Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Ecuador, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0177-2022-RE

Lima, 23 de marzo de 2022

VISTOS:

La Hoja de Trámite (GAB) Nº 667, del Despacho Ministerial, de 21 de marzo de 2022, y el proveído de la misma fecha; el memorándum (OPP) Nº OPP00590/2022, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de 23 de marzo de 2022, que otorga la certificación presupuestal al presente viaje; y, el memorándum (OAP) Nº OAP00625/2022, de la Oficina de Administración de Personal, de 23 de marzo de 2022;

CONSIDERANDO:

Que, la Comunidad Andina es un mecanismo de integración subregional con 52 años de existencia, que cuenta con una normativa supranacional y un sistema de solución de controversias, que ha desarrollado una zona de libre comercio perfeccionada, que permite la libre movilidad de ciudadanos andinos sin visado en calidad de turistas;

Que, el Perú tiene un compromiso histórico con el proceso de integración andino y que éste reviste particular importancia para la micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) exportadora peruana;

Que, el Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la República del Ecuador extendió la invitación al Ministro de Relaciones Exteriores del Perú para que participe en la XVII Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (CAMRE) y en la L Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores de forma Ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina (CAMRE Ampliado);

Que, el señor Ministro de Relaciones Exteriores ha confirmado su participación en las reuniones antes señaladas, las cuales se llevarán a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 25 de marzo de 2022;

Que, se estima importante la participación de los funcionarios de la Oficina General de Comunicación que darán cobertura de prensa a la participación del señor Canciller en las citadas reuniones; y,

De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, Contratación Administrativa de Servicios y otorga derechos laborales; y, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2022;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de los siguientes funcionarios, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 24 y 25 de marzo de 2022, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución:

• Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República Evelyn Antuanette Coloma Pinglo, funcionaria de la Oficina General de Comunicación; y,

• Señor Carlos Daniel Malpica Vílchez, Contratado Administrativo de Servicios – CAS, periodista de la Oficina de Prensa de la Oficina General de Comunicación.

Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0083887 Comunicación, prensa y fortalecimiento de la imagen institucional; y Código POI AOI00004500187 Gestión de la Oficina General de Comunicación, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

Pasajes

Clase Económica

USD

Prueba descarte Covid-19 S/

Viáticos

por día

USD

Número

de

días

Total

viáticos

USD

Evelyn Antuanette Coloma Pinglo

349.00

200.00

370.00

1 + 1

740.00

Carlos Daniel Malpica Vílchez

196.00

200.00

370.00

1 + 1

740.00

Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, y atendiendo al itinerario de viaje previsto, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, siguientes al término del referido viaje, los citados funcionarios deberán presentar un informe ante el Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante la participación en el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CÉSAR LANDA ARROYO

Ministro de Relaciones Exteriores

2051318-1