Aprueban las “Bases de participación, evaluación y selección para el apoyo económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos oficiales”

DECRETO DE ALCALDÍA

N° 005-2022-ALC/MVES

Villa El Salvador, 4 de marzo de 2022

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR

VISTOS: El Memorando N° 207-2022-GM/MVES de la Gerencia Municipal, Informe N° 055-2022-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 07-2022-GDIS/VES de la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, los Informes N° 005-2022-SGECDJ/GDIS/MVES y 277-2021-SGECDJ/GDIS/MVES de la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud; el Memorando N° 143-2022-OGA/MVES de la Oficina General de Administración y el Informe N° 052-2022-UT-OGA/MVES de la Unidad de Tesorería, sobre aprobación de las “Bases de participación, evaluación y selección para el apoyo económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y/o eventos deportivos oficiales”, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972 establece que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que son atribuciones del Alcalde entre otras, las de: ¨Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas¨; y el artículo 42° establece que: “Los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”;

Que, la Ordenanza N° 457-MVES, “Ordenanza que aprueba el apoyo económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos oficiales”, tiene como objetivo, brindar un apoyo económico a los deportistas calificados y/o federados vecinos del distrito de Villa El Salvador para su participación en competencias y eventos deportivos oficiales y de este modo poder contribuir con el desarrollo de dichos deportistas, es por ello, que en la Primera Disposición Complementaria Transitoria y Final se estableció: “Facultar al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las Bases del Reglamento de participación, evaluación y selección para el apoyo económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos oficiales, así como otras medidas que resulten necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza”;

Que, con el Informe N° 277-2021-SGECDJ-GDIS/MVES ampliado con el Informe N° 005-2022-SGECDJ/GDIS/MVES, la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, informa que ha elaborado el proyecto de las “Bases de participación, evaluación y selección para el apoyo económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos oficiales”, cuyos artículos reglamentan los requisitos para participar, el procedimiento de presentación de documentos, de evaluación y de selección de los ganadores, así como la forma de la entrega del apoyo económico a los deportistas y su rendición de cuentas, así como otros aspectos importantes, en virtud a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria y Final de la Ordenanza N° 457-MVES que le encarga a su Despacho elaborarlas; por lo cual, con Memorando N° 539-2021-GDIS/MVES ampliado con Memorando N° 07-2022-2021-GDIS/MVES, la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, ratifica los Informes de la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud y solicita la aprobación de las Bases;

Que, con el Memorando N° 143-2022-OGA/MVES la Oficina General de Administración, teniendo en consideración el Informe N° 052-2022-UT-OGA/MVES de la Unidad de Tesorería y efectúa recomendaciones a las “Bases de participación, evaluación y selección para el apoyo económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos oficiales”, en cuanto al proceso de la entrega de dinero a los deportistas ganadores;

Que, con Informe N° 055-2022-OAJ/MVES, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que teniendo en consideración el Artículo Cuarto de la Ordenanza N° 457-MVES, “Ordenanza que aprueba el apoyo económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos oficiales” y al numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y siendo que las Bases a ser aprobadas, tiene como objetivo brindar un apoyo económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador para que participen en competencias y eventos deportivos oficiales programados, y habiendo establecido en ella, los mecanismos de participación, de evaluación de los participantes, la forma de entrega del apoyo económico, la rendición de cuentas por parte de los ganadores, así como otros mecanismos necesarios en casos excepcionales; emite opinión legal favorable para la aprobación de las “Bases de participación, evaluación y selección para el Apoyo Económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos oficiales”; concluyendo que se deberá aprobar el mismo mediante Decreto de Alcaldía, ello en virtud a lo establecido en el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; precisando que conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, Decreto Supremo que modifica el artículo 9° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; la norma aprobatoria así como las Bases deberán ser publicadas en el Diario Oficial “EL PERUANO”;

Que, con Memorando N° 207-2022-GM/MVES la Gerencia Municipal, teniendo en consideración los Informes Técnicos y Legales emitidos, y en conformidad con lo establecido en el numeral 14.4) del artículo 14° de la Ordenanza N° 441-MVES, Ordenanza que modifica la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza N° 369-MVES, que señala como una función de la Gerencia Municipal, entre otras, la de: ¨14.4) Proponer proyectos de normas municipales, (…) conforme a la normatividad vigente¨, remite a la Secretaria General, los actuados administrativos, solicitando se emita el Decreto de Alcaldía mediante el cual se aprueben las “Bases de participación, evaluación y selección para el Apoyo Económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos oficiales”;

