Decreto Supremo que ratifica el Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República del Perú y la República Portuguesa

decreto supremo

N° 008-2022-RE

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el “Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República del Perú y la República Portuguesa” fue suscrito el 26 de febrero de 2019 en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N° 31384 del 30 de diciembre de 2021;

Que es conveniente a los intereses del Perú la ratificación interna del citado instrumento jurídico internacional;

Estando al Informe (DGT) N° 040-2019; y, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 56° y 118° inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2 de la Ley Nº 26647;

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifícase el “Acuerdo de Transporte Aéreo entre la República del Perú y la República Portuguesa” suscrito el 26 de febrero de 2019 en la ciudad de Lisboa, República Portuguesa, y aprobado mediante la Resolución Legislativa N° 31384 del 30 de diciembre de 2021.

Artículo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial “El Peruano”, de conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley N° 26647, el texto íntegro del referido tratado y la fecha de su entrada en vigor.

Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de febrero del año dos mil veintidós.

JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES

Presidente de la República

CÉSAR LANDA ARROYO

Ministro de Relaciones Exteriores

2040462-7