Autorizan viaje a personal FAP que conformará la tripulación de las aeronaves encargadas de realizar la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú, desde la ciudad de Varsovia, República de Polonia

Resolución Ministerial

N° 0112-2022-DE

Lima, 25 de febrero de 2022

VISTOS:

El Oficio NC-35-SGFA-DGVC-N° 0561 de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 00395-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00209-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con la aeronave Hércules L-100-20 FAP 397, asignada al Grupo Aéreo N° 8, la cual realiza vuelos en operación militar, vuelos en apoyo al desarrollo socioeconómico, vuelos de acción cívica y vuelos en apoyo al sistema de Defensa Civil, así como vuelos a requerimiento solicitados por las autoridades del Gobierno Nacional;

Que, mediante Oficio OF.RE (DGC) Nº 2-20-E/118 la Directora General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita el apoyo aéreo que permita el posible traslado de Ucrania al Perú de 300 connacionales, quienes debido a la actual situación requieren ser repatriados, lo cual fue remitido a la Fuerza Aérea con Oficio N° 00825-2022-MINDEF/SG de la Secretaría General del Ministerio de Defensa;

Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 011-2022, el Asesor Legal del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú considera viable la tramitación de la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la tripulación FAP que realizará la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú;

Que, con Oficio S-55-COA3-N° 0391, la Comandancia de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú solicita a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la tripulación de las aeronaves Hércules L-100-20 FAP 397 (principal), Spartan C-27J FAP 332 (alterna), Spartan C-27J FAP 328 (alterna) y Boeing B-737-500 FAP 356 (alterna), encargadas de realizar la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú;

Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, anexada al Oficio S-55-COA3-N° 0391, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que conforma la tripulación de las aeronaves Hércules L-100-20 FAP 397 (principal), Spartan C-27J FAP 332 (alterna), Spartan C-27J FAP 328 (alterna) y Boeing B-737-500 FAP 356 (alterna), por cuanto, permitirá realizar la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú, con la referida aeronave, precisando que el Grupo Aéreo Nº 8 se encuentra en la capacidad de realizar de manera eficiente este tipo de operaciones aéreas, al contar con el personal de tripulantes aéreos debidamente calificados y con la experiencia suficiente;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 0018 DGVC-ME/SIAF-SP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se autoriza los gastos por concepto de viáticos en comisión de servicio en el exterior, que se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000004, emitida por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;

Que, con Oficio NC-35-SGFA-DGVC-N° 0561, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que conforma la tripulación de las aeronaves Hércules L-100-20 FAP 397 (principal), Spartan C-27J FAP 332 (alterna), Spartan C-27J FAP 328 (alterna) y Boeing B-737-500 FAP 356 (alterna), encargadas de realizar la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú, desde la ciudad de Varsovia, República de Polonia, el día 26 de febrero de 2022; debiendo precisarse que, de acuerdo con el planeamiento de vuelo al extranjero, el retorno al país será el 1 de marzo de 2022;

Que, a través del Oficio N° 00395-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal N° 00209-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que conformará la tripulación de las aeronaves Hércules L-100-20 FAP 397 (principal), Spartan C-27J FAP 332 (alterna), Spartan C-27J FAP 328 (alterna) y Boeing B-737-500 FAP 356 (alterna), encargadas de realizar la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú, desde la ciudad de Varsovia, República de Polonia, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, al personal FAP que se detalla a continuación, que conformará la tripulación de las aeronaves Hércules L-100-20 FAP 397 (principal), Spartan C-27J FAP 332 (alterna), Spartan C-27J FAP 328 (alterna) y Boeing B-737-500 FAP 356 (alterna), encargadas de realizar la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú, desde la ciudad de Varsovia, República de Polonia, el día 26 de febrero de 2022; autorizando su retorno al país el 1 de marzo de 2022:

TRIPULACIÓN DE LA AERONAVE PRINCIPAL HÉRCULES L-100-20 FAP 397

Coronel FAP CARLOS ERICK CHÁVEZ ARÉVALO

NSA: O-9631893 DNI: 43383834

Comandante FAP ELARD ERICK GRANDA ALVIAR

NSA: O-9643495 DNI: 43352508

Comandante FAP LUIS ENRIQUE MORALES CHÁVEZ

NSA: O-9680498 DNI: 40396840

Mayor FAP RENZO ENRIQUE LLAMOSAS CONSIGLIERI

NSA: O-9715501 DNI: 43717824

Mayor FAP GUILLERMO RICARDO GIL PÉREZ

NSA: O-9720702 DNI: 42056378

Mayor FAP DANIEL GREGORIO BALBÍN CHAMPY

NSA: O-9737804 DNI: 44337488

Mayor FAP ROBERTO ANTONIO CASTILLEJO DOUBNIA

NSA: O-9741105 DNI: 70347898

Técnico de Primera FAP SAÚL AMÍLCAR PORRAS CRISTÓBAL

NSA: S-60708292 DNI: 43913903

Técnico de Segunda FAP NILTON ACEVEDO DAMIÁN

NSA: S-60822596 DNI: 16021238

Técnico de Segunda FAP EDYNSON PAZ MÍO

NSA: S-60889899 DNI: 40252462

Técnico Inspector FAP WILLY ENRIQUE PINEDO RUÍZ CARO

NSA: S-60643891 DNI: 09389634

Técnico de Primera FAP ESTEBAN SANTOS GALLARDO

NSA: S-60739593 DNI: 43385493

Técnico de Primera FAP CARLOS MANUEL LEÓN MESAJIL

NSA: S-13813091 DNI: 43402940

Técnico de Segunda FAP MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ SILVA