Que, estando a los considerandos precedentes y a los Informes de las Unidades Orgánicas competentes, de conformidad con el numeral 6) del artículo 20º, artículo 39º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo Primero: APROBAR las “BASES DE PARTICIPACIÓN, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN PARA EL APOYO ECONÓMICO A LOS DEPORTISTAS CALIFICADOS Y/O FEDERADOS DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR EN COMPETENCIAS Y EVENTOS DEPORTIVOS OFICIALES” conforme a lo dispuesto en el Artículo Cuarto de la Ordenanza N°457-MVES; el mismo que consta de diecinueve (19) artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias y tres (03) Anexos; y que forma parte del presente Decreto de Alcaldía.

Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, la Subgerencia de Participación Ciudadana, la Oficina General de Administración, la Unidad de Tesorería, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, la Unidad de Imagen Institucional y las demás Unidades Orgánicas competentes, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía y sus Bases.

Artículo Tercero: ENCARGAR la difusión de las “BASES DE PARTICIPACIÓN, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN PARA EL APOYO ECONÓMICO A LOS DEPORTISTAS CALIFICADOS Y/O FEDERADOS DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR EN COMPETENCIAS Y EVENTOS DEPORTIVOS OFICIALES” a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social y a sus Unidades Orgánicas dependientes, así como a la Unidad de Imagen Institucional.

Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General cumplir con la publicación del presente Decreto de Alcaldía, así como las Bases que la conforman en el Diario Oficial “El Peruano”; y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico la publicación del mismo, en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa El Salvador (www.munives.gob.pe).

Artículo Quinto: ESTABLECER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “EL PERUANO”.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

C. KEVIN YÑIGO PERALTA

Alcalde

BASES DE PARTICIPACIÓN, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN PARA EL APOYO ECONÓMICO

A LOS DEPORTISTAS CALIFICADOS Y/O FEDERADOS DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR EN COMPETENCIAS Y EVENTOS DEPORTIVOS OFICIALES

 Artículo 1°. – FINALIDAD

La Municipalidad de Villa El Salvador, a través de la Ordenanza N°457-MVES, de fecha 28 de octubre de 2021, desarrollará un programa de apoyo económico al deportista calificado y/o federado, con la finalidad de promover el desarrollo del deporte, con miras a competencias nacionales e Internacionales. Asimismo, promoverá la participación de las personas con discapacidad en las diversas disciplinas deportivas.

La Municipalidad apuesta por un distrito comprometido con el deporte, con el fin de lograr un mejor futuro para los deportistas que representan al Perú.

Artículo 2°. - OBJETO

La Municipalidad de Villa El Salvador brindará apoyo económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador para que participen en competencias y eventos deportivos oficiales programados dentro del año en curso. El apoyo económico está destinado a cubrir los diversos gastos que genere su participación en competencias y eventos deportivos oficiales dentro y fuera del país, los cuales estan sujetos a rendición de cuentas.

Artículo 3°. - BASE LEGAL

Constitución Política del Perú

Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

Ordenanza N° 457-MVES, Ordenanza que aprueba el apoyo económico a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos oficiales.

Ordenanza N° 441-MVES, Ordenanza que modifica la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador aprobado con Ordenanza N°369-MVES.

Ley N°28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, modificada por las Leyes N° 29544 y N° 30832.

Artículo 4°. - GLOSARIO DE TÉRMINOS

Para efectos del presente apoyo económico se considerará como definición los siguientes términos:

Domicilio real: Lugar de residencia habitual de los deportistas que figura en el Documento Nacional de Identidad.

Residencia: Para efectos de la presente se considerará residencia a la casa, departamento o lugar similar, donde sea su permanencia habitual dentro del distrito de Villa El Salvador.

Deportista: Persona que practica algún deporte, ya sea de manera profesional o como aficionado, se mantiene con buen estado físico y tiene la capacidad de consagrarse deportivamente.

Deporte de Alto Nivel: Es la práctica de especialidades deportivas de alta exigencia cuya denominación y regulación la realiza el Instituto Peruano del Deporte (IPD).

Deportista Calificado: Aquel deportista que obtiene resultados a nivel nacional y participa en eventos Internacionales Oficiales sin resultados.

