Aprueban modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 015-2021-CM-MPCH
Santo Tomás, 16 de noviembre del 2021
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUMBIVILCAS – DEPARTAMENTO CUSCO:
POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal N° 21 de fecha 16/11/2021, a convocatoria de la Srta. Alcaldesa de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas Tec. Nadia Liz Pallo Arotaipe y la asistencia de los señores regidores; Ing. Cesar Ccalluche Mendoza, Sr. Crimaldo Llanllaya Chacnama, Sra. Juliana Gavina Tancaillo Huamani de Umaña, Prof. Víctor Massi Pacco, Sra. Aurelia Sillcahua Ninasivincha, Sr. Nelson Chaco Huamani, Abg. Alipio Soncco Layme, Bach. Javier Carrillo Peña y el Tec. Santiago Ganoza Gutiérrez; visto y analizado la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba la modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas; y
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el ordenamiento jurídico de las Municipalidades está constituido por normas emitidas por los Órganos de Gobierno y Administración Municipal, de acuerdo al ordenamiento jurídico nacional, de conformidad a lo establecido por el artículo 38° de la Ley Orgánica de Municipalidades;
Que, el numeral 8 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, respecto a las atribuciones del Concejo Municipal señala: Aprobar, modificar o derogar las ordenanzas (…); en concordancia con el artículo 39° del cuerpo normativo en referencia establece que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos;
Que, el numeral 43.1 del artículo 43º del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº27444, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, señala que todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según sea el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos, el cual comprende: 1. Todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá consignarse expresamente en el TUPA con indicación de la fecha de publicación en el Diario Oficial; 2. La descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento, los cuales deben ser establecidos conforme a lo previsto en el numeral anterior; 3. La calificación de cada procedimiento según corresponda entre procedimientos de evaluación previa o de aprobación automática; 4. En el caso de procedimientos de evaluación previa si el silencio administrativo aplicable es negativo o positivo; 5. Los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitación, con indicación de su monto y forma de pago. El monto de los derechos se expresa publicándose en la entidad en moneda de curso legal; 6. Las vías de recepción adecuadas para acceder a los procedimientos contenidos en los TUPA, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 127 y siguientes; 7. La autoridad competente para resolver en cada instancia del procedimiento y los recursos a interponerse para acceder a ellas; 8. Los formularios que sean empleados durante la tramitación del respectivo procedimiento administrativo, no debiendo emplearse para la exigencia de requisitos adicionales. La información complementaria como sedes de atención, horarios, medios de pago, datos del contacto, notas al ciudadano;
Que, los numerales 44.1 al 44.4 del artículo 44º del referido Texto Único Ordenado antes señalado, establece que en el caso de los gobiernos locales, el TUPA se aprueba por ordenanza municipal, la cual deberá publicarse en el diario oficial El Peruano, publicándose obligatoriamente el TUPA o la norma que lo modifica y adicionalmente debe difundirse en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano denominada Sistema Único de Trámites y en el respectivo Portal Institucional de la entidad;
Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 004-2018-PCM-SGP se aprueba el nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), en su artículo 03, referente al contenido del TUPA, precisa: El TUPA compendia y sistematiza los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y conforme a lo dispuesto en el artículo 37° de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, debiendo incluir la descripción clara y taxativa de todos los requisitos, calificación de cada procedimiento según corresponda entre procedimientos de evaluación previa o de aprobación automática, en el caso de procedimientos de evaluación previa si el silencio administrativo aplicable es negativo o positivo, supuestos en que procede el pago de derechos de tramitación, con indicación de su motivo y forma de pago, vías de recepción adecuadas para acceder a los procedimientos contenidos en los TUPA, autoridad competente para resolver en cada instancia del procedimiento y los recursos a interponerse para acceder a ellas, y los formularios, siendo esta información indispensable para su cumplimiento por parte de los ciudadanos;
Que, la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, aprueba los Lineamientos para la formulación y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos, estipulando que, en el caso de Gobiernos Locales, se aprobará mediante Ordenanza Municipal;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 03-2018-A-MPCH/C de fecha 10/04/2021, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2018 – 2019 de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas, y el mismo que contiene 122 procedimientos y servicios prestados en exclusividad por la Entidad;
Que, mediante Carta Nº 014-2021-AAT-CUSCO con fecha de registro 15/10/2021, Consultores y Asociados Achahui, remite a la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas, la misma que contiene 218 procedimientos administrativos y se encuentra validado y visado por las áreas orgánicas de la Entidad; a este efecto, emite el Informe Nº 004-2021-AAT-CUSCO, en la que se advierte, que el TUPA, contiene 218 procedimientos, y tiene como sustento la tabla ASME-VM, determinación de la metodología de costo de derecho de tramitación (D.S. Nº 064-2010-PCM) y base legal conforme al artículo 43º del Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, validados y visados; la misma que se encuentra en aplicación a la Resolución de Secretaria de Gestión Pública Nº 004-2014 que aprueba el nuevo formato del Texto Único de Procedimientos Administrativos;
