Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de San Martín de Porres aprobado por Ordenanza N° 1015

ORDENANZA N° 2440-2022

Lima, 10 de febrero de 2022

EL TENIENTE ALCALDE ENCARGADO DEL

DESPACHO DE ALCALDÍA

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;

Que, mediante Ordenanza N° 1862, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 28 de diciembre de 2014, se regula el Proceso de Planificación del Desarrollo Territorial Urbano del Área Metropolitana de Lima;

Que, mediante Ordenanza N° 2086, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 13 de abril de 2018, se regula el Cambio de Zonificación de Lima Metropolitana y se deroga la Ordenanza N° 1911;

Que, con Ordenanza N° 1015 de 14 de mayo del 2007, se aprueba el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos del Suelo de los distritos de San Martín de Porres, Independencia, Comas y Los Olivos y de una parte del Distrito del Rímac, que forman parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana;

Que, con Expediente N° 87686-2020 de 16 de julio de 2020, Luis Ruiz Crivillero, identificado con DNI N° 08538207, Wilfredo Manuel Ruiz Peñaloza, identificado con DNI N° 08483648, Rodolfo Ruiz Peñaloza, identificado con DNI N° 08489113, Gaby Paula Ruiz Peñaloza, identificada con DNI N° 08489465, solicitan el Cambio de Zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), del predio de 178.25 m², ubicado en el Jr. Iquitos 347, distrito de San Martín de Porres, al amparo de lo establecido en la Ordenanza N° 2086, norma que regula el Cambio de Zonificación en Lima Metropolitana y deroga la Ordenanza Nº 1911;

Que, con Oficio N° 102-2020-GDU/MDSMP de 21 de diciembre de 2020, el Gerente General de la Municipalidad de San Martín de Porres remite la opinión técnica normativa favorable donde si bien la petición de Cambio de Zonificación no cuenta con un Acuerdo de Concejo para dicho trámite, se remite la propuesta de Reajuste Integral de Zonificación (RIZ) aprobada con Acuerdo de Concejo N° 044-2020//MDSMP de 30 de Noviembre del 2020, donde se encuentra comprendido el pedido, adjuntando además el Informe N° 247-2020-SGCyCU-GDU/MDSMP, en el cual se opina lo siguiente: el predio en consulta se encuentra en una Zona Residencial de Densidad Media (RDM), cuyos usos generales permitidos son vivienda unifamiliar, vivienda multifamiliar, vivienda-taller, conjunto residencial, etc., pero actualmente, de acuerdo al plano de levantamiento de usos, predomina el uso de local, restaurante y vivienda, situación que se repite en los predios colindantes. Asimismo, en octubre del 2020 se realizó, del muestreo de un universo de 15 lotes, la consulta vecinal de Cambio de Zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), cuyo resultado es el siguiente: 100.00 % favorable y 00.0 % desfavorable;

Que, el Instituto Metropolitano de Planificación – IMP, mediante Oficio N° 0148-2020-MML-IMP-DE de 04 de febrero de 2021, el Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Planificación-IMP, remite el Informe CEZ N° 005-2021-MML-IMP-DE/DGPT de 04 de febrero de 2021, con opinión favorable al cambio solicitado, tomando en cuenta lo siguiente: “Los predios con frente al Jr. Iquitos, en parte de la cuadra 3, la cuadra 4 y 5 y parte de la cuadra 6, tienen la calificación de Comercio Zonal (CZ), donde se desarrolla un comercio local intenso, con el desarrollo de las actividades de Mercado local, bodegas, bazares, ferretería, restaurantes y colegios, formando un eje comercial activo. Se evidencia una tendencia que toda la cuadra 3 se desarrolle comercio, ya que existe un comercio activo en el lote del frente del predio en consulta, y el mismo predio, desarrolla la actividad de restaurante, en el primer piso. El pedido de cambio de zonificación es de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), para el desarrollo de la actividad Avícola, debido a que como RDM solo se permite esta actividad frente a vías Expresas, Arteriales, Colectoras o Avenidas. Se considera que el cambiar la calificación del predio a Comercio Vecinal, se estaría controlando la expansión del eje comercial y formalizando las actividades comerciales que se desarrolla en el frente del predio. Con lo antes señalado se considera viable el pedido de cambio de zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), para el predio y el predio del frente.”

Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del Informe N° D000106-2021-MML-GDU-SPHU-DP de 04 de marzo del 2021, de la División de Planeamiento de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas, concluye que el Cambio de Zonificación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), del predio ubicado en el Jr. Iquitos 347, en el distrito de San Martín de Porres, con un área de 178.25 m2, de propiedad de Ruiz Crivillero Luis, Ruiz Peñaloza Wilfredo Manuel, Ruiz Peñaloza Rodolfo, Ruiz Peñaloza Gaby Paula, tiene opinión técnica favorable, por cuanto la propuesta es consecuente con el uso actual del predio, pues no altera la dinámica urbana del sector. Por el contrario, la propuesta generará el desarrollo ordenado de las actividades existentes de acuerdo a la demanda local del sector. Asimismo, el predio reúne las características en cuanto a ubicación y accesibilidad para la población usuaria del sector a través del Jr. Iquitos. De igual manera, el abastecimiento del local se encuentra garantizado a partir de las vías principales como la av. Lima, Av. Perú, Granda y Av. Universitaria. Finalmente, de acuerdo al Artículo 11 de la Ordenanza N° 2086, se hará extensivo al frente de la manzana, desde el Jr. Iquitos hasta el Jr. Ancash, propiciando el desarrollo del Mercado “Venecia”, el mismo que viene operando hace muchos años en Zonificación RDM. Además, el predio está considerado como CV en la propuesta del RIZ del distrito de San Martín de Porres;

Que, con Acuerdo de Concejo N° 41-2022 de 10 de febrero de 2022, se aprobó la licencia solicitada por el señor Alcalde Metropolitano de Lima Jorge Muñoz Wells, los días 10 y 11 de febrero de 2022 inclusive, por motivos personales. Asimismo, se encargó al Teniente Alcalde, Miguel Eugenio Romero Sotelo, el despacho de la Alcaldía durante la ausencia del titular de la entidad, en el periodo indicado;

Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden y en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 082-2021-MML-CMDUVN de 19 de mayo de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN

DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES APROBADO POR ORDENANZA N° 1015

Artículo 1. Aprobar la modificación del Plano de Zonificación del distrito de San Martín de Porres, aprobado mediante Ordenanza N° 1015, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 14 de mayo de 2007, de Zona de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Vecinal (CV), del predio de 178.25 m2, ubicado en el Jr. Iquitos 347, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, solicitado por Luis Ruiz Crivillero, Wilfredo Manuel Ruiz Peñaloza, Rodolfo Ruiz Peñaloza y Gaby Paula Ruiz Peñaloza, mediante el Expediente N° 87686-2020, conforme al Anexo N°1, que forma parte de la presente Ordenanza.

Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zonificación del distrito de San Martín de Porres, la modificación aprobada en el Artículo 1 de la presente Ordenanza.

Artículo 3. Notificar la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, a fin de que se encargue de la respectiva notificación a los administrados.

Artículo 4. Encargar a la Secretaría General de Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el referido Diario Oficial.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

MIGUEL ROMERO SOTELO

Teniente Alcalde

Encargado del Despacho de Alcaldía

2039448-3