Aprueban el documento denominado “Mapa Geoétnico de Presencia Concentrada del Pueblo Afroperuano en el Territorio Nacional”

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 000054-2022-DM/MC

San Borja, 25 de febrero de 2022

VISTOS; el Memorando N° 000065-2022-VMI/MC del Despacho Viceministerial de Interculturalidad; los Informes N° 000111- 2021-DGCI/MC, N° 000017-2022-DGCI/MC y el Memorando N° 000129-2022-DGCI/MC de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural; el Memorando N° 000942-2021-OGPP/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000249-2022-OGAJ/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 19 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a su identidad étnica y cultural, y que el Estado reconoce y protege la pluralidad étnica y cultural de la Nación;

Que, según lo prescrito en el literal a) del artículo 15 de la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria, el/la Viceministro/a de Interculturalidad ejerce la función de promover y garantizar el sentido de la igualdad social y respeto a los derechos de los pueblos del país de conformidad con el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 11.2 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura - ROF, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2013-MC, el Despacho Viceministerial de Interculturalidad tiene como función: “Promover y generar mecanismos y acciones para difundir una práctica intercultural en la sociedad, orientada a promover la cultura de paz y solidaridad”;

Que, en este contexto, el numeral 85.3 del artículo 85 del ROF, establece como función de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, proponer proyectos que contribuyan al logro de las políticas en materia de interculturalidad, pueblos indígenas y población afroperuana;

Que, en el numeral 89.3 del artículo 89 del referido ROF, se establece que la Dirección de Políticas para Población Afroperuana tiene como función: “Generar mecanismos para difundir y visibilizar el aporte de la población afroperuana a la historia y desarrollo nacional, desde un enfoque intercultural (…)”;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 162-2016-MC, se aprueba el documento denominado “Mapa Geoétnico de Presencia Concentrada de la Población Afroperuana en el Territorio Nacional”, documento que contiene información relacionada a la ubicación geográfica y la cantidad de grupos poblacionales afroperuanos que habitan en nuestro país;

Que, en dicho marco normativo, mediante los Informes N° 000111-2021-DGCI/MC, N° 000017-2022-DGCI/MC y el Memorando N° 000129-2022-DGCI/MC, la Dirección General de Ciudadanía Intercultural considerando lo señalado por la Dirección de Políticas para Población Afroperuana a través de los Informes N° 000064-2021-DAF-SCB/MC, N° 000006-2022-DAF-SCB/MC y N° 000012-2022-DAF/MC, considera pertinente aprobar el documento denominado “Mapa Geoétnico de Presencia Concentrada del Pueblo Afroperuano en el Territorio Nacional”, que contiene información actualizada sobre la cantidad de hogares afroperuanos y centros poblados con presencia del pueblo afroperuano en el territorio nacional, basado en los datos proporcionados por el Censo Nacional 2017: XII Censo Nacional de Población, VII de Vivienda y III de Comunidades Indígenas y, dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 162-2016-MC, que aprueba el “Mapa Geoétnico de Presencia Concentrada de la Población Afroperuana en el Territorio Nacional”;

Que, mediante el Memorando N° 000942-2021-OGPP/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000128-2021-OPL/MC de la Oficina de Planeamiento, en el cual, se emite opinión favorable a la aprobación del mencionado documento;

Que, en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe el “Mapa Geoétnico de Presencia Concentrada del Pueblo Afroperuano en el Territorio Nacional” y dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 162-2016-MC;

Con las visaciones del Viceministerio de Interculturalidad, de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura y su modificatoria; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Apruébase el documento denominado “Mapa Geoétnico de Presencia Concentrada del Pueblo Afroperuano en el Territorio Nacional”, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Déjase sin efecto la Resolución Ministerial N° 162-2016-MC, que aprueba el documento “Mapa Geoétnico de Presencia Concentrada de la Población Afroperuana en el Territorio Nacional” y su anexo.

Artículo 3.- Dispónese la publicación de la presente resolución y su anexo en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALEJANDRO ANTONIO SALAS ZEGARRA

Ministro de Cultura

2043089-1