Ordenanza que aprueba la modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional Junín
ORDENANZA REGIONAL
Nº 357-GRJ/CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE JUNIN
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Junín, en Sesión Ordinaria de fecha 7 de diciembre de 2021, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y Normas Complementarias.
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley Nº 27680, establecen respectivamente, que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto.
Que, de conformidad a la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales donde se establece que las funciones específicas que ejercen los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a las políticas regionales, las cuales se formulan en concordancia con las políticas nacionales sobre la materia.
Que, el artículo 38º de la acotada Ley Orgánica, establece que la Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; el inciso a) del artículo 15º de la misma norma establece: son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; y el artículo 13º establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional;
Que, mediante Ordenanza Regional Nº 334-GRJ/CR de fecha 16 de marzo de 2021 se aprobó la modificación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Sede del Gobierno Regional Junín, vigente a la fecha;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM se aprueban los lineamientos de Organización del Estado, modificado con el Decreto Supremo Nº 131-2018-PCM, concordado con la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos Nº 002-2020-SGP que establece orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones ROF y Manual de Operaciones MOP, los cuales tiene por objetivo regular los Principios, criterios y reglas que definen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; y el literal b) del numeral 45.3 del artículo 45º del Decreto acotado, establece que el Reglamento de Organización y Funciones de los Gobiernos Regionales y sus organismos públicos regionales es aprobado por Ordenanza Regional;
Que, mediante Reporte Nº 33-2021-GRJ/GGR/ORDITI de fecha 03 de marzo de 2021, el Director Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, comunica a la Gerencia General Regional que procederá a efectuar el procedimiento de modificación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del GRJ.
Que, mediante Reporte Nº 325-2020-GRJ/GGR/ORDITI de fecha 23 de diciembre de 2020, el Director Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información, remite el Informe Técnico de Modificación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Gobierno Regional Junín, invocando la aplicación del literal a) del numeral 46.1 del artículo 46º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, Lineamientos de Organización del Estado, el mismo que establece que, por modificación de la estructura orgánica por el incremento del número de unidades orgánicas por nivel organizacional o niveles organizacionales, se requiere la aprobación o modificación del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad.
Que, el proyecto de estructura orgánica del Gobierno Regional Junín, incorpora a la Oficina Regional de Integridad Institucional como un órgano de asesoramiento de tercer nivel organizacional, responsable de emitir los lineamientos de política, estrategias, planes regionales para la implementación de las acciones de integridad y lucha contra la corrupción en las instituciones públicas del ámbito regional, articulado al Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; así como, determinar los indicadores que permitan medir los avances de disminución de la corrupción. Asimismo, se crea la Oficina de Ejecución Coactiva como una unidad orgánica de apoyo de tercer nivel organizacional, dependiente de la Oficina Regional de Administración y Finanzas, como apoyo a las unidades orgánicas que ejercen funciones fiscalizadoras y sancionadoras por las infracciones administrativas por incumplimientos de las normas específicas sectoriales, la misma que se encargará de conducir el debido proceso de ejecución coactiva. También se incorpora al ROF, el Lugar de la Memoria “Yalpana Wasi Wiñay Yalpanapa” como una unidad orgánica dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social.
Que, considerando que la corrupción es uno de los principales problemas que afrontan las entidades de la región Junín, expresado en un alto porcentaje de desconfianza de la ciudadanía de las entidades públicas de este ámbito, surge la necesidad de implementar acciones y mecanismos de erradicación de la lucha contra la corrupción en todas las formas. En éste extremo, el Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM, establece medidas para fortalecer la Integridad Pública y Lucha contra la Corrupción con el objetivo de orientar la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores públicos y de las entidades, con la finalidad de contribuir al cumplimiento de las políticas en materia de integridad pública, como así de las acciones de prevención y lucha contra la corrupción para la consolidación de la democracia, el estado de derecho y el buen gobierno.
Que, la Secretaria de Integridad Pública de la Presidencia del Consejo de Ministro, mediante la Directiva Nº 01-2019-PCM/SIP, Lineamientos para la implementación de la función de integridad en las entidades de la Administración Pública, que en su numeral 6.5.3. dispone la creación de la Oficina de Integridad Institucional como un órgano dependiente del titular de la entidad o de la máxima autoridad administrativa, dicha creación se materializa con el Reglamento de Organización y Funciones de la entidad; en ese contexto, en la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín se incorpora la Oficina de Integridad Institucional como órgano de asesoramiento, responsable de conducir, supervisar y evaluar el cumplimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, cuyas funciones se sustentan en el marco normativo antes señaladas.
