Modifican la Resolución Directoral Ejecutiva N° 0000002-2022 PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ, que aprobó convocar a Elección de los Representantes faltantes de los Gremios de las MYPE de sectores productivos, vinculados a los bienes a adquirir a través de los Núcleos Ejecutores de Compras

Resolución Directoral Ejecutiva

Nº 00003-2022-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ

18 de marzo de 2022

VISTOS: El Memorando Nº 00000090-2022-PRODUCE/DGSFS de fecha 18 de marzo de 2022, el Informe Nº 00000056-2022-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ-gtisoc de fecha 16 de marzo de 2022; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto Legislativo N° 1414 publicado en el Diario Oficial El Peruano el 13 de setiembre de 2018, autorizó al Ministerio de la Producción a conformar Núcleos Ejecutores de Compras para promover y facilitar el acceso de las Micro y Pequeñas Empresas (MYPE) a las Compras Públicas, con el objeto de impulsar el desarrollo productivo y empresarial de las MYPE, canalizando los procesos de adquisición de bienes manufacturados especializados, detallados en el artículo 4 del referido Decreto Legislativo;

Que, el numeral 17.2 del artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo 1414, referido al procedimiento y el plazo para la designación de los miembros del Directorio de cada NEC, señala que los dos representantes de los gremios MYPE de cada NEC, titular y alterno respectivamente, son elegidos y designados para un período de dos (2) años mediante un proceso de selección cuyas condiciones son definidas por el Ministerio de la Producción, precisándose que dichos representantes participan de las sesiones del Directorio del NEC con voz, pero sin voto;

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva N° 0000002-2022 PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ publicada en el Diario Oficial El Peruano el 17 de febrero de 2022, se aprobó convocar a Elección de los Representantes faltantes de los Gremios de las MYPE de sectores productivos (Muebles, bienes de madera, bienes de materias primas no maderables y/o bienes de plástico, Cuero y calzado y Metalmecánica), los cuales se encuentran vinculados los bienes a adquirir a través de los Núcleos Ejecutores de Compras; asimismo, se constituyó al Comité Electoral a cargo de la conducción del referido proceso de elección, y se estableció la fecha de elecciones;

Que, a través del informe del Visto, se recomendó al Comité Electoral ampliar el plazo de la etapa de inscripción de las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE como electoras, e inscripción de sus candidatos, teniendo en cuenta que la mencionada etapa culmina el día 18 de marzo de 2022, conforme al cronograma de elección y, que al día 17 de marzo de 2022, solo se ha inscrito una (1) asociación MYPE de un solo sector productivo; sugiriéndose de esta forma, su ampliación y fortalecer la difusión del proceso electoral, de modo tal, que se acompañe a los gremios de las MYPE durante el período de inscripción, puesto que del reporte de llamadas realizadas, como parte del proceso de difusión, estas se encontrarían recabando la documentación correspondiente para lograr dicha inscripción; ello con la finalidad de garantizar durante el mismo, la efectiva concurrencia y/o pluralidad de gremios MYPE, en aplicación del principio de participación regulado en el numeral 1.12 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS

Que, mediante Memorando Nº 00000090-2022-PRODUCE/DGSFS de fecha 18 de marzo de 2022, el presidente del Comité Electoral remitió el Acta de Sesión N° 002-2022-PRODUCE/CE de fecha 18 de marzo de 2022, en el cual, los miembros del Comité Electoral acordaron por unanimidad aprobar la ampliación de la etapa de inscripción de las Asociaciones de las MYPE y Comités de MYPE como electoras, e inscripción de sus candidatos; y, por consiguiente, la modificación del cronograma de elección, conforme a lo detallado en el Anexo 1 de la mencionada acta;

Que, en dicho contexto, resulta necesario modificar el artículo 4 de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 0000002-2022-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ, con relación a la fecha de elección de Representantes faltantes de los Gremios de las MYPE de sectores productivos, habida cuenta que el Comité Electoral, a cargo de la conducción del proceso de elección, ha aprobado la ampliación de la etapa de inscripción y, por consiguiente, la modificación del cronograma de elecciones;

Que, estando a lo informado; y, en el marco de las funciones establecidas por el artículo 4. del Manual de Operaciones del Programa Nacional “Compras a MYPErú”, aprobado por Resolución Ministerial Nº 201-2021-PRODUCE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del artículo 4 de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 0000002-2022-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ

Modifíquese el artículo 4 de la Resolución Directoral Ejecutiva N° 0000002-2022 PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERÚ, que aprobó, entre otros, convocar a Elección de los Representantes faltantes de los Gremios de las MYPE de sectores productivos (Muebles, bienes de madera, bienes de materias primas no maderables y/o bienes de plástico, Cuero y calzado y Metalmecánica), los cuales se encuentran vinculados a los bienes a adquirir a través de los Núcleos Ejecutores de Compras, el cual queda redactado de la siguiente
manera:

Artículo 4.- Fecha de Elecciones”

Establecer como fecha de la elección referida en el artículo 1 de la presente Resolución, el día 13 de abril de 2022, en el horario de 09:00 a 13:00 horas, la cual se desarrolla en concordancia con el Procedimiento de Elección de Representantes de los Gremios de las MYPE de sectores productivos, el Cronograma Electoral y demás disposiciones que apruebe y publique el Comité Electoral.”.

Artículo 2.- Publicación

Publicar la presente Resolución en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MOSQUEIRA CORNEJO NINOSKA

Directora Ejecutiva (e)

Programa Nacional “COMPRAS A MYPERÚ”

2050920-1