Aprueban el Manual Operativo del Proyecto de Inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública, 25 departamentos”

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 069-2022-J-OPE/INS

Lima, 18 de marzo de 2022

VISTOS:

El Expediente Nº 31875-2021, que contiene la Nota Informativa Nº 010-2022-UEI-OGA/INS de la Unidad Ejecutora de Inversiones de la Oficina General de Administración; el Informe Nº 55-2022-DG-OGA/INS de la Oficina General de Administración; la Nota Informativa Nº 065-2022-DG-OGAJ/INS de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;

CONSIDERANDO:

Que, con fecha 23 de abril de 2021 el Instituto Nacional de Salud, a través de la Unidad Formuladora, otorgó la viabilidad al Proyecto de Inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública, 25 departamentos” con Código Único de Inversión Nº 2502896, cuyo objetivo es fortalecer la capacidad de respuesta nacional y regional, para prevención, vigilancia y control de enfermedades y amenazas para la salud de la población;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 339-2021-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 2 de diciembre de 2021, se aprueba una (1) operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento —BIRF prevista en la Ley Nº 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de US$ 68 000 000,00 (Sesenta y ocho Millones y 00/100 Dólares Americanos) destinada a financiar parcialmente el proyecto de inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública, 25 departamentos”; asimismo, se autoriza al Ministro de Economía y Finanzas la suscripción del contrato de préstamo de la operación de endeudamiento externo; y se dispone que el organismo ejecutor esté a cargo del Sector Salud, a través del Instituto Nacional de Salud, mediante la Unidad Ejecutora que se implemente una vez suscrito el contrato de préstamo;

Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la precitada norma, la República del Perú y el Banco Internacional para la Reconstrucción y Fomento — BIRF suscriben el Contrato de Préstamo Nº 9274-PE con fecha 23 de diciembre del 2021, hasta por la suma indicada en el considerando precedente, para el financiamiento parcial del Proyecto de Inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública, 25 departamentos”;

Que, los numerales 4.01 y 4.02 del artículo IV del referido contrato establecen como una condición adicional de vigencia, que el Manual Operativo del Proyecto haya sido finalizado, y posteriormente, adoptado por el Instituto Nacional de Salud, en una manera aceptable para el BIRF, siendo la fecha límite de vigencia de noventa (90) días después de la fecha de firma del citado contrato; asimismo, el literal c. del Anexo 2 del contrato, señala que el Manual de Operaciones del Proyecto contiene pautas y procedimientos detallados para la implementación del Proyecto, incluso con respecto a: (a) administración y coordinación; (b) seguimiento y evaluación; (c) gestión financiera; (d) adquisiciones; (e) procedimientos contables; (f) estándares ambientales y sociales; (g) medidas de mitigación de corrupción y fraude; (h) un mecanismo de quejas; (i) recopilación y procesamiento de datos personales de acuerdo con las legislación nacional y buenas prácticas internacionales; y (j) roles y responsabilidades para la implementación del Proyecto, y otros arreglos y procedimientos que se requieran para la efectiva ejecución del Proyecto, en forma y fondo satisfactorios para el BIRF;

Que, a través del Oficio Nº 13-2022-DG-OGA/INS de fecha 1 de febrero de 2022, la Dirección General de la Oficina General de Administración remite al Banco Mundial, grupo al cual pertenece el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF, la propuesta de Manual Operativo del Proyecto de Inversión “Mejoramiento y Ampliación de los servicios brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública, 25 departamentos” para su revisión y emisión de no objeción;

Que, mediante Carta s/n de fecha 16 marzo de 2022, los representantes del Banco Mundial, grupo al cual pertenece el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, comunica la no objeción a la propuesta de Manual Operativo del Proyecto remitida;

Que, en ese marco, mediante el Informe Nº 55-2022-DG-OGA/INS, la Oficina General de Administración solicita la aprobación del Manual Operativo del Proyecto de Inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública, 25 departamentos”, que consta de (8) Capítulos y sus respectivos anexos, constituyendo un instrumento de gestión que contiene las pautas y lineamientos para la organización, gestión e implementación del mencionado Proyecto de Inversión, alineado a la normativa nacional y al Contrato de Préstamo Nº 9274-PE; y adjunta el Informe Nº 010-2022-UEI-OGA/INS de la Unidad Ejecutora de Inversiones que sustenta dicha aprobación;

Con los vistos del Responsable de la Unidad Ejecutora de Inversiones de la Oficina General de Administración; de los Directores Generales de las Oficinas Generales de Administración y de Asesoría Jurídica; del Sub Jefe del Instituto Nacional de Salud, y;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; el Decreto Supremo Nº 339-2021-EF, Aprueban operación de endeudamiento externo con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF prevista en la Ley Nº 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y, en uso de las atribuciones establecidas en el inciso h) del artículo 12 del Decreto Supremo Nº 001-2003-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Salud;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de Manual Operativo del Proyecto

Apruébese el Manual Operativo del Proyecto de Inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios brindados por el Sistema Nacional de Vigilancia en Salud Pública, 25 departamentos”, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Notificación

Dispóngase que la Oficina General de Administración, gestione la notificación de la presente Resolución y su Anexo al Ministerio de Salud y al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento.

Artículo 3.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y efectúe su publicación acompañada de su Anexo en el portal web del Instituto Nacional de Salud (www.ins.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VICTOR SUÁREZ MORENO

Jefe

2050209-1