Disponen el inicio del Proceso de Inscripción y Reinscripción de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia del Santa

Presidencia de la Corte Superior

de Justicia del Santa

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000224-2022-P-CSJSA-PJ

Chimbote, 23 de marzo de 2022

VISTO: El Oficio N° 136-2022-USJ-GAD-CSJSA, emitido por la Oficina de la Unidad de Servicios Judiciales, y;

CONSIDERANDO:

Potestad del Presidente de la Corte Superior de Justicia

Primero. El Artículo 143° de la Constitución Política del Estado, prevé que el Poder Judicial está constituido por Órganos jurisdiccionales que administran justicia a nombre de la Nación y por órganos que ejercen su gobierno y administración. En tal contexto, el Presidente de la Corte Superior, es el representante y director del Distrito Judicial a su cargo, siendo la máxima autoridad de su sede judicial y dirige en coordinación con el Consejo Ejecutivo Distrital, dictando las medidas más apropiadas para cautelar la pronta administración de justicia a efectos de brindar un buen servicio en beneficio de los justiciables.

Petición del Jefe de la Unidad de Servicios Judiciales

Segundo. Mediante Oficio N° 136-2022-USJ-GAD-CSJSA, solicita se emita el acto administrativo que autorice el inicio del proceso de Inscripción y/o Reinscripción de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia de la Santa, de acuerdo a los requisitos señalados en el TUPA vigente del Poder Judicial, a fin de proceder con la convocatoria correspondiente.

Análisis de lo peticionado

Tercero. Mediante Resolución Jefatural N° 0162-2022-SUNARP-Z.RIX/JEF, de fecha 11 de marzo de 2022, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos Zonal Registral Nº IX - Sede Lima, dispone la habilitación anual de Martilleros Públicos para el año 2022.

Cuarto. En efecto, en el rubro 23 del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos del Poder Judicial aprobado mediante la Resolución Administrativa N° 213-2017-CE-PJ, se dispuso comprender dentro de la estructura de las Cortes Superiores de Justicia, el procedimiento de inscripción y reinscripción de los Martilleros Públicos en cada Distrito Judicial, el mismo que debe realizarse anualmente.

Quinto. El artículo 131.1 de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley 27444, señala que los plazos y términos son intermedios como máximos y se computan independientemente de cualquier formalidad, y obligan por igual a la administración y a los administrados. Asimismo, en el numeral 136.1 de la citada ley, se establece que los plazos fijados por norma expresa son improrrogables, salvo disposición habilitante en contrario.

Sexto. Bajo ese contexto, corresponde establecer como plazo máximo para la inscripción y reinscripción de los Martilleros Públicos en el Distrito Judicial del Santa, previo pago por derecho de revalidación, siendo este de quince (15) días hábiles, a partir del 28 de marzo al 19 de abril de 2022.

Por lo expuesto, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia,

RESUELVE:

Artículo Primero.-  DISPONER el inicio del Proceso de Inscripción y Reinscripción de Martilleros Públicos de la Corte Superior de Justicia del Santa; debiendo presentar las solicitudes conforme a los requisitos señalados en el TUPA vigente del Poder Judicial, el mismo que será por el lapso de 15 días hábiles, contados desde el 28 de marzo al 19 de abril de 2022.

Artículo Segundo.- ENCARGAR el proceso de inscripción y todo lo concerniente a la nómina de Martilleros Públicos a la Jefatura de la Unidad de Servicios Judiciales de esta Corte Superior de Justicia.

Artículo Tercero.- DISPONER que la Unidad de Servicios Judiciales realice la publicación de la presente resolución a través del Diario Oficial “El Peruano” y que la Oficina de Imagen Institucional haga lo propio en el Diario Judicial “La República”.

Artículo Cuarto.- PONGASE de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de esta Corte Superior de Justicia, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior de Justicia, Unidad de Servicios Judiciales, Oficina de Imagen Institucional, Magistrados y demás áreas administrativas, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

CARLOS ALBERTO MAYA ESPINOZA

Presidente de la CSJ del Santa

2051213-1