Modifican la R.A. Nº 300-2019-A-MPC, sobre conformación del Comité de Promoción de la Inversión Privada de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 040-2022-A-MPC
Cajamarca, 14 de febrero de 2022
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CAJAMARCA
VISTO.
La Resolución de Alcaldía Nº 300-2019-A-MPC, de fecha 07 de agosto del 2019; Resolución de Alcaldía Nº 032-2022-A-MPC, de fecha 04 de febrero del 2022; Resolución de Alcaldía Nº 034-2022-A-MPC, de fecha 04 de febrero del 2022; el Expediente Administrativo Nº 005249-2022, que contiene la Carta S/N, de fecha 02 de febrero de 2022, emitida por el Lic. Herless Rabanal Miguel, Presidente del Comité de Promoción de la Inversión Privada; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma de la Constitución Política del Perú - Ley Nº 30305, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972; la Municipalidad Provincial de Cajamarca, es un órgano de gobierno local y goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo I de Título Preliminar de la Ley Nº 27972 antes citado, establece que corresponde a los Gobiernos Locales, promover el desarrollo integral para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental, en coordinación y asociación de todos los niveles de gobierno, para facilitar la competitividad local y propiciar mejores condiciones de vida de su población.
Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1362, que regula la Promoción de Inversión Privada, mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos (en adelante la Ley) y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF (en adelante el Reglamento) se establecen los procesos y modalidades de Promoción de la Inversión Privada para el desarrollo de infraestructura, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos der investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos.
Que, el Artículo 7º de la Ley que regula la Promoción de Inversión Privada, mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, establece que las entidades públicas titulares de proyectos que cuenten con proyectos o prevean desarrollar procesos de promoción de inversión privada, bajo las modalidades reguladas en el Decreto Legislativo Nº 1362, crean el Comité de Promoción de inversiones, el cual asume roles de ser: (i) Organismo Promotor de la Inversión Privada para los Procesos de promoción bajo su competencia, conforme lo establecido en el artículo 8º del citado dispositivo legal. En este supuesto, el viceministro, Consejo Regional y Consejo Municipal o su equivalente, ejercen las funciones de Consejo Directivo de ProInversión, y ii) Órgano de coordinación con ProInversión en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último; y con el ministerio de Economía y Finanzas, en materia de seguimiento y simplificación de la inversión privada, conforme lo establecido en el Artículo 9º del citado dispositivo legal.
Que, asimismo, el numeral 7.3 del citado Artículo 7º de la Ley, precisa que la designación de los miembros del Comité de Inversiones, se efectúa mediante Resolución Ministerial, Resolución del Gobernador Regional o Resolución de Alcaldía u otra entidad pública habilitada por Ley, que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas.
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 300-2019-A-MPC, de fecha 07 de agosto del 2019, se Aprobó la conformación del COMITÉ DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAJAMARCA, de acuerdo a lo estipulado en el D.L Nº 1362, que regula la Promoción de Inversión Privada, mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 240-2018-EF.
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 032-2022-A-MPC, de fecha 04 de febrero del 2022, se aceptó, a partir del 04 de febrero del 2022, la renuncia presentada por el Lic. Herless Rabanal Miguel al cargo de confianza de Director de la Oficina General de Promoción de la Inversión Privada (OGPIP) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca.
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 034-2022-A-MPC, de fecha 04 de febrero del 2022, se Designa al Economista Manuel Pío Grimaldos Velarde en el cargo de confianza de Director de la Oficina General de Promoción de la Inversión Privada (OGPIP) de la Municipalidad Provincial de Cajamarca.
Que, a través de la Carta S/N, de fecha 02 de febrero de 2022, el Lic. Herless Rabanal Miguel presentó su renuncia irrevocable al cargo de Presidente del Comité de Promoción de la Inversión Privada; por lo que, es menester modificar la Resolución de Alcaldía Nº 300-2019-A-MPC, de fecha 07 de agosto del 2019, mediante el cual se conforma dicho Comité.
Que, estando a lo dispuesto por el Artículo 20º, numeral 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 300-2019-A-MPC, de fecha 07 de agosto del 2019, quedando conformado el Comité de Promoción de la Inversión Privada de la siguiente manera:
NOMBRE Y APELLIDOS |
MIEMBROS TITULARES |
Econ. Manuel Pío Grimaldos Velarde. Director Oficina General de Promoción de la Inversión Privada |
PRESIDENTE |
Econ. Anibal Medina Soto. Asesor de Alcaldía |
PRIMER MIEMBRO. |
Econ. Ángel Américo Moreno Silva. Director Oficina General de Planeamiento y Presupuesto |
SEGUNDO MIEMBRO |
NOMBRE Y APELLIDOS |
MIEMBROS SUPLENTES |
MSc. Shimi Jarles Torres Huacal. Gerente de Desarrollo Económico |
SUPLENTE DEL PRESIDENTE |
Ing. Liz Katherine Delgado Loayza. Gerente de Infraestructura |
SUPLENTE DEL PRIMER MIEMBRO. |
CPC. Carlos Cholán Alvites. Director Oficina General de Administración |
SUPLENTE DEL SEGUNDO MIEMBRO |
Artículo Segundo.- DEJAR SUBSISTENTE los demás extremos de la Resolución de Alcaldía Nº 300-2019-A-MPC, de fecha 07 de agosto del 2019 de la presente resolución.
Artículo Tercero.- NOTIFICAR a los interesados el presente acto resolutivo, con las formalidades de ley.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VÍCTOR ANDRÉS VILLAR NARRO
Alcalde Provincial
2049101-1