Autorizan viaje a personal FAP que conformará la tripulación de las aeronaves encargadas de realizar la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú, desde la ciudad de Varsovia, República de Polonia
Resolución Ministerial
N° 0112-2022-DE
Lima, 25 de febrero de 2022
VISTOS:
El Oficio NC-35-SGFA-DGVC-N° 0561 de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio N° 00395-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal N° 00209-2022-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, la Fuerza Aérea del Perú cuenta con la aeronave Hércules L-100-20 FAP 397, asignada al Grupo Aéreo N° 8, la cual realiza vuelos en operación militar, vuelos en apoyo al desarrollo socioeconómico, vuelos de acción cívica y vuelos en apoyo al sistema de Defensa Civil, así como vuelos a requerimiento solicitados por las autoridades del Gobierno Nacional;
Que, mediante Oficio OF.RE (DGC) Nº 2-20-E/118 la Directora General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita el apoyo aéreo que permita el posible traslado de Ucrania al Perú de 300 connacionales, quienes debido a la actual situación requieren ser repatriados, lo cual fue remitido a la Fuerza Aérea con Oficio N° 00825-2022-MINDEF/SG de la Secretaría General del Ministerio de Defensa;
Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 011-2022, el Asesor Legal del Grupo Aéreo Nº 8 de la Fuerza Aérea del Perú considera viable la tramitación de la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la tripulación FAP que realizará la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú;
Que, con Oficio S-55-COA3-N° 0391, la Comandancia de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú solicita a la Dirección General de Personal de la citada Institución Armada se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, de la tripulación de las aeronaves Hércules L-100-20 FAP 397 (principal), Spartan C-27J FAP 332 (alterna), Spartan C-27J FAP 328 (alterna) y Boeing B-737-500 FAP 356 (alterna), encargadas de realizar la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, anexada al Oficio S-55-COA3-N° 0391, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que conforma la tripulación de las aeronaves Hércules L-100-20 FAP 397 (principal), Spartan C-27J FAP 332 (alterna), Spartan C-27J FAP 328 (alterna) y Boeing B-737-500 FAP 356 (alterna), por cuanto, permitirá realizar la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú, con la referida aeronave, precisando que el Grupo Aéreo Nº 8 se encuentra en la capacidad de realizar de manera eficiente este tipo de operaciones aéreas, al contar con el personal de tripulantes aéreos debidamente calificados y con la experiencia suficiente;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 0018 DGVC-ME/SIAF-SP, suscrita por el Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, se autoriza los gastos por concepto de viáticos en comisión de servicio en el exterior, que se efectuará con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022 de la Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000004, emitida por el Jefe de Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, con Oficio NC-35-SGFA-DGVC-N° 0561, la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la autorización el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que conforma la tripulación de las aeronaves Hércules L-100-20 FAP 397 (principal), Spartan C-27J FAP 332 (alterna), Spartan C-27J FAP 328 (alterna) y Boeing B-737-500 FAP 356 (alterna), encargadas de realizar la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú, desde la ciudad de Varsovia, República de Polonia, el día 26 de febrero de 2022; debiendo precisarse que, de acuerdo con el planeamiento de vuelo al extranjero, el retorno al país será el 1 de marzo de 2022;
Que, a través del Oficio N° 00395-2022-MINDEF/VPD-DIGRIN la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior;