Deportista Calificado de Alto Nivel: Aquel deportista que representa al país en eventos internacionales oficiales y obtiene resultados conforme a lo establecido por la Ley N° 28036, Ley de Promoción y Desarrollo del Deporte, normas complementarias.

Deportista de Alto Nivel con Discapacidad: Aquel deportista que se encuentra inscrito en el Registro del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) y cumple con los requisitos establecidos por el Instituto Peruano del Deporte (IPD) en coordinación con otros organismos vinculados.

Deportista Participante: Todos los deportistas que deseen participar en el proceso de evaluación y selección, bajo las condiciones del presente Reglamento.

Deportista Ganador: Aquel deportista participante que se presenta y luego de la evaluación del Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados es seleccionado de acuerdo a las calificaciones recibidas.

Apoyo Económico: Monto de dinero que será entregado a los deportistas calificados y/o federados ganadores del proceso de selección equivalente a (Dos UITs y Media) 2.5 UITs para cada deportista ganador, pudiendo utilizar el apoyo económico para solventar gastos de pasajes nacionales e internacionales, hospedajes, movilidad, implementos deportivos y otros gastos relacionados.

Ciclo Olímpico: Período de cuatro años consecutivos que transcurre entre Olimpiada y Olimpiada. El ciclo olímpico es tomado como referencia por los entrenadores para la planificación del entrenamiento de los deportistas que tienen la aspiración de participar en los Juegos Olímpicos.

Artículo 5°. - DE LOS PARTICIPANTES

Podrán participar los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos deportistas, con o sin discapacidad, sin distinción de etnia, salud y/o religión, que residan en el distrito de Villa El Salvador, que se encuentren calificados y/o federados y reconocidos por el Instituto Peruano del Deporte (IPD).

Artículo 6°. -REQUISITOS PARA PARTICIPAR

Los requisitos establecidos forman parte de los criterios de evaluación y selección que otorgarán un puntaje al deportista calificado y/o federado. los cuales se detalla a continuación:

Formato de Solicitud Única presentada en la Mesa de Parte de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador.

DNI vigente, donde figure domicilio real en el Distrito de Villa El Salvador con una antigüedad mayor o igual a cuatro (04) años.

Certificado de no tener antecedentes Policiales, Judiciales y/o Penales.

Documento que acredite ser Deportista calificado y/o federado por el Instituto Peruano de Deporte (IPD).

Declaración Jurada de no haber sido sancionado por el Tribunal del Deporte o por el Consejo Superior de Justicia Deportiva y Honores del Deporte.

En el caso de los deportistas con alguna discapacidad, presentar carnet del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS).

Documento expedido por el RENADE (Registro Nacional del Deportista) y reconocido por el IPD, que acredite una participación en competencias y/o eventos en los últimos dos (02) años.

Documento oficial que acreditan la invitación para participar en la competencia o evento deportivo nacional o internacional.

Presentar Examen Médico General vigente, que acredite estar en buenas condiciones para poder participar en la competencia o evento programado.

Anexo N° 03 - Formulario de Postulación visado por la Notaria (debidamente firmado y con huella de los Padres, Tutores o Apoderados, para los menores de edad).

Artículo 7°.– PROCEDIMIENTO DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS:

a) La Unidad de Gestión Documentaria y Archivo, recepcionará en la mesa de parte de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador las solicitudes de apoyo económico de los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador.

b) La fecha de la presentación de la solicitud para el apoyo económica a los deportistas calificados y/o federados de Villa El Salvador, serán presentados los cinco (05) primeros días hábiles del mes de Mayo de cada año deportivo y se dará por culminada la evaluación, calificación y selección entre los quince (15) días hábiles del mes de Junio de cada año.

c) La presentación de la solicitud deberá estar dirigida al Alcalde con atención al Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados, solicitando el apoyo económico como “Apoyo a los deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador”, en competencias y eventos deportivos oficiales, para lo cual se deberá cumplir previamente con adjuntar los requisitos que se detallan en el artículo 6° de la presente Base.

d) Una vez recibida la documentación por la Mesa de Partes de la Entidad será enviada a la Gerencia de Desarrollo en Inclusión Social que a su vez la derivará a la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud para que la remita al Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados.

e) Una vez recepcionada la solicitud por el Presidente (a) del Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados, se convocará a la primera sesión a los miembros del citado Comité, a fin de evaluar los expedientes de solicitud de Apoyo Económico a los deportistas calificados y/o federados.

f) El Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados, contará con el Formato del Acta de Evaluación (Anexo N°01) para realizar la evaluación correspondiente.

g) Se citará a una Segunda Sesión para presentar la evaluación y el informe del resultado de la selección de participantes, el que será remitido a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social para que emita la Resolución de Gerencia correspondiente.

h) Para finalizar el proceso se adjuntará el Formato del Acta de Declaratoria de Ganador/a (Anexo N° 02).

