Aprueban Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria - PCA

Resolución Ministerial

N° 041-2022-MIDIS

Lima, 7 de marzo del 2022

VISTOS:

El Informe N° D000072-2022-MIDIS-DPSC de la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias y el Memorando N° D000050-2022-MIDIS-DGDAPS de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales; el Memorando N° D000021-2022-MIDIS-VMPS del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales; el Informe N° D000032-2022-OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000115-2022-MIDIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se creó el sector Desarrollo e Inclusión Social, que comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad;

Que, por Decreto Supremo Nº 006-2016-MIDIS, se establecieron las funciones que corresponden al Gobierno Nacional, Gobiernos Locales y las organizaciones que participan en el Programa de Complementación Alimentaria - PCA; señalándose en los literales a) y e) del artículo 6, que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social tiene, entre otras, las funciones de establecer lineamientos de gestión y aprobar medidas necesarias para el cumplimiento de los objetivos del PCA, así como crear o modificar las modalidades del PCA;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 167-2016-MIDIS, se aprobó el Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, modificado por Resolución Ministerial Nº 215-2018-MIDIS y por Resolución Ministerial Nº 070-2021-MIDIS;

Que, el artículo 88 y 89 de la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, establece que la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales es el órgano de línea responsable de diseñar e innovar los nuevos modelos o modalidades de atención de los Programas Sociales y Prestaciones Sociales Complementarias; teniendo entre sus funciones el promover, coordinar o implementar acciones articuladas a nivel intrasectorial, intersectorial y con actores de la sociedad civil para la generación de condiciones para brindar las prestaciones sociales, así como establecer y aprobar los lineamientos, metodologías y criterios para el diseño, innovación e implementación de los nuevos modelos o modalidades de atención de los Programas Sociales y Prestaciones Sociales Complementarias del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en materia de desarrollo e inclusión social;

Que, el artículo 96 de la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, establece que es función de la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales del Viceministerio de Prestaciones Sociales, entre otras, formular y proponer normas y lineamientos para la gestión de las prestaciones sociales complementarias, y realizar el monitoreo y la supervisión del cumplimiento de las normas y lineamientos para la gestión de las prestaciones sociales complementarias en el ámbito del Sector Desarrollo e Inclusión Social;

Que, en dicho contexto, mediante el memorando de Vistos, la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales conforme a la propuesta formulada mediante informe de Vistos por la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias y en el marco de lo dispuesto en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 006-2016-MIDIS y atendiendo a sus competencias, ha propuesto la aprobación de la actualización del Reglamento de Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria - PCA;

Que, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión técnica favorable respecto a la propuesta de actualización al Reglamento de Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria – PCA;

Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica emitió opinión de carácter jurídico sobre el proyecto de acto resolutivo de propuesta de actualización del Reglamento de Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria – PCA, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 167-2016- MIDIS y modificado por Resolución Ministerial Nº 215-2018-MIDIS y por Resolución Ministerial Nº 070-2021-MIDIS;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organizaciones y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y Decreto Supremo Nº 006-2016-MIDIS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébese el Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria - PCA, el cual consta de tres (03) Títulos, cinco (05) Disposiciones Complementarias y cuatro (04) Anexos, los cuales forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Derógase la Resolución Ministerial N° 167-2016-MIDIS que aprueba el “Reglamento de las Modalidades del Programa de Complementación Alimentaria – PCA” y modificatorias dispuestas por Resolución Ministerial N° 215-2018-MIDIS y Resolución Ministerial N° 070-2021-MIDIS.

Artículo 3.- Disponer que la Dirección de Prestaciones Sociales Complementarias es la unidad de línea de la Dirección General de Diseño y Articulación de las Prestaciones Sociales responsable de las acciones relacionadas con la implementación del presente Reglamento.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (https://www.gob.pe/midis), en la misma fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA

Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

2045803-1