Autorizan inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales de la asociación denominada “Asociación Cultural Drama”

RESOLUCIÓN SUPREMA

N° 001-2022-MC

Lima, 25 de marzo de 2022

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo N° 075-97-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 018-2013-EF, se aprueban los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV) en favor de las instituciones culturales;

Que, el artículo 1 del mencionado decreto supremo establece que se puede autorizar como operaciones no gravadas con el Impuesto General a las Ventas, entre otras, la prestación de servicios culturales acorde al objeto de cada institución cultural, definido en su estatuto;

Que, asimismo, el artículo 2 del referido decreto supremo dispone que para la expedición de la resolución suprema que autorice la inafectación del Impuesto General a las Ventas, las instituciones culturales deben adjuntar a su solicitud, copia del documento que acredite la calificación del Ministerio de Cultura; copia literal de la ficha registral de inscripción de la asociación o fundación en la Oficina de los Registros Públicos correspondientes; copia de la resolución que acredite su inscripción en el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta que lleva la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT; y, el detalle del objeto de la institución cultural de acuerdo a su estatuto; además, se señala que la inafectación se aplica por el tiempo que dure la calificación otorgada por el Ministerio de Cultura;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 055-2020-MC, el Ministerio de Cultura elimina diecisiete (17) procedimientos administrativos del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo 001-2015-MC, entre ellos, la “Prórroga de reconocimiento como asociación cultural”; por lo que, el referido reconocimiento tiene actualmente una vigencia indeterminada;

Que, a través de la Resolución Directoral N° 000060-2022-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura otorga el reconocimiento como asociación cultural a la Asociación Cultural Drama;

Que, mediante la solicitud de ingreso de documentos WEB presentada el 10 de febrero de 2022 (Expediente N° 0012627-2022), la citada asociación solicita la inafectación del Impuesto General a las Ventas (IGV), respecto a la prestación de servicios culturales acorde al objeto de la misma establecido en su estatuto; la misma que fue subsanada a través de la solicitud de ingreso de documentos WEB presentada el 17 de febrero de 2022 (Expediente N° 0015062-2022);

Que, con los Informes N° 000142-2022-DIA/MC y N° 000032-2022-DIA-VLB/MC, la Dirección de Artes señala que la prestación de los servicios artístico-culturales se encuentra acorde al objeto que consta en el estatuto de dicha asociación, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 075-97-EF, y que se ha cumplido con adjuntar los requisitos exigidos para el otorgamiento de la inafectación solicitada;

Que, con el Informe N° 000078-2022-DGIA/MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes concluye que la referida solicitud cumple lo establecido en el Decreto Supremo N° 075-97-EF; por lo que, recomienda continuar con su tramitación;

Que, mediante el Informe N° 000309-2022-OGAJ/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para que se proceda a autorizar la inafectación del Impuesto General a la Ventas (IGV), respecto a la prestación de servicios culturales de la referida asociación, conforme se indica en su estatuto;

De conformidad con lo dispuesto por el segundo párrafo del inciso g) del artículo 2 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al consumo, aprobado por el Decreto Supremo N° 055-99-EF; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y, el Decreto Supremo N° 075-97-EF, modificado por Decreto Supremo N° 018-2013-EF, Decreto Supremo que aprueba los requisitos y procedimientos a seguir para autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas en favor de las instituciones culturales;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la inafectación del Impuesto General a las Ventas, respecto a la prestación de servicios culturales de la asociación denominada “Asociación Cultural Drama”, conforme se indica en su estatuto.

Artículo 2.- Notificar la presente resolución suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT).

Artículo 3.- La presente resolución suprema es refrendada por el Ministro de Cultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

ALEJANDRO SALAS ZEGARRA

Ministro de Cultura

2052257-3