Aprueban el Reglamento denominado “Concurso Público de Méritos para Selección de Personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728” (Versión N° 001)

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000046-2022-CE-PJ

Lima, 21 de febrero del 2022

VISTOS:

El Oficio N° 000046-2022-GA-PJ cursado por la Jefa del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial; así como el Oficio N° 001084-2021-GG- PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, relacionados al proyecto de Reglamento para el “Concurso Público de Méritos para Selección de Personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728”.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Memorando N° 002370-2021-GRHB-GG-PJ la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General del Poder Judicial remite el Informe Técnico N° 000321-2021-SPPB-GRHB-GG, elaborado por la Subgerencia de Procesos de Personal y Bienestar, respecto al proyecto de Reglamento denominado “Concurso Público de Méritos para Selección de Personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728”.

Segundo. Que, asimismo, la Gerencia de Planificación con Memorando N° 001273-2021-GP-GG-PJ remite el Informe N° 000257-2021-SR-GP-GG-PJ, de la Subgerencia de Racionalización, con el cual se otorga opinión técnica favorable al proyecto propuesto.

Tercero. Que, por su parte, la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial en su Informe N° 001351-2021-OAL-GG-PJ concluye, entre otros, que efectuado el análisis legal al informe de sustentación y al informe técnico de la Subgerencia de Racionalización, considera que se cumple con los presupuestos establecidos de conformidad con el numeral 6.4 de la Directiva N° 019-2020-CE-PJ; por lo que otorga opinión legal favorable para la prosecución de su trámite.

Cuarto. Que, el referido reglamento tiene como objetivo establecer el marco normativo para regular el desarrollo de concursos públicos de méritos para selección de personal, bajo los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, para el ingreso de personal al Poder Judicial.

Quinto. Que, en ese sentido, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N° 001084-2021-GG-PJ eleva a este Órgano de Gobierno el citado proyecto, el cual tiene los vistos de la Gerencia General, Gerencia de Planificación, Subgerencia de Racionalización, Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar; y la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial.

Sexto. Que, asimismo, la Jefa del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial por Oficio N° 000046-2022-GA-PJ, informa que efectuada la revisión correspondiente cuenta con la conformidad de la referida dependencia, recomendando que se prosiga con el trámite de aprobación.

Sétimo. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia, por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación de la propuesta presentada.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 141-2022 de la quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 9 de febrero de 2022, realizada con la participación de los señores y señora Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Álvarez Trujillo por tener cita médica y la señora Medina Jiménez por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento denominado “Concurso Público de Méritos para Selección de Personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 728 (Versión N° 001); que en anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto cualquier otra disposición que se oponga a la presente.

Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.

Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes y Presidentas de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional de la entidad, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO

Presidenta

2043382-1