Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General, destinada a la contratación de sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría por el ejercicio 2021 del Centro de Formación en Turismo

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 039-2022-CENFOTUR/DN

Barranco, 16 de marzo de 2022

VISTO:

Memorándum N° D000059-2022-CENFOTUR-OAF, emitido por la Oficina de Administración y Finanzas, Informe N° D00001-2022-CENFOTUR-UC emitido por la Unidad de Contabilidad de la Oficina de Administración y Finanzas, Memorándum N° D000052-2022-CENFOTUR-OPPD, emitido por la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo e Informe N° D000019-2022-CENFOTUR/UP emitido por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 20 de la Ley 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, establece que “Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego”;

Que, asimismo, a través del citado artículo 20 se establece que “Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, (…) requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. La resolución del titular del pliego (…) se publican el diario oficial El Peruano;

Que, con Oficio N° 000375-2021CG/GAD, la Contraloría General de la República solicitó al Centro de Formación en Turismo que, a fin de ser incluida en el próximo concurso público de méritos para designar una sociedad de Auditoría que ejecute la auditoría de la entidad, se requiere que según lo dispuesto en el artículo 201 de la Ley N° 27785 y en el Tarifario, efectúe la respectiva transferencia financiera, por la suma correspondiente a los periodos pendientes de auditar, correspondiente al periodo 2021-2022 (S/ 119 624.00 + el costo por derecho de designación S/ 6 082.00) respectivamente;

Que, mediante Informe Técnico N° D00029-2022-CENFOTUR-UP, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, señala que el Centro de Formación en Turismo se encuentra facultado para realizar la transferencia financiera con cargo al presupuesto institucional del Pliego 180 Centro de Formación en Turismo en favor del Pliego 019 Contraloría General, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de la sociedad de auditoría, para el periodo 2021, por lo que aprueba la Certificación de Crédito Presupuestario N° 0101, hasta por el importe de S/ 59 812.00; precisando que se debe transferir el citado monto, con cargo al presupuesto 2022 del Pliego CENFOTUR, para atender el pedido de transferencia requerido por la Contraloría General de la República;

Que, de conformidad con el artículo 20 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; así como de lo opinado por la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, considera viable emitir la Resolución Directoral en favor de la Contraloría General de la República, para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría;

Con la visación de la Gerencia General, la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30742, Resolución de Contraloría N° 369-2019-CG, Directiva N° 0002-2021-EF/50.01, Decreto Ley N° 22155 – Ley Orgánica del CENFOTUR y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 016-2011-MINCETUR;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 180 Centro de Formación en Turismo, hasta por S/ 59 812.00 (Cincuenta y nueve mil ochocientos doce y 00/100 soles), fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General, destinado a la contratación de la sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría por el ejercicio 2021.

Artículo Segundo.- La transferencia financiera autorizada en el artículo primero de la presente Resolución Directoral se atenderá con cargo al presupuesto del Pliego 180 Centro de Formación en Turismo, para el ejercicio fiscal 2022, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Meta 0021 y Clasificador del Gasto 24.13.11.

Artículo Tercero.- Los recursos de la transferencia financiera autorizadas por el artículo 1 de la presente Resolución Directoral no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal de transparencia del Centro de Formación en Turismo.

Regístrese y comuníquese.

VÍCTOR FERNANDO SOTELO CANALES

Director Nacional

Centro de Formación en Turismo - CENFOTUR

1 Artículo 20.- Sociedades de auditoría

Las sociedades de auditoría, para efectos de esta ley, son las personas jurídicas calificadas e independientes en la realización de labores de control posterior externo (…). Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República (…). Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional (…). La resolución del titular del pliego y el acuerdo de consejo regional se publican el diario oficial El Peruano y el acuerdo del concejo municipal se publica en su página web.

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