Aprueban el Manual Operativo del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”, en su tercera versión
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 000046-2022/JNAC/RENIEC
Lima, 23 de marzo de 2022
VISTOS:
El Memorando N° 000064-2022/GG/RENIEC (23FEB2022) emitido por la Gerencia General; el Oficio N° 044-2022-GG/MCSR/CG (14FEB2022) emitido por el Coordinador General del Proyecto RENIEC-BID; el Memorando N° 000146-2022/GPP/RENIEC (09MAR2022) emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000051-2022/GPP/SGP/RENIEC (04MAR2022) emitido por la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000034-2022/GPP/SGRM/RENIEC (09MAR2022) de la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000462-2022/GAJ/RENIEC (14MAR2022) y las Hoja de Elevación N° 000417-2022/GAJ/RENIEC (14MAR2022) y N° 000442-2022/GAJ/RENIEC (22MAR2022) emitidos por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, con arreglo a los artículos 177° y 183° de la Constitución Política del Perú, como un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil, entre otras;
Que mediante el Decreto Supremo N° 319-2018-EF de fecha 28DIC2018, se aprobó la Operación de Endeudamiento Externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinados a financiar el Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”; asimismo, en su artículo 3°, se establece como Unidad Ejecutora del proyecto al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil -RENIEC;
Que mediante el Contrato de Préstamo N°4297/OC-PE, suscrito el 06FEB2019, entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, se establecen los términos y condiciones para el otorgamiento del préstamo destinado al financiamiento para la ejecución del proyecto “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”; precisándose en la Cláusula N° 4.02 de las Estipulaciones Especiales, que el Organismo Ejecutor del Proyecto es el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC;
Que a través de la Resolución Jefatural N° 00106-2019/JNAC/RENIEC (22JUL2019), el RENIEC formalizó la creación de la Unidad Ejecutora 002 (UE002) “Mejora de la Calidad de Servicios Registrales RENIEC”, la cual cuenta con personería jurídica y autonomía técnica, administrativa y financiera;
Que a través de la Resolución Jefatural N° 000096-2020/JNAC/RENIEC (28AGO2020), se aprobó el Manual Operativo del Proyecto MOP, correspondiente al Proyecto de Inversión Pública, “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”, en su segunda versión;
Que ahora bien, de conformidad con lo dispuesto en los incisos a) y b) de la cláusula número 4.06, Capítulo IV, del Contrato de Préstamo N°4297/OC-PE, las partes convienen en que la ejecución del Proyecto será llevada a cabo de acuerdo con las disposiciones del contrato y lo establecido en el Manual de Operaciones del Proyecto MOP, describiendo que cualquier tipo de modificación del MOP, será con el consentimiento previo y por escrito del Banco; asimismo, el MOP deberá contener determinados elementos que determinarán su
validez;
Que en esa línea, de conformidad con los documentos de vistos, el Coordinador General del Proyecto de Inversión Pública RENIEC – BID, comunica al RENIEC que se ha recibido la NO OBJECIÓN del Banco Interamericano de Desarrollo al Manual Operativo del Proyecto - MOP “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”, en su tercera versión; y, en esa línea, requiere se gestione la aprobación del referido Manual Operativo por parte de la Jefatura Nacional del RENIEC;
Que por su parte, a través de los documentos de vistos, la Gerencia de Planificación y Presupuesto da cuenta de las opiniones realizadas por la Sub Gerencia de Presupuesto y por la Sub Gerencia de Racionalización y Modernización a su cargo, las cuales emiten opinión favorable respecto a la actualización del Manual Operativo del Proyecto - MOP “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”; y,
Estando a lo opinado favorablemente por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; el Reglamento de Organización y Funciones y la estructura Orgánica del RENIEC, aprobado por Resolución Jefatural N° 86-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modificatoria; y lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y su modificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 000096-2020/JNAC/RENIEC (28AGO2020), por la cual se aprobó el Manual Operativo del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”, en su segunda versión.
Artículo Segundo.- Aprobar el Manual Operativo del Proyecto de Inversión Pública “Mejoramiento del Acceso a los Servicios de Registros Civiles e Identificación de Calidad a Nivel Nacional”, en su tercera versión, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento del Coordinador General del Proyecto de Inversión Pública “Mejora de la Calidad de Servicios Registrales RENIEC”, el contenido de la presente Resolución Jefatural.
Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial “El Peruano” y en el Portal Web Institucional del RENIEC (www.reniec.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN
Jefa Nacional
2051501-1