Establecen nuevo plazo para la presentación de la solicitud de opinión favorable para la aprobación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en el Año Fiscal 2022 por parte de las Entidades del Sector Público y modifican Directiva N° 0005-2021-EF/53.01 “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”

Resolución Directoral

Nº 0002-2022-EF/53.01

Lima, 8 de marzo de 2022

VISTO:

El Informe N° 0168-2022-EF/53.06 de la Dirección de Técnica y de Registro de la Información de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.4 del artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público, la implementación de los instrumentos de la gestión fiscal de los recursos humanos del Sector Público se encuentra a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos (DGGFRH), que comprende, entre otros, la aprobación de los lineamientos para la formulación, aprobación y modificación del Presupuesto Analítico del Personal (PAP), así como brindar opinión favorable sobre el PAP de cada entidad del Sector Público, previo a su aprobación;

Que, bajo dicho marco normativo, se emite la Resolución Directoral Nº 0109-2021-EF/53.01 que aprueba la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, denominada “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público” que tiene por finalidad contribuir con la asignación y utilización eficiente de los ingresos correspondientes a los recursos humanos del Sector Público, en el marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos;

Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la referida Directiva establece el plazo máximo para que las entidades públicas remitan a la DGGFRH la solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP, esto es, hasta el último día del mes de febrero de cada año;

Que, habiéndose vencido el plazo para la presentación de la solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP, se advierte que solo algunas entidades del Sector Público han presentado dicho documento de gestión por cuanto, en algunos casos, a la fecha no cuentan con las transferencias presupuestales para el financiamiento del gasto de personal, motivo por el cual resulta necesario establecer un nuevo plazo para la presentación de la solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP por parte de las entidades del Sector Público en el Año Fiscal 2022, con el fin de asegurar que cuenten con un documento de gestión institucional que les permita una eficiente asignación y utilización de los ingresos de personal, en el marco de la Gestión Fiscal de los Recursos Humanos;

Que, por su parte, el artículo 19 de la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01 establece los supuestos y la documentación requerida para la modificación del PAP; sin embargo, a fin de que las entidades del Sector Público soliciten la opinión favorable a la DGGFRH para la referida modificación se debe establecer un plazo máximo para que se puedan gestionar debidamente los pedidos de modificación del PAP; por tanto, resulta necesario modificar los numerales 19.1 y 19.2 del artículo 19 de la Directiva antes mencionada, con la finalidad de incorporar el referido plazo;

De conformidad con lo establecido en el Decreto de Urgencia N° 044-2021, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias y urgentes en materia de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Sector Público; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Nuevo plazo para la presentación de la propuesta del Presupuesto Analítico de Personal en el Año Fiscal 2022

1.1. Establézcase como nuevo plazo para la presentación de la propuesta del Presupuesto Analítico de Personal en el Año Fiscal 2022 por parte de las entidades del Sector Público, hasta el 27 de julio de 2022.

1.2. Las entidades del Sector Público remiten su solicitud de opinión favorable para la aprobación del PAP adjuntando la documentación correspondiente conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 109-2021-EF/53.01.

Artículo 2.- Modificación de la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 109-2021-EF/53.01

Modifícase los numerales 19.1 y 19.2 del artículo 19 de la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 109-2021-EF/53.01, en los siguientes términos:

“Artículo 19.- Modificación del PAP

19.1 Las entidades del Sector Público pueden solicitar la modificación del PAP, en cualquiera de los siguientes supuestos:

a) Aprobación o modificación del CAP Provisional.

b) Variación en los montos de los ingresos de personal, con marco normativo habilitante.

c) Incorporación de nuevos ingresos de personal, con marco normativo habilitante.

d) Incorporación de nuevas plazas o nuevos ingresos de personal por sentencia judicial en calidad de cosa juzgada y/o convenio colectivo y/o laudo arbitral, emitidos en el marco de la normatividad específica.

19.2 La solicitud de opinión favorable es remitida hasta el 15 de noviembre de cada año y debe acompañar la documentación requerida en la presente Directiva, según corresponda.

(…)”

Artículo 3.- Demás extremos de la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01

Dejar subsistentes los demás extremos de la Directiva N° 0005-2021-EF/53.01, “Lineamientos para la formulación, aprobación, registro y modificación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las entidades del Sector Público”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 109-2021-EF/53.01

Artículo 4.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ADRIANA MILAGROS MINDREAU ZELASCO

Directora General

Dirección General de Gestión Fiscal de los

Recursos Humanos

2046348-1