NSA: S-60881699 DNI: 43385551

Técnico de Tercera FAP ROGER JAIME DÁVILA CERVANTES

NSA: S-60927503 DNI: 41964148

TRIPULACIÓN DE LA AERONAVE ALTERNA SPARTAN C-27J FAP 332

Comandante FAP MARIO AUGUSTO OLIVERA CASTAÑEDA

NSA: O-9667297 DNI: 43585338

Mayor FAP ALONSO JAIME AYLLÓN BONDY

NSA: O-9715701 DNI: 43717820

Mayor FAP SERGIO CÉSAR BENITO BELTRÁN PASTOR

NSA: O-9723702 DNI: 43703483

Mayor FAP JOSÉ ISAURO LOAYZA CONCHA

NSA: O-9738004 DNI: 43983125

Capitán FAP WILFREDO JUNIOR BAZÁN RODRÍGUEZ

NSA: O-9744905 DNI: 44355092

Capitán FAP FIORELLA MARÍA SPONZA NAGYBABI

NSA: O-9770808 DNI: 70246090

Técnico Inspector FAP FLORIÁN CLEMENTE LÓPEZ MAMANI

NSA: S-60691992 DNI: 00498680

Técnico de Primera FAP JACINTO HUMBERTO CABANA ARRATIA

NSA: S-60822796 DNI: 10439893

Técnico de Segunda FAP WILLIAM ROBERTH VÁSQUEZ ALAYO

NSA: S-60884399 DNI: 43353581

Técnico de Tercera FAP LUIS ALBERTO PEÑA SANTILLÁN

NSA: S-60970406 DNI: 43027404

TRIPULACIÓN DE LA AERONAVE ALTERNA SPARTAN C-27J FAP 328

Comandante FAP CÉSAR ALBERTO HUANQUI VALCÁRCEL

NSA: O-9653996 DNI: 43347384

Mayor FAP DONOVAN JAVIER ORTEGA DIEZ

NSA: O-9688299 DNI: 40744843

Mayor FAP JULIO HUMBERTO RIVAS EGO-AGUIRRE

NSA: O-9711600 DNI: 40863875

Mayor FAP PATRICIO RENAN ROMERO AUGUSTO

NSA: O-9743205 DNI: 43378436

Capitán FAP CARLOS ENRIQUE SOLÍS MOLERO

NSA: O-9742105 DNI: 43415876

Capitán FAP DELMO TADEO DÍAZ CUEVA

NSA: O-9750506 DNI: 44702075

Técnico Inspector FAP CRISANTO CESÁREO HUARI APOLAYA

NSA: S-60691492 DNI: 21812933

Técnico Inspector FAP MARIO NINAYAHUAR HERRERA

NSA: S-60693392 DNI: 43669146

Técnico de Primera FAP FREDDY HÉCTOR ORTEGA COLMENARES

NSA: S-60672791 DNI: 09733573

Técnico de Primera FAP RUBÉN PEÑA FLORES

NSA: S-12747388 DNI: 09591606

TRIPULACIÓN DE LA AERONAVE ALTERNA BOEING 737-500 FAP 356

Mayor General FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES

NSA: O-9573089 DNI: 07871146

Coronel FAP DAVID FERNANDO VELÁSQUEZ PORTELLA

NSA: O-9579890 DNI: 43412386

Coronel FAP MILKO BRONISLAO KLEPATZKY REYNA

NSA: O-9600091 DNI: 07977297

Comandante FAP GONZALO GUALBERTO HUANQUI VALCÁRCEL

NSA: O-9653096 DNI: 44103072

Técnico de Primera FAP ELVIS TEDDY GARCÍA REÁTEGUI

NSA: S-60736293 DNI: 05349005

Técnico de Primera FAP ORLANDO VALENCIA MALDONADO

NSA: S-60738493 DNI: 09221031

Suboficial de Primera FAP JOSÉ ELÍAS RONCAGLIOLO CAPCHA

NSA: S-60922402 DNI: 40388023

Artículo 2.- La participación de la aeronave y tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la aeronave y tripulación titular.

Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Viáticos:

US$ 540.00 x 1 día x 15 personas US$ 8,100.00

Total a pagar: US$ 8,100.00

Artículo 4.- El personal designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE

Ministro de Defensa

2043111-1