Autorizan transferencia financiera a favor de la empresa Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., para financiar la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 117-2022-MINEM/DM

Lima, 22 de marzo de 2022

VISTOS: El Informe N° 004-2022/MINEM-OGPP-OPRE, emitido por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Técnico Legal N° 014-2022-MINEM/DGH-DGGN-DNH, N° 039-2022-MINEM/DGH-DGGN-DNH y N° 041-2022-MINEM/DGH-DGGN-DNH, emitido por la Dirección de Gestión de Gas Natural y la Dirección Normativa de Hidrocarburos de la Dirección General de Hidrocarburos; el Informe N° 048-2022-MINEM-OGA/OFIN, emitido por la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; y, el Informe N° 115-2022-MINEM/OGAJ, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, en el marco de la Ley Nº 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, mediante Resolución Ministerial N° 482-2021-MINEM/DM, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2022 del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 029-2020-EM, Decreto Supremo que otorga encargo especial a la Empresa Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. para la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, se encarga a Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A. la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, que comprende la operación y mantenimiento del Sistema de Distribución de la mencionada Concesión y la prestación del servicio público de distribución de gas en las Regiones de Arequipa, Moquegua y Tacna;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 411-2021-MINEM/DM, el Ministerio de Energía y Minas autorizó la transferencia financiera a favor de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., por la suma de S/ 34 665 600.00 (Treinta y cuatro millones seiscientos sesenta y cinco mil seiscientos con 00/100 soles), para financiar la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste durante el periodo de diciembre de 2020 a diciembre de 2021;

Que, mediante la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se autoriza al Ministerio de Energía y Minas, durante el Año Fiscal 2022, a realizar transferencias financieras a favor de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, hasta por la suma de S/ 15 000 000,00 (Quince millones con 00/100 soles) para financiar la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste;

Que, el segundo párrafo de la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, establece que las transferencias financieras autorizadas al Ministerio de Energía y Minas a favor de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previa suscripción de convenio, informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas o la que haga sus veces, y se publican en el diario oficial El Peruano;

Que, con fecha 28 de diciembre de 2020, se suscribió el Convenio Marco de Encargo Especial para la Administración Provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste entre el Ministerio de Energía y Minas y Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., con el objeto de establecer los derechos y obligaciones de ambas entidades, así como las condiciones específicas que regirán para efectos de la ejecución del Encargo Especial para la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, que entró en vigencia el 19 de diciembre de 2020 y tiene un plazo máximo de vigencia de (03) tres años calendario, según lo establecido en la cláusula cuarta del citado Convenio;

Que, mediante Informe N° 004-2022-MINEM-OGPP-OPRE, de fecha 10 de enero de 2022, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, emitió opinión favorable respecto que la Unidad Ejecutora N° 001: MINEM – Central, fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Actividad 5001254 Transferencia de recursos para la ejecución de actividades, meta presupuestaria 0048: “Transferencia financiera”, meta a cargo de la Dirección General de Hidrocarburos, cuenta con marco presupuestal disponible hasta por el importe de S/ 15 000 000,00 (Quince millones con 00/100 soles), para atender la transferencia financiera a favor de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., a efectos de cumplir con la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;

Que, la referida Oficina de Presupuesto aprobó la Certificación de Crédito Presupuestario N° SIAF 0000000067 de fecha 13 de enero de 2022, por el importe de S/ 15 000 000,00 (Quince millones con 00/100 soles) para financiar la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste encargado a Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A.;

Que, mediante los Informes Técnico Legal N° 014-2022-MINEM/DGH-DGGN-DNH, N° 039-2022-MINEM/DGH-DGGN-DNH y N° 041-2022-MINEM/DGH-DGGN-DNH de fecha 24 de enero de 2022, 08 de marzo de 2022 y 18 de marzo de 2022 respectivamente, la Dirección General de Hidrocarburos señala que corresponde al Ministerio de Energía y Minas realizar la transferencia financiera respectiva a favor de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., para financiar la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste, en virtud de lo establecido en el Decreto Supremo N° 029-2020-EM;

Que, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante el Informe N° 048-2022-MINEM-OGA/OFIN, de fecha 26 de enero de 2022, señala que el Ministerio de Energía y Minas dispone de los recursos presupuestales y financieros necesarios en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, así como los documentos sustentatorios requeridos, que permiten realizar la transferencia financiera de recursos a favor de Petróleos del Perú - PETROPERÚ S.A., en el marco de la Décima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31365, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo N° 031-2017, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas – Unidad Ejecutora N° 001 - Ministerio de Energía y Minas - Central, a favor de la empresa Petróleos del Perú – PETROPERÚ S.A., para financiar la administración provisional de la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos de la Concesión Sur Oeste por la suma de S/ 15 000 000,00 (Quince millones con 00/100 soles).

Artículo 2.- La transferencia financiera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas - Unidad Ejecutora N° 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, según detalle:

Fuente de Financiamiento : 1. Recursos Ordinarios

Unidad Ejecutora : 001 Ministerio De Energía y

Minas – Central

Gastos Corrientes

2.4 Donaciones y Transferencias : S/ 15 000 000,00

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS SABINO PALACIOS PÉREZ

Ministro de Energía y Minas

2051154-1