Que, mediante el Informe Legal N° 00209-2022-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal FAP que conformará la tripulación de las aeronaves Hércules L-100-20 FAP 397 (principal), Spartan C-27J FAP 332 (alterna), Spartan C-27J FAP 328 (alterna) y Boeing B-737-500 FAP 356 (alterna), encargadas de realizar la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú, desde la ciudad de Varsovia, República de Polonia, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, al personal FAP que se detalla a continuación, que conformará la tripulación de las aeronaves Hércules L-100-20 FAP 397 (principal), Spartan C-27J FAP 332 (alterna), Spartan C-27J FAP 328 (alterna) y Boeing B-737-500 FAP 356 (alterna), encargadas de realizar la repatriación de ciudadanos peruanos de Ucrania al Perú, desde la ciudad de Varsovia, República de Polonia, el día 26 de febrero de 2022; autorizando su retorno al país el 1 de marzo de 2022:
TRIPULACIÓN DE LA AERONAVE PRINCIPAL HÉRCULES L-100-20 FAP 397
Coronel FAP CARLOS ERICK CHÁVEZ ARÉVALO
NSA: O-9631893 DNI: 43383834
Comandante FAP ELARD ERICK GRANDA ALVIAR
NSA: O-9643495 DNI: 43352508
Comandante FAP LUIS ENRIQUE MORALES CHÁVEZ
NSA: O-9680498 DNI: 40396840
Mayor FAP RENZO ENRIQUE LLAMOSAS CONSIGLIERI
NSA: O-9715501 DNI: 43717824
Mayor FAP GUILLERMO RICARDO GIL PÉREZ
NSA: O-9720702 DNI: 42056378
Mayor FAP DANIEL GREGORIO BALBÍN CHAMPY
NSA: O-9737804 DNI: 44337488
Mayor FAP ROBERTO ANTONIO CASTILLEJO DOUBNIA
NSA: O-9741105 DNI: 70347898
Técnico de Primera FAP SAÚL AMÍLCAR PORRAS CRISTÓBAL
NSA: S-60708292 DNI: 43913903
Técnico de Segunda FAP NILTON ACEVEDO DAMIÁN
NSA: S-60822596 DNI: 16021238
Técnico de Segunda FAP EDYNSON PAZ MÍO
NSA: S-60889899 DNI: 40252462
Técnico Inspector FAP WILLY ENRIQUE PINEDO RUÍZ CARO
NSA: S-60643891 DNI: 09389634
Técnico de Primera FAP ESTEBAN SANTOS GALLARDO
NSA: S-60739593 DNI: 43385493
Técnico de Primera FAP CARLOS MANUEL LEÓN MESAJIL
NSA: S-13813091 DNI: 43402940
Técnico de Segunda FAP MIGUEL ÁNGEL HERNÁNDEZ SILVA
NSA: S-60881699 DNI: 43385551
Técnico de Tercera FAP ROGER JAIME DÁVILA CERVANTES
NSA: S-60927503 DNI: 41964148
TRIPULACIÓN DE LA AERONAVE ALTERNA SPARTAN C-27J FAP 332
Comandante FAP MARIO AUGUSTO OLIVERA CASTAÑEDA
NSA: O-9667297 DNI: 43585338
Mayor FAP ALONSO JAIME AYLLÓN BONDY
NSA: O-9715701 DNI: 43717820
Mayor FAP SERGIO CÉSAR BENITO BELTRÁN PASTOR
NSA: O-9723702 DNI: 43703483
Mayor FAP JOSÉ ISAURO LOAYZA CONCHA
NSA: O-9738004 DNI: 43983125
Capitán FAP WILFREDO JUNIOR BAZÁN RODRÍGUEZ
NSA: O-9744905 DNI: 44355092
Capitán FAP FIORELLA MARÍA SPONZA NAGYBABI
NSA: O-9770808 DNI: 70246090
Técnico Inspector FAP FLORIÁN CLEMENTE LÓPEZ MAMANI
NSA: S-60691992 DNI: 00498680
Técnico de Primera FAP JACINTO HUMBERTO CABANA ARRATIA
NSA: S-60822796 DNI: 10439893
Técnico de Segunda FAP WILLIAM ROBERTH VÁSQUEZ ALAYO
NSA: S-60884399 DNI: 43353581
Técnico de Tercera FAP LUIS ALBERTO PEÑA SANTILLÁN
NSA: S-60970406 DNI: 43027404
TRIPULACIÓN DE LA AERONAVE ALTERNA SPARTAN C-27J FAP 328
Comandante FAP CÉSAR ALBERTO HUANQUI VALCÁRCEL
NSA: O-9653996 DNI: 43347384
Mayor FAP DONOVAN JAVIER ORTEGA DIEZ
NSA: O-9688299 DNI: 40744843
Mayor FAP JULIO HUMBERTO RIVAS EGO-AGUIRRE
NSA: O-9711600 DNI: 40863875
Mayor FAP PATRICIO RENAN ROMERO AUGUSTO
NSA: O-9743205 DNI: 43378436
Capitán FAP CARLOS ENRIQUE SOLÍS MOLERO
NSA: O-9742105 DNI: 43415876
Capitán FAP DELMO TADEO DÍAZ CUEVA
NSA: O-9750506 DNI: 44702075
Técnico Inspector FAP CRISANTO CESÁREO HUARI APOLAYA
NSA: S-60691492 DNI: 21812933
Técnico Inspector FAP MARIO NINAYAHUAR HERRERA
NSA: S-60693392 DNI: 43669146
Técnico de Primera FAP FREDDY HÉCTOR ORTEGA COLMENARES
NSA: S-60672791 DNI: 09733573
Técnico de Primera FAP RUBÉN PEÑA FLORES
NSA: S-12747388 DNI: 09591606
TRIPULACIÓN DE LA AERONAVE ALTERNA BOEING 737-500 FAP 356
Mayor General FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES
NSA: O-9573089 DNI: 07871146
Coronel FAP DAVID FERNANDO VELÁSQUEZ PORTELLA
NSA: O-9579890 DNI: 43412386
Coronel FAP MILKO BRONISLAO KLEPATZKY REYNA
NSA: O-9600091 DNI: 07977297
Comandante FAP GONZALO GUALBERTO HUANQUI VALCÁRCEL
NSA: O-9653096 DNI: 44103072
Técnico de Primera FAP ELVIS TEDDY GARCÍA REÁTEGUI
NSA: S-60736293 DNI: 05349005
Técnico de Primera FAP ORLANDO VALENCIA MALDONADO
NSA: S-60738493 DNI: 09221031
Suboficial de Primera FAP JOSÉ ELÍAS RONCAGLIOLO CAPCHA
NSA: S-60922402 DNI: 40388023
Artículo 2.- La participación de la aeronave y tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de participación de la aeronave y tripulación titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2022, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Viáticos:
US$ 540.00 x 1 día x 15 personas US$ 8,100.00
Total a pagar: US$ 8,100.00
Artículo 4.- El personal designado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS GAVIDIA ARRASCUE
Ministro de Defensa
2043111-1