Disponen la ampliación del trámite de emergencia para 800 personas adultas mayores en situación de abandono, para el trámite y obtención del Documento Nacional de Identidad - DNI
RESOLUCIóN JEFATURAL
N° 000040-2022/JNAC/RENIEC
Lima, 11 de marzo de 2022
VISTOS:
El Decreto Legislativo N° 1474 (03MAY2020); el Informe Nº 000003-2022/GRIAS/RENIEC (21ENE2022) de la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social; la Hoja de Elevación Nº 000064-2022/GPP/RENIEC (28FEB2022) de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000019-2022/GPP/SGPL/RENIEC (28ENE2022) de la Sub Gerencia de Planificación de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N° 000044-2022/GPP/SGP/RENIEC (28FEB2022) de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorando N° 000083-2022/GG/RENIEC (04MAR2022) de la Gerencia General; el Informe Nº 000436-2022/GAJ/RENIEC (09MAR2022) y la Hoja de Elevación Nº 000399-2022/GAJ/RENIEC (09MAR2022) de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil es un organismo constitucionalmente autónomo encargado, de manera exclusiva y excluyente, de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y los actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que conforme lo dispuesto en el artículo 183º de la Constitución Política del Perú es competencia funcional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, entre otros, mantener actualizado el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y emitir el documento que acredite su identidad;
Que con fecha 3MAY2020, se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Legislativo N° 1474, Decreto Legislativo que fortalece los Mecanismos y Acciones de Prevención, Atención y Protección de la Persona Adulta Mayor durante la Emergencia Sanitaria Ocasionada por el COVID-19, norma que tiene por finalidad garantizar la prevención, atención y protección de las personas adultas mayores durante la emergencia sanitaria, disponiendo el desarrollo de diferentes acciones y medidas para el mejor ejercicio de los derechos de la persona adulta mayor durante la emergencia sanitaria;
Que entre estas medidas destacan las vinculadas expresamente al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC respecto a que toda entidad pública y privada tiene el deber de brindar información sobre las personas adultas mayores, a las autoridades encargadas de las acciones de su protección y atención integral, así como que en el caso de personas adultas mayores en situación de abandono, las acciones de búsqueda de sus redes familiares a las que hace referencia el numeral 26-A.2 del artículo 26 de la Ley N° 30490, Ley de la Persona Adulta Mayor se realizan en el plazo de veinticuatro (24) horas, computado a partir de la identificación de la persona adulta mayor a cargo de la Policía Nacional del Perú;
Que asimismo la citada norma preceptúa que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil establece un trámite de emergencia para que la persona adulta mayor en situación de abandono cuente con el Documento Nacional de Identidad (DNI), para facilitar el ejercicio de sus derechos fundamentales;
Que teniendo en cuenta lo señalado precedentemente, mediante Resolución Jefatural N° 000088-2020/JNAC/RENIEC (25AGO2020), se dispuso establecer el trámite de emergencia para que la persona adulta mayor en situación de abandono cuente con el Documento Nacional de Identidad - DNI, a fin de facilitar el ejercicio de sus derechos fundamentales, en el marco de las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 1474;
Que posteriormente, mediante Resolución Jefatural Nº 000023-2021/JNAC/RENIEC (02FEB2021) se dispuso la ampliación de los alcances establecidos en la Resolución Jefatural N° 000088-2020/JNAC/RENIEC (25AGO2020), para el año 2021, en el sentido de establecer el trámite de emergencia para que la persona adulta mayor en situación de abandono cuente con el Documento Nacional de Identidad - DNI, a fin de facilitar el ejercicio de sus derechos fundamentales.
Que en ese contexto, la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social mediante el documento de vistos, solicita la ampliación los alcances de la Resolución Jefatural N° 000088-2020/JNAC/RENIEC (25AGO2020), para que surta sus efectos hasta el 31 de diciembre de 2022; asimismo señala que para el año 2022, se estima dar atención registral a 800 personas adultas mayores en situación de abandono, para el trámite y obtención del Documento Nacional de Identidad – DNI;
Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos señala que lo solicitado por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social, es factible de ser financiado con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social para el año 2022, por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias;
Que de igual forma, la Gerencia General mediante el documento de vistos, emite opinión favorable respecto a lo solicitado por la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social;
Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable la emisión de la resolución jefatural correspondiente;
Que se hace necesario hacer de conocimiento lo dispuesto en la presente resolución jefatural a la ciudadanía; y,
Que a través de la Resolución Jefatural N°000034-2022/JNAC/RENIEC (07MAR2022), se encarga con retención de su cargo, a la señora GLADIS VIRGINIA CACHAY ESPINO, Gerente General, el despacho administrativo de la Jefatura Nacional del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil del 08 al 14 de marzo de 2022; y,
Estando a la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 086-2021-JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modificatoria; y a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, modificado en parte por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la ampliación del trámite de emergencia para 800 personas adultas mayores en situación de abandono, para el trámite y obtención del Documento Nacional de Identidad - DNI, para facilitar el ejercicio de sus derechos fundamentales, en el marco de las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 1474, durante el año 2022.
Artículo Segundo.- Los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en el artículo precedente, será financiado con cargo a los recursos presupuestarios asignados a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social para el año 2022, por la fuente de financiamiento Donaciones y Transferencias.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Restitución de la Identidad y Apoyo Social y a la Gerencia de Registros de Identificación, la implementación de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural.
Artículo Cuarto.-Poner la presente Resolución Jefatural en conocimiento del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables para los fines pertinentes.
Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión del contenido de la misma para la publicidad a la población.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
GLADIS VIRGINIA CACHAY ESPINO
Jefa Nacional (e)
2047542-1