Con relación a la carga administrativa o volumen de operación de estas unidades orgánicas creadas; resulta en primer lugar, que el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción requiere de un trabajo sinérgico entre múltiples actores, no solamente con el nivel nacional, sino también a nivel de la entidad. Así como la Secretaría de Integridad Pública que lidera y coordina el sistema y la política a nivel nacional (por ejemplo como con SERVIR, SGP, CGR etc.), las Oficinas de Integridad Institucional cumplen con una función de articulación a nivel de entidad pública: la Oficina asesora y supervisa las diferentes unidades para que puedan cumplir con su parte del trabajo en el marco de la política de integridad y así desempeña un papel clave en la promoción de una cultura de integridad en el Gobierno Regional. Como se podrá apreciar entre las funciones de la Oficina de Integridad Pública Institucional hay aspectos relevantes que tienen que ser desarrolladas, los mismos que obedecen a una carga administrativa o volumen de trabajo permanente a ser ejecutadas.
Que, por otro lado, según el Reglamento de Organización y Funciones vigente, las Direcciones Regionales Sectoriales en el marco de sus competencias, ejercen la función fiscalizadora y sancionadora por las infracciones administrativas y las consecuentes sanciones a los administrados, por el incumplimiento de las normas legales sobre determinada materia especifica sectorial; sin embargo, el Gobierno Regional Junín no cuenta con la unidad orgánica para ejercer la función de ejecución coactiva de las sanciones impuestas a los administrados. En ese sentido, para dar cumplimiento al desarrollo de un debido procedimiento coactivo para la ejecución de las sanciones por el incumplimiento de las normas de las diferentes Direcciones Regionales Sectoriales, es necesario crear una Unidad Orgánica que realice las funciones de Ejecución Coactiva. Al respecto el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva, el cual establece el marco legal de los actos de ejecución coactiva que corresponde a todas las entidades de la Administración Pública. Asimismo, constituye el marco normativo que garantiza a los obligados al desarrollo de un debido procedimiento coactivo; marco normativo que sustenta la creación y sus funciones de la unidad orgánica mencionada.
Que, mediante Resolución Directoral Nº 000120-2020-DGM/MC, el Ministerio de Cultura incorpora al Lugar de la Memoria “Yalpana Wasi Wiñay Yalpanapa” al Sistema Nacional de Museos del Estado, con la finalidad de establecer espacios orientados a construir una sociedad basada en una cultura de paz, el respeto a la institucionalidad democrática, la defensa de los derechos humanos, la enseñanza y difusión de la historia y las memorias, la producción, exposición y difusión de saberes y creaciones culturales, así como la reparación simbólica y/o la salvaguarda de archivos y colecciones reconocidas por la Unesco como Memoria del Mundo o Patrimonio Universal; asimismo, teniendo en consideración que mediante Resolución Ministerial Nº 000048-2021-DM/MC, del 26 de febrero del 2021, el Ministerio de Cultura aprueba el Plan Anual de Transferencias de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2021, en cuyo Anexo, Cuadro Nº 1: Servicio de naturaleza compartida del Vice Ministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, los servicios del Lugar de la Memoria “Yalpana Wasi Wiñay Yalpanapa” se enmarcan en los ítems 1, 3 y 12 del Plan de Transferencia de competencias sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales, por tanto corresponde su implementación en la estructura del Gobierno Regional Junín.
Que, en la estructura orgánica propuesta por la ORDITI, no se realiza mayores cambios, ya que solamente se ha incorporado tres nuevas unidades orgánicas, con la finalidad de dar cumplimiento a las normas del nivel nacional que disponen la implementación de funciones en el ROF, referido a los asuntos de integridad y lucha contra la corrupción y ejecución coactiva; así como; el Lugar de la Memoria “Yalpana Wasi Wiñay Yalpanapa” en cumplimiento a la Resolución Directoral Nº 000120-2020-DGM/MC. En ese sentido, no se trata de un nuevo diseño organizacional del Gobierno Regional Junín, por lo que no es necesario aplicar el análisis de todos los criterios de diseño organizacional señalados en el numeral 6.1 del Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM.
Que, en el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín vigente, las funciones relacionadas con las supervisión y liquidación de obras estaban concentradas en un órgano con nivel de Gerencia, jerárquicamente dependiente de la Gerencia General Regional, sin embargo, por política institucional y con la finalidad de articular el proceso de ejecución de obras y supervisión con la fase final de liquidación física financiera de obras para una adecuada transferencia, se dispone que dicho órgano se estructure como una Sub Gerencia, jerárquicamente dependiente de la Gerencia Regional de Infraestructura, manteniendo las mismas funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones vigente;
Que, por la Directiva Nº 020-2020-CG/NORM - Directiva de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG, que establece las funciones de los Órgano de Control Institucional, los mismos que deben ser implementados en un plazo perentorio de cinco (05) días; por lo que es necesario incorporar y/o modificar las funciones del Órgano de Control Institucional del Gobierno Regional Junín actualmente establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones vigente.
Que, mediante Informe Legal Nº 166-2021-GRJ/ORAJ e Informe Legal Nº 293-2021-GRJ/ORAJ, avalado por el Reporte Nº 185-2021-GRJ/ORAJ de fecha 09 de agosto de 2021, la Oficina Regional de Asesoría Jurídica, emite pronunciamiento declarando procedente la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Junín, el mismo que debe ser aprobado mediante Ordenanza Regional.
