LEY Nº 31432

LA PRESIDENTA DEL CONGRESO

DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO:

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;

Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LA LEY 27972,

LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES, PARA PROMOVER EL DESARROLLO DE PROYECTOS NACIONALES E INTERNACIONALES DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, Y DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CONSTRUCCIÓN DEL OBSERVATORIO DE RAYOS GAMMA DE CAMPO AMPLIO DEL HEMISFERIO SUR (SWGO) EN

EL SUR DEL PAÍS

Artículo único. Modificación del artículo 82 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades

Se modifica el artículo 82 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el siguiente texto:

“Artículo 82. Educación, ciencia, tecnología, innovación tecnológica, cultura, deportes y recreación

Las municipalidades, en materia de educación, ciencia, tecnología, innovación tecnológica, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el gobierno regional las siguientes:

[…]

22. Promover y participar activamente en la generación de alianzas estratégicas y mecanismos de cooperación con entidades públicas y privadas, y organismos internacionales especializados en ciencia, tecnología e innovación tecnológica, con la finalidad de desarrollar y poner en valor los diseños, inventos y adaptaciones tecnológicas, a nivel piloto, desarrollados por los estudiantes de educación básica regular, educación superior no universitaria o educación universitaria, así como para impulsar proyectos científicos realizados por los institutos públicos de investigación, centros de investigación públicos y privados y organismos internacionales que promuevan el desarrollo de la ciencia, tecnología e innovación.

[…]”.

DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL

ÚNICA. Declaración de interés nacional

Se declara de interés nacional la construcción del Observatorio de Rayos Gamma de Campo Amplio del Hemisferio Sur (SWGO) en el sur del país, con la finalidad de atraer proyectos nacionales e internacionales en ciencia, tecnología e innovación, para promover la actividad y la producción científica, impulsar la conformación de comunidades y redes científicas entre organismos nacionales e internacionales, universidades e institutos públicos de investigación y la formación de investigadores peruanos en astronomía y astrofísica.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los ocho días del mes de febrero de dos mil veintidós.

MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO

Presidenta del Congreso de la República

LADY MERCEDES CAMONES SORIANO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el señor Presidente de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla.

En Lima, a los tres días del mes de marzo de dos mil veintidós.

MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO

Presidenta del Congreso de la República

LADY MERCEDES CAMONES SORIANO

Primera Vicepresidenta del Congreso de la República

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