Aprueban la metodología para estimar el valor unitario oficial de las edificaciones y modifican el artículo 70 de la “Norma nacional para la determinación de los valores arancelarios y otras intervenciones a nivel nacional”, aprobada por R.D. N° 010-2021/VIVIENDA/VMVU-DGPRVU

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 003-2022-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU

Lima, 22 de febrero de 2022

VISTO, el Informe Técnico Legal N° 001-2022-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DUDU-CDA-JMAL, de fecha 21 de febrero de 2022, de la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano y;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 5 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, este Ministerio es el ente rector en materia de urbanismo y desarrollo urbano;

Que, el numeral 8 del artículo 9 de la referida Ley dispone que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento tiene como función exclusiva, proponer políticas, normas, lineamientos y especificaciones técnicas relacionadas con la generación, administración, actualización y mantenimiento de la información catastral integral, la formalización de predios urbanos y derechos sobre estos, en el marco del Sistema Nacional de Catastro;

Que, los literales f) y q) del artículo 66 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, establecen como función de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, proponer normas, lineamientos y especificaciones técnicas relacionadas con la generación, administración, actualización y mantenimiento de la información catastral integral, en el marco del Sistema Nacional de Catastro; así como, expedir resoluciones directorales, directivas, manuales y otros actos administrativos en las materias de su competencia;

Que, el literal h) del artículo 69 del referido Reglamento de Organización y Funciones señala que la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano, tiene entre sus funciones elaborar los lineamientos y normas para la generación de la información catastral, en el marco de su competencia;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 010-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, se aprobó la “Norma nacional para la determinación de los valores arancelarios y otras intervenciones a nivel nacional”; que, entre otros aspectos, establece la actualización del Cuadros de Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones – VUOE - para las localidades de Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao, la Costa, Sierra y Selva;

Que, con la finalidad de simplificar el procedimiento de levantamiento de información catastral en campo, la Dirección de Urbanismo y Desarrollo Urbano de acuerdo al punto 3.9 del Informe Técnico Legal indicado en el Visto, señala que los valores de las partidas de edificación aludidas , podrán ser formulados mediante metodologías valuatorias indirectas, en base a estudios de mercado inmobiliario, valores históricos de acotaciones de bases imponibles en edificaciones, métodos estadísticos o afines, por lo cual se propone y sustenta la modificación de la metodología para la formulación de los cuadros de valores unitarios oficiales de edificaciones, suprimiendo el uso de las siguientes cuatro (04) partidas: Pisos, Revestimientos, Baños e Instalaciones Eléctricas y Sanitarias;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; la Resolución Directoral Nº 010-2021-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, que aprueba la “Norma nacional para la determinación de los valores arancelarios y otras intervenciones a nivel nacional”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de metodología

Apruébase la metodología para estimar el valor unitario oficial de las edificaciones, que considera la aplicación de tres (03) partidas de apreciación exterior:

- Muros y Columnas,

- Techos,

- Puertas y Ventanas.

Artículo 2.- Modificación de artículo

Modificase el artículo 70 de la “Norma nacional para la determinación de los valores arancelarios y otras intervenciones a nivel nacional” aprobada por Resolución Directoral N° 010-2021/VIVIENDA/VMVU-DGPRVU, de acuerdo al texto siguiente:

“Artículo 70.- Actualización de Cuadros de Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones-VUOE- para las localidades de Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao, la Costa, Sierra y Selva.

(…)

La formulación de los Cuadros de Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones (VUOE), podrá considerar metodologías indirectas de cálculo, basadas en estudios de mercado inmobiliario, valores históricos de acotaciones de bases imponibles en edificaciones, métodos estadísticos o afines, los cuales deben ser validados con las correspondientes pruebas de consistencia. En este caso, la metodología para estimar el valor unitario oficial de las edificaciones, considera la aplicación de tres (03) partidas de apreciación exterior: muros y columnas, techos, puertas y ventanas, que serán consignadas en la misma cantidad de columnas, y de nueve (09) a diez (10) filas que determinan categorías de edificación, según material predominante.”

Artículo 3.- Publicación

Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el Portal Web Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda ) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE ANTONIO CERRON VALDIVIA

Director General

Dirección General de Políticas y Regulación en

Vivienda y Urbanismo

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