Rectifican errores incurridos en Anexo de la R.M. N° 241-2021-MTC/01.02 que aprobó la ejecución de expropiación y valor de tasación de inmueble afectado por obra de rehabilitación y mejoramiento de carretera

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 185-2022-MTC/01.02

Lima, 10 de marzo de 2022

VISTA: La Nota de Elevación N° 032-2022-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 241-2021-MTC/01.02 publicada el 20 de marzo de 2021, se aprueba la ejecución de la expropiación y el valor de la tasación del área de un (01) inmueble signado con código: ILMH-LMOLINOS-003 afectado por la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Ica – Los Molinos – Tambillos, Tramo: Km. 19+700 al Km. 33+500, incluido el Puente La Achirana y Accesos”;

Que, con Informe Legal N° 003-2022-CGFR/CLS N°185-2021-MTC/20.11, la Dirección de Derecho de Vía señala que se debe rectificar los errores materiales incurridos en el Anexo de la Resolución Ministerial N° 241-2021-MTC/01.02, al haberse consignado erróneamente uno de los nombres de los Sujetos Pasivos del área del inmueble identificado con código ILMH-LMOLINOS-003; asimismo, se incurre en error material en las coordenadas UTM consignadas en la columna PSAD56;

Que, el numeral 212.1 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que: “Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión”;

Que, por su parte, el numeral 212.2 del artículo 212 del citado dispositivo legal, dispone que la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original. En ese sentido, corresponde efectuar la rectificación de los errores incurridos en el anexo de la Resolución Ministerial N° 241-2021-MTC/01.02, al haberse consignado erróneamente el nombre de uno de los Sujetos Pasivos y al advertirse el error material en las coordenadas UTM consignadas en la columna PSAD56 del área del inmueble identificado con código ILMH-LMOLINOS-003, no alterándose otros extremos del contenido de la precitada Resolución Ministerial;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Rectificar los errores materiales incurridos en el Anexo de la Resolución Ministerial N° 241-2021-MTC/01.02, de acuerdo con el siguiente detalle:

ANEXO

Dice: “CONTRERAS DE ZEVALLOS, PORFIRIA NATIVIDAD”;

Debe decir: “CAJAMARCA CONTRERAS DE ZEVALLOS, PORFIRIA NATIVIDAD”.

Dice:

PSAD 56

Vértice Norte (Y)

F 8460827.5618

Q 8460762.4892

Ubicación en el cuadro

Coordenadas UTM de validez universal del inmueble

VERTICE

LADO

DISTANCIA

PSAD 56

ESTE (X)

NORTE (Y)

F

F-G

13.63

426971.9196

8460827.5618

Q

Q-R

3.75

426991.0220

8460762.4892

Debe decir:

PSAD 56

Vértice Norte (Y)

F 8460827.7198

Q 8460782.4892

Coordenadas UTM de validez universal del inmueble

VERTICE

LADO

DISTANCIA

PSAD 56

ESTE (X)

NORTE (Y)

F

F-G

13.63

426971.9196

8460827.7198

Q

Q-R

3.75

426991.0220

8460782.4892

Artículo 2.- Como consecuencia de las rectificaciones efectuadas en el Artículo 1 de la presente Resolución, queda subsistente e inalterable todo lo demás que contiene la Resolución Ministerial N° 241-2021-MTC/01.02.

Artículo 3.- Disponer que una copia fedateada de la presente Resolución quede integrada a la Resolución Ministerial N° 241-2021-MTC/01.02 publicada el 20 de marzo de 2021.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NICOLÁS BUSTAMANTE CORONADO

Ministro de Transportes y Comunicaciones

2048035-1