Aprueban la “Política Antisoborno”

RESOLUCIÓN DE LA JUNTA DE

FISCALES SUPREMOS

N° 015-2022-MP-FN-JFS

Lima, 28 de marzo de 2022

VISTO:

El oficio Nº 000041-2022-MP-FN-OII de fecha 17 de marzo de 2022, remitido por el Gerente (e) de la Oficina de Integridad Institucional del Ministerio Público también denominado Oficial de Integridad, con el que se adjunta el proyecto de la Política Antisoborno.

CONSIDERANDO:

Por Decreto Supremo N° 092-2017-PCM, publicado el 14 de setiembre del 2017, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, que es de obligatorio cumplimiento para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionalmente Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno.

Mediante Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM, publicado el 22 de abril de 2018, se establece medidas para fortalecer la integridad pública y la lucha contra la corrupción; y, a través del Decreto Supremo N.º 044-2018-PCM, publicado el 26 de abril de 2018, se aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021.

En ese sentido, por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1076-2020-MP-FN publicada el 3 de octubre de 2020, se crea la Oficina de Integridad Institucional como unidad orgánica dependiente del Despacho de la Fiscalía de la Nación, se modifica el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones con enfoque de Gestión por Resultados y el Organigrama del Ministerio Público, indicándose como una de las funciones de esta Oficina de Integridad Institucional, la de implementar, conducir y dirigir la estrategia institucional de integridad y lucha contra corrupción, así como supervisar su cumplimiento; y, con la Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 1139-2020-MP-FN, publicada el 17 de octubre de 2020, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con enfoque de Gestión por Resultados.

En ese contexto, conforme al oficio del visto, el Gerente (e) de la Oficina de Integridad Institucional del Ministerio Público también denominado Oficial de Integridad, quien tiene a su cargo el desarrollo del proceso de implementación de la Norma ISO 37001, solicita ante la Junta de Fiscales Supremos, órgano de gobierno del Ministerio Público, la aprobación de la Política Antisoborno, de conformidad con el literal a) del numeral 5.1.1 del requisito 5 de la norma antes mencionada.

Consecuentemente, estando a lo informado y al oficio remitido conteniendo el proyecto de la Política Antisoborno, la Junta de Fiscales Supremos, mediante Acuerdo Nº 6039, adoptado en Sesión Extraordinaria de fecha 28 de marzo de 2022, acordó por unanimidad, con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobar la Política Antisoborno.

Por lo expuesto, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, y conforme a lo establecido en el considerando precedente;

SE RESUELVE:

Artículo Primero. Aprobar la “Política Antisoborno” que forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo. Establecer que las disposiciones contenidas en esta Política aprobada a través de la presente Resolución, son de cumplimiento obligatorio por todas las unidades de organización en el ámbito administrativo, fiscal y de medicina legal y ciencias forenses, a cargo de los procesos que se encuentran bajo el alcance del Sistema de Gestión Antisoborno de la entidad, sobre la base de la Norma ISO 37001 vigente.

Artículo Tercero. Hacer de conocimiento la presente resolución y Política Antisoborno aprobada al Despacho de la Fiscalía de la Nación, los Fiscales Supremos Titulares, a la Gerencia General, a la Secretaria General de la Fiscalía de la Nación, Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina General de Planificación y Presupuesto, Oficina General de Tecnologías de la Información, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Escuela del Ministerio Publico, Oficina de Imagen Institucional, el Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses, Oficina de Integridad Institucional y a la Oficina General de Asesoría Jurídica, para los fines pertinentes.

Artículo Cuarto. Disponer que la Oficina General de Tecnologías de la Información publique la presente resolución y la Política Antisoborno aprobada, en la página del portal web de la institución –portal de transparencia estándar- y la Intranet Institucional.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ZORAIDA AVALOS RIVERA

Fiscal de la Nación

Presidenta de la Junta de Fiscales Supremos

POLÍTICA ANTISOBORNO

El Ministerio Público es un organismo autónomo del Estado que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, los derechos ciudadanos y los intereses públicos, la representación de la sociedad en juicio, para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social, así como para velar por la moral pública, además de perseguir el delito y las reparaciones civiles. También vigila la prevención del delito dentro de los márgenes y parámetros establecidos por la Constitución Política, los derechos humanos, los mandatos imperativos de independencia y autonomía fiscal, y judicial en general, así como por la presente política antisoborno, además de otros que indiquen la Carta Política vigente y el marco normativo

El Ministerio Público, a través de la presente Política Antisoborno, dispone y expone, de forma permanente, un alto compromiso con el desarrollo de sus actividades con el máximo nivel de transparencia, integridad y cumplimiento a la normativa vigente, en una constante búsqueda por actuar con los más altos estándares de ética pública.

En el Ministerio Público estamos firmemente comprometidos con combatir el soborno en cualquiera de sus formas, para lo cual se establecen principios, políticas y procedimientos que guían el comportamiento de todo nuestro personal fiscal y no fiscal, así como con los terceros con los que nos vinculamos.

En el Ministerio Público, se rechaza y prohíbe expresamente el soborno en cualquiera de sus formas, ya sea de forma directa o indirecta, en relación con un funcionario, organismo público, una persona u organización privada, así como cualquier tipo de comportamiento o actuación que pueda suponer una violación de la normativa vigente en materia de soborno.

La Junta de Fiscales Supremos ha aprobado la presente Política Antisoborno y se han dispuesto los recursos y mecanismos necesarios para la adecuada implementación de un Sistema de Gestión Antisoborno alineado con los requisitos de la norma internacional ISO 37001 vigente, y el marco legal que nos aplica en materia de soborno, en el desarrollo de nuestras actividades, con el fin de prevenir, controlar y gestionar cualquier riesgo de tal acto delictivo al puede estar expuesto la entidad y sus integrantes.

En el Ministerio Público se identifica y evalúa periódicamente los riesgos de soborno a las que están sometidas sus diversas actividades. Se documenta los resultados y se determina planes de seguimiento y control con el claro objetivo de prevenir, reducir, mitigar e intentar evitar la probabilidad de ocurrencia.

En el Ministerio Público estamos comprometidos a mejorar de forma continua. Así se ha establecido objetivos para el Sistema de Gestión Antisoborno, así como mecanismos internos y externos de evaluación, control y supervisión de eficacia, los que serán medidos de acuerdo con el procedimiento predeterminado.

El Ministerio Público ha designado un Oficial de Cumplimiento, cuya función recae en el Oficial de Integridad de la Oficina de Integridad Institucional, y garantizando su autoridad e independencia para el ejercicio de las funciones asignadas, así como de promover y supervisar la implementación progresiva, mantenimiento y mejora del Sistema de Gestión Antisoborno.

El incumplimiento de la presente Política traerá como consecuencia la aplicación de responsabilidad disciplinaria, así como la responsabilidad penal y civil que pudiera recaer por conductas contrarias a lo establecido en la presente Política, la codificación ética interna y nacional, y demás normativas.

En el Ministerio Público valoramos positivamente y promovemos decididamente la comunicación de cualquier indicio o sospecha de violación de la legalidad por parte de cualquier miembro, persona u organización vinculada con nuestra entidad, por lo que exhortamos a denunciar y/o comunicar los actos contrarios a lo establecido en la presente Política, Código de Ética y otras normas.

El Ministerio Público ha dispuesto mecanismos y procesos internos seguros para garantizar la confidencialidad de las denuncias y comunicaciones recibidas, así como para proteger de cualquier tipo de amenaza o coacción a las personas que participen con nuestro objetivo de lucha contra el soborno

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