Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República del Perú y la República Portuguesa
decreto supremo
N° 008-2022-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el “Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República del Perú y la República Portuguesa” fue suscrito el 26 de febrero de 2019 en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N° 31384 del 30 de diciembre de 2021;
Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado instrumento jurídico internacional;
Estando al Informe (DGT) N° 040-2019; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647;
DECRETA:
Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República del Perú y la República Portuguesa” suscrito el 26 de febrero de 2019 en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N° 31384 del 30 de diciembre de 2021.
Artículo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el texto íntegro del referido tratado y la fecha de su entrada en vigor.
Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil veintidós.
JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES
Presidente de la República
CÉSAR LANDA ARROYO
Ministro de Relaciones Exteriores
2040462-7