Artículo 8°. – PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

Se realizará la verificación para corroborar que se hubieran presentado todos los requisitos establecidos en el artículo 6° de la presente Base, así como la presentación de otros documentos que sirvan para determinar la ponderación de los postulantes al apoyo económico, los mismos que se encuentran descritos en el artículo 9° de la presente Base.

Aquellos participantes que no adjunten los requisitos establecidos en el artículo 6° de la presente Base, serán automáticamente descalificados.

Artículo 9°. – PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN

El Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados, seleccionará a cada participante de acuerdo con los criterios de ponderación que a continuación se detalla:

Los deportistas que obtengan el puntaje más alto y ocupen el primer y segundo lugar en el cuadro de selección realizado por el Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados serán los ganadores beneficiados con el apoyo económico que otorgará la Municipalidad de Villa El Salvador.

Artículo 10°. – DE LA RESOLUCIÓN QUE DECLARA A LOS GANADORES

El Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados alcanzará el informe final a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social con los nombres de los dos (02) deportistas ganadores y del Tercer y Cuarto puesto, la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social emitirá la Resolución Gerencial que declare a los dos (02) deportistas ganadores del apoyo económico.

Artículo 11°. – ENTREGA DEL APOYO ECONOMICO A LOS DEPORTISTAS

Con la emisión de la Resolución de Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social que aprueba la entrega del apoyo económico a los deportistas, la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud procederá a realizar las coordinaciones con la Oficina General de Administración, la Unidad de Tesorería y la Unidad de Imagen Institucional para el otorgamiento del apoyo económico, que contará con dos (02) Etapas:

Primera Etapa.- Se realizará la Ceremonia de Presentación de los Deportistas calificados y/o federados ganadores que recibirán el apoyo económico de la Municipalidad de Villa El Salvador, de acuerdo con la Ordenanza N°457-MVES, en coordinación con la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, y la Unidad de Imagen Institucional.

Segunda Etapa.- La Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud remitirá a la Oficina General de Administración la Resolución de Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social que aprueba la entrega del apoyo económico a los deportistas y elaborará el informe con los datos de cuenta bancaria e interbancaria de los deportistas ganadores y documentación pertinente conforme a la presente Base, dicha Oficina a través de la Unidad de Contabilidad y la Unidad de Tesorería procederá a gestionar el otorgamiento del apoyo económico a los deportistas.

Artículo 12°. – RENDICIÓN DE CUENTAS

La rendición de cuentas se realizará ante la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, sobre los gastos efectuados acreditándolos con las boletas, facturas y/o váuchers; se considerará valido la presentación de una Declaración Jurada Simple para aquellos gastos menores que no pueden ser rendidos mediante comprobantes de pago como boletas, facturas y/o váuchers.

Los gastos efectuados deben estar relacionados directamente a la competencia o evento deportivo oficial al que se presentó.

Artículo 13°.PERSONAS NO AUTORIZADAS A PARTICIPAR  

Están prohibidos de participar en el presente concurso:

a) El Alcalde del distrito de Villa El Salvador

b) Los Regidores de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador

c) Los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador

d) Servidores de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, sin importar la modalidad de contratación.

e) El cónyuge, conviviente, los parientes hasta el cuarto grado de consanguineidad o afinidad de las personas señaladas en los literales precedentes.

Artículo 14°. - NULIDAD DEL PROCESO DE PREMIACIÓN

El Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados anulará el proceso de premiación del deportista ganador:

- En caso se compruebe que el deportista presentó documentos falsos.

- En el caso que días previos al otorgamiento del beneficio económico al deportista ganador, sufra algún percance que lo limite físicamente o le genere impedimento para cumplir con la competencia o evento programado y no lo haya comunicado por Mesa de Partes de la Municipalidad de Villa El Salvador con atención al Presidente (a) del Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados.

- En el caso que días previos al otorgamiento del Apoyo Económico se acredite denuncia Policial, Judicial o Penal en contra del deportista.

