Aprueban el Documento de Implementación del Programa de Apoyo a las Mancomunidades Regionales

resolución de secretaría de descentralización

N° 007-2022-PCM/SD

Lima, 11 de marzo de 2022

VISTOS:

El Proveído N° D000040-2022-PCM-SSPDT y el Informe N° D000012-2022-PCM que recomienda la aprobación del documento de Implementación del Programa Especial de Apoyo a las Mancomunidades Regionales;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 43 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado es uno e indivisible y su gobierno es unitario, representativo y descentralizado; asimismo, en su artículo 188 señala que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objeto fundamental el desarrollo integral del país;

Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 19° de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Presidencia del Consejo de Ministros tiene entre sus funciones, dirigir el proceso de descentralización del Poder Ejecutivo y supervisar sus avances en coordinación con los gobiernos locales y regionales;

Que, el artículo 84 del Texto Integrado del Reglamento de Organización Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM, establece que la Secretaría de Descentralización es el órgano de línea con autoridad técnico normativa a nivel nacional, responsable de promover el desarrollo territorial y la descentralización del Estado, así como de articular el despliegue coordinado de la política nacional, sectorial y multisectorial en el territorio, a través de los diferentes niveles de gobierno, procurando el desarrollo amónico y sostenible del Estado;

Que, el artículo 2 de la Ley Nº 29768, Ley de Mancomunidad Regional, modificada por la Ley Nº 30804, establece que la mancomunidad regional es el acuerdo voluntario de dos o más gobiernos regionales que se unen para la articulación de políticas públicas nacionales, sectoriales, regionales y locales, y la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos de inversión interdepartamental, para garantizar la prestación conjunta de servicios y bienes públicos con enfoque de gestión descentralizada, que promuevan la integración, el desarrollo regional y la participación de la sociedad, coadyuvando al proceso de regionalización;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 030-2021-PCM/SD, se creó el Programa Especial de Apoyo a las Mancomunidades Regionales y Municipales, para lo cual se conformó un equipo implementador, a cargo del diseño y la implementación del referido Programa;

Que, en atención al artículo 2 de la citada Resolución, se estableció un Equipo Implementador a cargo del diseño y la implementación del Programa Especial de Apoyo a las Mancomunidades Regionales y Municipales, el cual ha puesto a consideración una propuesta de documento que contiene el diseño del citado Programa Especial para su implementación:

Que, el documento puesto a consideración para su aprobación, define las estrategias de la Secretaría de Descentralización, para gestionar el fortalecimiento de las Mancomunidades Regionales, y con ello contribuir a la mejora de la calidad de vida de la población, mediante una suficiente y adecuada provisión de servicios articulados por las mancomunidades regionales, en un plazo de dos (02) años desde el inicio de la implementación, para lo cual, establece como objetivos estratégicos: i) el fortalecimiento institucional de las mancomunidades, ii) el fortalecimiento de sus capacidades institucionales, y iii) la mejora de los mecanismos de articulación para la implementación de planes, proyectos, programas, políticas y la prestación de los servicios en estos territorios, todo ello en concordancia con el eje 5 de la Política General de Gobierno 2021- 2026, “Descentralización, fortalecimiento institucional y del Servicio Civil”,

Que, los literales a, b), c), k) y n) del artículo 85 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, establece, como funciones de la Secretaría de Descentralización, entre otras, conducir, coordinar y supervisar la y promoción del desarrollo territorial, la descentralización y la integración regional y local; proponer normas y aprobar directivas y resoluciones, lineamientos e instrumentos técnicos, en materias de su competencia; promover la formulación, preparación y seguimiento de políticas, planes, programas y proyectos con énfasis en la promoción y facilitación del desarrollo económico, implementación de prioridades de gobierno y articulación entre niveles de gobierno y fuentes de recursos en los territorios; así como, promover la asociatividad territorial en coordinación con las entidades competentes del Poder Ejecutivo; y expedir las resoluciones en materia de su competencia;

Que, el artículo 92° del referido Reglamento de Organización y Funciones establece de manera específica, entre las funciones de la Sub Secretaría de Fortalecimiento de la Gestión Descentralizada, promover el desarrollo de la asociatividad y acompañar el despliegue de estas iniciativas, coordinar con los sectores del gobierno nacional el diseño de modelos específicos para la gestión de servicios públicos y proponer directivas, lineamientos u otros instrumentos técnicos, en materias vinculadas con sus funciones así como supervisar su cumplimiento;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por la Resolución Ministerial N° 156-2021-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de Documento

Apruébese el Documento de Implementación del Programa de Apoyo a las Mancomunidades Regionales, el mismo que en Anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargo de la implementación

Encárguese a la Subsecretaría de Fortalecimiento de la Gestión Descentralizada de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, la implementación y el seguimiento de las pautas, procesos y actividades que conforman el documento que se aprueba en el artículo primero.

Artículo 3.- Reporte trimestral

La Subsecretaría de Fortalecimiento de la Gestión Descentralizada reportará al Despacho de la Secretaría de Descentralización el avance del programa de manera trimestral hasta su culminación.

Artículo 4.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización y su anexo en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

YURI ALEJANDRO CHESSMAN OLAECHEA

Secretario (e) de Descentralización

2047546-1