Que, mediante Informe Técnico Nº 67-2021-GRJ/ORAF/ORH de fecha 14 de octubre de 2021, la Sub Directora de Recursos Humanos – Noemí Esther León Vivas, concluye en que resulta procedente la modificación de la estructura orgánica del Gobierno Regional Junín en el Reglamento de Organización y Funciones, por la creación de las Unidades Orgánicas: Oficina Regional de Integridad Institucional, Oficina de Ejecución Coactiva y Lugar de la Memoria “Yalpana Wasi Wiñay Yalpanapa”. Asimismo considera procedente la modificación y/o asignación de una o más funciones de las Unidades Orgánicas Órgano de Control Institucional, Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo y Sub Dirección de Turismo de la sede del Gobierno Regional Junín. Asimismo, mediante Informe Nº 238-2021-GRJ/GRPPAT de fecha 22 de octubre de 2021, el Gerente Regional de Presupuesto, Planeamiento y Acondicionamiento Territorial – Lic. Miguel Ángel Lazo Álvarez, concluye que en el marco del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM la modificación del Reglamento de organización y Funciones, no deberá demandar mayores recursos adicionales al Pliego 450 Gobierno Regional Junín.
Que, mediante Oficio Nº 440-2021-GRJ/GGR el Gerente General Regional – Lic. Clever Ricardo Untiveros Lazo, otorga la conformidad de los Informes Técnicos y Legales precedentemente invocados, solicitando la aprobación del Modificación del Reglamento de Organización y Funciones ROF de la Sede Central del Gobierno Regional Junín.
Que, de conformidad con las atribuciones conferidas y establecidas en la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, en Reunión de fecha 19 de noviembre de 2021, la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Institucional,, en concordancia con el Reglamento Interno del Consejo Regional, ha aprobado por MAYORÍA la aprobación de la modificación del R.O.F.
Que, estando a lo acordado por el pleno del Consejo Regional en la Sesión Ordinaria de fecha 07 de diciembre de 2021, y en uso de sus facultades conferidas en el artículo 38º de la Ley 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modificatorias, el Consejo Regional del Gobierno Regional Junín POR UNANIMIDAD emitió el pronunciamiento siguiente;
“ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DEL GOBIERNO REGIONAL JUNIN”
Artículo Primero.- APROBAR la “MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DEL GOBIERNO REGIONAL JUNIN”
Artículo Segundo.- APROBAR la inclusión o modificación del detalle de las funciones siguientes en el Reglamento de Organización y Funciones.
DENOMINACIÓN DEL ORGANO: Órgano de Control Institucional
Función Especifica |
Nueva |
Modificado |
Eliminado |
Sustento Técnico |
a) Formular y remitir para la aprobación del órgano desconcentrado o de la unidad orgánica a cuyo ámbito de control pertenece, la propuesta de la carpeta correspondiente al servicio de control posterior a ser realizado, de acuerdo a los lineamiento y normativa aplicable. |
x |
Directiva Nº 020-2020-CG/NORM, Directiva de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG. |
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b) Comunicar el inicio de los servicios de control gubernamental al titular de la Entidad, cuando corresponda. |
x |
Directiva Nº 020-2020-CG/NORM, Directiva de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG. |
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c) Ejercer el control gubernamental conforme a las disposiciones establecidas en la Ley, las Normas General de Control Gubernamental y demás normativa emitida por la contraloría. |
x |
Directiva Nº 020-2020-CG/NORM, Directiva de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG. |
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d) Formular y aprobar o remitir para aprobación del órgano desconcentrado o de la unidad orgánica de la contraloría del cual depende, según corresponda, los informes resultantes, los informes resultantes de los servicios de control gubernamental; así como, luego de su aprobación, realizar la notificación correspondiente, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable |
x |
Directiva Nº 020-2020-CG/NORM, Directiva de los Órganos de Control Institucional, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 392-2020-CG. |
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DENOMINACIÓN DEL ORGANO: Oficina de Ejecución Coactiva
DENOMINACIÓN DEL ORGANO: Oficina Regional de Integridad Institucional
DENOMINACIÓN DEL ORGANO: Lugar de la Memoria “Yalpana Wasi Wiñay Yalpanapa”
DENOMINACIÓN DEL ORGANO: Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo
DENOMINACIÓN DEL ORGANO: Sub Dirección de Turismo
Artículo Tercero: ENCARGAR, a la Secretaria Ejecutiva del Consejo Regional, en coordinación con la Gerencia General Regional, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario “El Peruano”, en el diario de mayor circulación de la Región Junín y en la página web del Gobierno Regional Junín.
Dado en la Sala Virtual del Consejo Regional del Gobierno Regional Junín, a los 7 días del mes de diciembre de 2021.
XIMENA M. LÓPEZ CASTRO
Consejera Delegada
Consejo Regional
Por tanto:
Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase.
Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 9 días del mes de diciembre de 2021.
FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS
Gobernador Regional
2049879-1