- En el caso que días previos al otorgamiento del Apoyo Económico se suspenda la competencia o evento deportivo programado por el contexto de la Emergencia Sanitaria por el COVID-19 o algún otro motivo debidamente justificado.

- En el caso que días previos al otorgamiento del Apoyo Económico, el deportista ganador presenta un documento por la Mesa de Partes de la Municipalidad, manifestando su decisión de desistir del Apoyo Económico.

- Por fallecimiento del deportista ganador

Artículo 15°.- DESCALIFICACIÓN DEL PARTICIPANTE

Se descalificará al deportista participante, en el caso que se verifique:

No residir en el distrito por el periodo mínimo de cuatro (04) años

Si se evidencia que la residencia habitual no coincide con el Documento Nacional de Identidad adjunto en la solicitud.

Presenta fuera de fecha la solicitud y los documentos

Haber sido sancionado por el IPD, Federación Deportiva Nacional (FDN), el Comité Olímpico Peruano (COP) o la Asociación Nacional Paralímpica del Perú (ANPPERÚ).

No tener una conducta intachable

No presentar todos los requisitos obligatorios descritos en el articulo 6° de la presente Base.

Artículo 16°. - SANCIÓN PERMANENTE

El deportista calificado y/o federado del distrito de Villa El Salvador quedará sancionado, sin opción a volver a participar del beneficio del Apoyo Económico, si se detecta que:

1) Falsificó los documentos presentados para participar

2) Si se constata que el participante consume sustancias psicotrópicas y/o estupefacientes que no son permitidas deportivamente.

3) Se verifica o acredita que hizo uso indebido del apoyo económico otorgado para la participación en la competencia o evento nacional o internacional.

4) No comunicó por Mesa de Parte de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador algún percance que lo limite físicamente o que le genere impedimento para cumplir con la competencia, por obtener el apoyo económico.

Artículo 17°.– CASO EXCEPCIONAL

1. En el caso que el deportista calificado y/o federado declarado ganador del beneficio económico, desista de la participación en la competencia o evento deportivo o eventualmente se encuentre en la condición de impedimento físico o psicológico que impida su participación en las competencias programadas, la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud emitirá el informe respectivo a la Unidad de Tesorería para las coordinaciones respectivas con el deportista ganador de la forma en que se realizará el deposito de la devolución a efectuarse, dependiendo de la fuente de financiamiento en el que se realizó la operación del apoyo económico.

2. En el supuesto que el deportista beneficiario no cumpla con su obligación de reembolsar el apoyo económico, la Unidad Tesorería procederá a poner de conocimiento a la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud para que proceda con las acciones pertinentes.

Artículo 18°.- RECUPERACIÓN DEL APOYO ECONÓMICO

La Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud de ser el caso, informará a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, el incumplimiento por parte del deportista de la devolución del apoyo económico; a fin, que dicha Gerencia elabore un Informe Técnico sustentando y documentando sobre el incumplimiento del participante de efectuar la devolución del Apoyo Económico y lo remitirá a la Procuraduría Pública Municipal para que inicie las acciones legales pertinentes.

Artículo 19°. - PUBLICACIÓN DE RESULTADOS

La relación de los dos (02) deportistas ganadores de este apoyo económico, se hará de conocimiento público por medio de la página web de la Municipalidad (www.munives.gob.pe) y por el panel de comunicados de la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud.

DISPOSICIONES

COMPLEMENTARIAS

Primera.- La Gerencia Municipal mediante Resolución Gerencial aprueba la Conformación del Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados, de manera anual.

Segunda.- No procede Recurso de Apelación a lo resulto por el Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados, cualquier aclaración o consulta u otro aspecto sobre el proceso de Evaluación será resuelto por el Comité.

Tercera.- La rendición de cuentas efectuada ante la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud formará parte necesaria para la valoración del deportista en una próxima participación ya que sustentará el uso debido del apoyo económico otorgado por la Municipalidad para la participación en la competencia o evento nacional o internacional.

ACTA DE EVALUACIÓN DE DEPORTISTAS CALIFICADOS Y/O FEDERADOS

ANEXO 1

“EVALUACIÓN DE SELECCIÓN PARA EL APOYO ECONÓMICO A LOS DEPORTISTAS CALIFICADOS Y/O FEDERADOS DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR EN COMPETENCIAS Y EVENTOS DEPORTIVOS OFICIALES”

Villa El Salvador, con fecha _____ del __________________ de _____________, se reunió el Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados designado, con la finalidad de cumplir con la evaluación de este proceso de Convocatoria “Evaluación y Selección para el Apoyo Económico a los Deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador, en competencias y eventos Deportivos Oficiales”.