Que, según Informe Nº 01179-2021-DGA/GM/MPCH con fecha de registro 22/10/2021, el Director General de Administración, emite informe técnico favorable de la determinación de costos que sustentan los derechos de tramitación, modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas, conforme al artículo 17.2 de la Resolución de Secretaria de Gestión Publica Nº 005-2018-PCM-SGP; así como recomienda se prosiga para su aprobación, previa opinión legal;
Que, mediante Informe Técnico Nº 156-2021-WCV-GM/MPCH/C con fecha de registro 03/11/2021, el Gerente Municipal, señala que con el fin de mejorar los procesos internos y externos de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas, así como el proceso de modernización de la gestión pública y de la mejora continua de los procedimientos administrativos, resulta necesaria la actualización de los instrumentos de gestión con la normativa vigente; en este sentido, declara conforme al proyecto de modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas, conforme al artículo 17.2 de la Resolución de Secretaria de Gestión Publica Nº 005-2018-PCM-SGP;
Que, según Informe Nº 072-2021-OPRyCT-DPP-MPC con fecha de registro 04/11/2021, la Jefe de la Oficina de Planeamiento, Racionalización y Cooperación Técnica, emite opinión favorable para la aprobación del proyecto de modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas, para su aprobación mediante Ordenanza Municipal, para tal efecto, adjunta el proyecto del TUPA, tablas ASME, determinación de costeo de derechos a tramitación, resumen de costos, formato A, formato B; la misma es corroborada a través del Informe Nº 545-2021-DPP-GM-MPCH con fecha de registro 04/11/2021 por el Director de Planeamiento y Presupuesto, quien emite opinión favorable para la aprobación de la modificación y actualización del TUPA de la Entidad;
Que, mediante Opinión Legal Nº 778-2021-DAJ-MPCH/NHM con fecha de registro 12/11/2021, la Directora de Asesoría Jurídica, visto los antecedentes, efectuada el análisis del marco legal, opina que resulta procedente aprobar la propuesta del proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas a través de una Ordenanza Municipal y debe formar parte de la Ordenanza Municipal que aprueba como anexos que contiene doscientos dieciocho (218) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad por la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas; así como recomienda se derive a la Comisión de Planeamiento y Presupuesto de la Comisión de Regidores, para que dictaminen la propuesta del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, una vez contado con el dictamen de la comisión, se recomienda derivar al pleno del concejo municipal para que conforme al numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el concejo debata conforme a sus atribuciones; así como recomienda dejar sin efecto la Ordenanza Municipal Nº 03-2018-A-MPCH de fecha 10/04/2018;
Que, según Carta N° 001-2021-CODD/P-JHA con fecha de registro 16/11/2021, la regidora Presidente de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Proyectos de Inversión, emite dictamen de comisión favorable para la aprobación de la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba el proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas, conforme a los informes técnicos señalados;
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas, es un documento técnico normativo de gestión, creado para brindar a los administrados la información sobre los procedimientos administrativos que se tramitan en exclusividad en esta Entidad, y contiene requisitos, costos y plazos; la misma que fue elaborado conforme a los lineamientos fijados por la Presidencia del Consejo de Ministros y adecuado al nuevo formato del TUPA aprobado por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP;
Que, mediante Sesión Ordinaria de Concejo Municipal N° 21 de fecha 16/11/2021, la alcaldesa pone a consideración del Pleno del Concejo, el tema de agenda respecto a la propuesta de Ordenanza Municipal que aprueba la modificación y actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas; luego puesto a consideración del pleno, sustentado por el Director de Planeamiento y Presupuesto; instancia que después de un amplio análisis, debate y finalmente decide tomar el acuerdo correspondiente;
Estando en uso de las facultades conferidas por el artículo 9°, numeral 8, en concordancia con artículo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, de conformidad con el mandato legal, en ejercicio de sus atribuciones, con el voto por MAYORÍA del Pleno del Concejo Municipal y la dispensa de aprobación del acta, se acordó aprobar la siguiente;
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA
LA MODIFICACIÓN Y ACTUALIZACIÓN
DEL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CHUMBIVILCAS
Artículo Primero.- APROBAR la modificación y actualización del TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas, que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza Municipal, el cual compendia y sistematiza doscientos dieciocho (218) procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza Municipal será publicada en el diario oficial El Peruano. Así como, la presente Ordenanza Municipal y el anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados, serán publicados y difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas (www.munichumbivilcas.gob.pe).
Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Municipal y las partes que la integran, entrarán en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano y en los portales electrónicos descritos en el artículo precedente.
Artículo Cuarto.- DEROGAR en todos sus extremos la Ordenanza Municipal N° 03-2018-A-MPCH de fecha 10 de abril del 2018 y demás normas municipales que se opongan a la presente.
Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia Municipal y demás gerencias, oficinas y unidades operativas de la Municipalidad Provincial de Chumbivilcas para su conocimiento y cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
NADIA LIZ PALLO AROTAIPE
Alcaldesa
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
2043252-1