Declaran desfavorable la Petición de Cambio de Zonificación de Residencial Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ), para un área correspondiente a inmueble ubicado en el distrito

ACUERDO DE CONCEJO

Nº 007-2022-MPL

Pueblo Libre, 18 de febrero de 2022

EL CONCEJO MUNICIPAL DE PUEBLO LIBRE

VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de Lectura y Aprobación de Acta; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, según el cual la autonomía establecida constitucionalmente radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, el artículo 39 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos, y, el artículo 41 establece que los acuerdos son decisiones que toma el concejo municipal concerniente a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, la Ordenanza N° 2086 – Ordenanza que regula el cambio de zonificación en Lima Metropolitana, modificada por la Ordenanza N° 2243-MML, regula el cambio de zonificación en la Provincia de Lima, en concordancia con sus competencias en materia de organización del espacio físico y uso del suelo, planificación urbana y zonificación de áreas urbanas, de acuerdo a la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, en lo que concierne a las peticiones de cambio de zonificación, dicha Ordenanza dispone que serán evaluadas en varias etapas, siendo que una de ellas comprende que las mismas sean remitidas a la Municipalidad Distrital en donde se ubica el predio, a fin de que se realice la evaluación de la petición de cambio de zonificación, la misma que será elevada al Concejo Municipal Distrital, para la emisión del Acuerdo de Concejo respectivo;

Que, mediante Documento Simple Nº 7115-2021 de fecha 14 de setiembre de 2021, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima a través del Oficio N° D000420-2021-MML-GDU-SPHU, remite a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente de esta Municipalidad, copia del expediente de Solicitud de Cambio de Zonificación de Residencial Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ), para un área de 315.60 m2 correspondiente al inmueble sito en Av. José María Eguzquiza (antes Córdova) Nº 950-956-958, distrito de Pueblo Libre, presentada por la Sociedad Conyugal Julián Roberto Daza Cahuana y Soledad Jeaneth Laura Estaño, para que se aplique la consulta vecinal y se emita la opinión técnica correspondiente, en virtud a lo establecido en la Ordenanza N° 2086-MML;

Que, mediante Informe N° 537-2021-MPL-GDUA-SGOPC de fecha 28 de diciembre de 2021, la Subgerencia de Obras Públicas y Catastro informa a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente respecto de las acciones realizadas con relación al requerimiento remitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima y su evaluación técnica sobre el cambio de zonificación propuesto, concluyendo que: i) el resultado de la consulta vecinal determina como desfavorable el cambio de zonificación (62 % en contra), y, ii) la zona presenta características netamente residenciales y que la solicitud no corresponde solo a un lote, sino implica el cambio de zonificación de toda la cuadra como mínimo y que la propuesta de cambio de zonificación a COMERCIO ZONAL no guarda relación con el uso propuesto, el que corresponde a EQUIPAMIENTO DE SALUD, por lo que se califica como desfavorable el cambio de zonificación;

Que, mediante Informe N° 016-2022-MPL-GDUA de fecha 12 de enero de 2022, la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente remite a la Gerencia Municipal el informe precedente, concluyendo que la propuesta de cambio de zonificación de Residencial de Densidad Media a Comercio Zonal se califica como desfavorable;

Que, mediante Informe N° 026-2022-MPL-GAJ de fecha 20 de enero de 2022 la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que teniendo en consideración los informes técnicos precedentes y la normativa legal citada, sin perjuicio que el plazo de ley para que la Municipalidad se pronuncie ya venció, resulta desfavorable la propuesta de cambio de zonificación de Residencial Media a Comercio Zonal lo cual debe someterse a la aprobación del Concejo Municipal, quien deberá emitir el Acuerdo de Concejo correspondiente;

Que, mediante Memorando N° 047-2022-MPL-GM, con fecha 26 de enero de 2022 la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General, para que sea puesto en consideración del Concejo Municipal;

Que, mediante Dictamen N° 001-2022-MPL/CDUA de fecha 11 de febrero de 2022, la Comisión de Desarrollo Urbano y Ambiental recomienda al Concejo Municipal declarar desfavorable la Petición de Cambio de Zonificación presentada por la Sociedad conyugal Julian Roberto Daza Cahuana y Soledad Jeaneth Laura Estaño, de Residencial Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ), para un área de 315.60m2 correspondiente al inmueble sito en Av. José María Eguzquiza (antes Córdova) Nº 950-956-958, Pueblo Libre.

EN USO DE LAS ATRIBUCIONES CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 41 DE LA LEY N° 27972, LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES, EL CONCEJO MUNICIPAL;

ACORDÓ:

Artículo Primero.- DECLARAR DESFAVORABLE la Petición de Cambio de Zonificación presentada por la Sociedad conyugal Julian Roberto Daza Cahuana y Soledad Jeaneth Laura Estaño, de Residencial Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ), para un área de 315.60m2 correspondiente al inmueble sito en Av. José María Eguzquiza (antes Córdova) Nº 950-956-958, Pueblo Libre, mediante Expediente N° 95574-2021 tramitado ante dicha Municipalidad.

Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Gerencia de Desarrollo Urbano y del Ambiente, remita a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, el presente Acuerdo de Concejo adjuntando la documentación que sea pertinente, para la prosecución del trámite correspondiente.

Artículo Tercero.- ENCÁRGASE a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el diario oficial El Peruano, y a la Gerencia de Tecnología de la Información su publicación en el Portal Institucional https://www.muniplibre.gob.pe y en el portal del Estado Peruano: www.perú.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

STEPHEN YURI HAAS DEL CARPIO

Alcalde

2042982-1