Asistieron los siguientes miembros del Comité:

Primer Miembro: Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud

Segundo Miembro: Subgerencia de Participación Ciudadana

Tercer Miembro: Representante del IPD.

De los expedientes presentados por los participantes, mesa de parte ha derivado al COMITÉ EVALUADOR DE DEPORTISTAS CALIFICADOS Y/O FEDERADOS para que proceda a calificar y seguidamente declarar a los ganadores.

Habiendo concluido con la calificación correspondiente se ha determinado el resultado de los siguientes participantes;

Siendo las _____________ se levanta la reunión de evaluación.

Villa El Salvador, ____________________________

Atentamente

__________________________________________

Nombre del miembro evaluador de la Subgerencia

de Educación Cultura y Deporte

(Nombre y Puesto que desempeña)

__________________________________________

Nombre del miembro evaluador de la Subgerencia

de Participación Ciudadana

(Nombre y Puesto que desempeña)

__________________________________________

Nombre del miembro evaluador del

Instituto Nacional del Deporte (IPD)

ACTA DECLARATORIA DE GANADOR/A

ANEXO 2

En el distrito de Villa El Salvador, a los ______ días del mes de _________________ del año ________, de conformidad del Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados, la mismas que conforman: (Nombre del miembro evaluador de la Subgerencia de Educación Cultura, Deporte y Juventud), (Nombre del miembro evaluador de la Subgerencia de Participación Ciudadana), (Nombre del miembro evaluador del Instituto Nacional del Deporte) y considerando lo siguiente:

Que, en conocimiento de la Norma Técnica de Selección para el Apoyo Económico a los Deportistas calificados y/o federados del distrito de Villa El Salvador en competencias y eventos deportivos Oficiales y de nuestra responsabilidad como miembros del Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados, hemos revisado todos los expedientes presentados ante la Municipalidad de Villa El Salvador en base a los requisitos establecidos en las Bases del concurso de méritos.

Que, de acuerdo a la documentación adjunta a la solicitud, no existe una omisión o incumplimiento del procedimiento del concurso que influya en la decisión.

Que, de acuerdo a la documentación del expediente remitido a la Municipalidad de Villa El Salvador, no existe causal alguna en las “BASES DE PARTICIPACIÓN, EVALUACIÓN Y SELECCIÓN PARA EL APOYO ECONÓMICO A LOS DEPORTISTAS CALIFICADOS Y/O FEDERADOS DEL DISTRITO DE VILLA EL SALVADOR EN COMPETENCIAS Y EVENTOS DEPORTIVOS OFICIALES, para declarar desierto el presente concurso.

DECLARAMOS a (Nombres completos de la o el mejor puntuado en el concurso de acuerdo al puntaje final) como ganador/a del Concurso de Méritos llevado a cabo, con la puntuación final de (puntuación correspondiente al puntaje final en letras y números) y obteniendo el (PRIMERO O SEGUNDO PUESTO); y, a su vez declaramos como ganadores a:

(Nombres completos de la o el tercer mejor puntuado, en caso de haberlo, de acuerdo al puntaje final) con la calificación de (puntuación correspondiente al puntaje final en letras y números)

(Nombres completos de la o el cuarto mejor puntuado, en caso de haberlo, de acuerdo al puntaje final) con la calificación de (puntuación correspondiente al puntaje final en letras y números)

(Nota: agregar o reducir el número de campos hasta completar los necesarios)

Se dispone que la presente Acta se ponga en conocimiento a la Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social, para que proceda a subir las resoluciones correspondientes.

Declarando que el contenido de la presente acta es fiel a la realidad; firman los miembros del Comité Evaluador de Deportistas Calificados y/o Federados:

__________________________________________

Nombre del miembro evaluador de la Subgerencia

de Educación Cultura Deporte y Juventud

(Nombre y Puesto que desempeña)

__________________________________________

Nombre del miembro evaluador de la Subgerencia

de Participación Ciudadana

(Nombre y Puesto que desempeña)

__________________________________________

Nombre del miembro evaluador del Instituto Nacional del Deporte IPD

missing image file

2046973-1