Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Miraflores
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 319-2022-MP-FN
Lima, 10 de marzo de 2022
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Los oficios Nros. 147, 392 y 844-2022-MP-FN-PJFSLIMASUR, cursados por la abogada Niccy Mariel Valencia Llerena, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, y el oficio N° 302-2022-MP-FN-PJFSLIMASUR, suscrito por el abogado Ulises Cipriano Lovaton Yanayaco, Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, encargado, en ese entonces, de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, mediante los cuales, entre otros, se eleva la carta de renuncia y la conformidad de la misma, de la abogada Celina Marleni Uriarte Sánchez, al cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Miraflores, presentada el 11 de enero del 2022, dirigido a la Presidencia antes citada, por motivos estrictamente personales, informando que su último día de labores sería el 07 de enero de 2022; la misma que ha sido comunicada a la Oficina General de Potencial Humano, vía correo electrónico. Asimismo, se elevan las propuestas respectivas, a fin de cubrir la referida plaza.
Que, de la revisión de la solicitud de la renuncia presentada el 11 de enero de 2022, se aprecia que la abogada Celina Marleni Uriarte Sánchez, solicita que la misma sea considerada a partir del 07 de enero de 2022.
Que, el Gerente de la Oficina General de Asesoría Jurídica (e), a través del informe N° 000624-2021-MP-FN-OGASEJ, señala que conforme a lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley N° 30483 - Ley de la Carrera Fiscal y, lo señalado en la Primera Disposición Complementaria, Transitoria y Final del Decreto Legislativo N° 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, así como los artículos 183 y 185 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, el cargo de fiscal termina, entre otros, con la renuncia desde que ésta es aceptada, encontrándose el empleador facultado de aceptarla desde la fecha en la que fue formalmente presentada o dentro de los 30 días siguientes, siendo esta decisión una facultad discrecional del empleador.
En igual sentido, el Tribunal de Servicio Civil, en el fundamento 36 de la Resolución N° 01524-2016-SERVIR/TSC-Primera Sala de fecha 18 de agosto de 2016, ha señalado que “(…) el acto de renuncia no puede ser formulado con efecto retroactivo, es decir presentarla con fecha posterior a la fecha en que empezará a surtir efecto (…)”.
Que, a través de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 103-2021, de fecha 09 de noviembre de 2021, se resolvió aprobar el Presupuesto Analítico de Personal del Ministerio Público, a fin de desarrollar acciones para el nombramiento de los fiscales del Ministerio Público, debiendo remitirse a la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas, las resoluciones del personal nombrado y contratado, según corresponda, para el registro de los datos personales y laborales del personal en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) del Ministerio de Economía y Finanzas; por lo que, mediante Resolución de la Gerencia General N° 1131-2021-MP-FN-GG, de fecha 15 de noviembre de 2021, se aprobó el Presupuesto Analítico de Personal 2021 (PAP) del Pliego 022 Ministerio Público, correspondiente al Ejercicio Presupuestal 2021, disponiéndose se remita copia de la citada resolución a la Dirección antes señalada y a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, entre otros.
En consecuencia, se hace necesario aceptar la renuncia antes mencionada, a partir del 11 de enero de 2022, fecha de la presentación de la misma, y nombrar al Fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Celina Marleni Uriarte Sánchez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, y a su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Miraflores, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 945-2020-MP-FN, de fecha 28 de agosto de 2020, con efectividad al 11 de enero de 2022.
Artículo Segundo.- Nombrar a la abogada Nayla Yasenia Rodríguez Sánchez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Miraflores.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Gerencia General, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a las abogadas mencionadas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ZORAIDA AVALOS RIVERA
Fiscal de la Nación
2047067-1