del Perú
2052921-1