Incorporan el literal h) al numeral 3.1 del artículo 3 de la R.M. N° 275-2021-TR, que delegó facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el Ejercicio Fiscal 2022

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 062-2022-TR

Lima, 17 de marzo de 2022

VISTOS: La Hoja de Elevación N° 0035-2022-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración; y el Informe N° 0186-2022-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y modificatorias, establece en su parte final, que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normativa lo autorice;

Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, señala que el/la Ministro/a de Trabajo y Promoción del Empleo es la más alta autoridad política del Sector Trabajo y Promoción del Empleo; asimismo, el numeral 11.4 del mismo artículo, establece que el/la Ministra puede delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función;

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; precisando en su artículo 79, que el delegante tiene siempre la obligación de vigilar la gestión del delegado;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 275-2021-TR, Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el Ejercicio Fiscal 2022, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo delega determinadas facultades y atribuciones en diversos funcionarios durante el Ejercicio Fiscal 2022;

Que, el numeral 27.3 del artículo 27 de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por Resolución Directoral N° 014-2021-EF/54.01, dispone que las modificaciones al Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) son presentadas al Área involucrada en la gestión de la Cadena de Abastecimiento Público (CAP) quien gestiona su aprobación ante el Titular de la Entidad u organización de la Entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad;

Que, mediante el documento de vistos, la Oficina General de Administración propone se delegue la facultad de la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo de aprobar las modificaciones al Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) en el Jefe de la Oficina General de Administración, a fin de desconcentrar las atribuciones de la Titular del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y agilizar las gestiones administrativas en la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo - Oficina General de Administración;

Que, respecto del área que realiza el pedido, se advierte que, de conformidad con lo establecido en el artículo 43 del ROF del MTPE, la Oficina General de Administración es el órgano de administración interna responsable de gestionarlos Sistemas Administrativos de Abastecimiento, Tesorería, y Contabilidad para asegurar una eficiente y eficaz gestión institucional. Depende jerárquicamente de la Secretaría General;

Que, de acuerdo al marco normativo expuesto precedentemente y, atendiendo a la estructura Orgánica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, con el propósito de otorgar celeridad a la gestión administrativa de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo - Oficina General de Administración, resulta conveniente delegar la facultad de la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo de aprobar las modificaciones al Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) en el/la Jefe/a de la Oficina General de Administración del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;

Con las visaciones de la Oficina General de Administración, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Supremo N° 019-2019-TR, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Resolución Ministerial N° 285-2019-TR, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Incorporación

Incorpórase al numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 275-2021-TR, Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, para el Ejercicio Fiscal 2022, el literal h), en los siguientes términos:

“h) Aprobar las modificaciones al Cuadro Multianual de Necesidades (CMN) con la finalidad de realizar la inclusión y/o exclusión de necesidades de las áreas usuarias, en el marco de la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01, “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada por Resolución Directoral N° 014-2021-EF/54.01.”

Artículo 2. Publicación

Dispónese la publicación de la presente resolución ministerial en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el/la Jefe/a de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO

Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo

2049402-1