Aprueban Transferencias Financieras a favor de la Contraloría General de la República

RESOLUCIÓN DEFENSORIAL

N° 003-2022/DP

Lima, 27 de enero de 2022

VISTO:

El Informe N° 003-2022-DP/OPP, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, que adjunta el Memorando N° 0008-2022-DP/OAF y el Oficio N° 000731-2021-CG/GAD, relacionados con la emisión de la resolución que apruebe la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para la contratación de una sociedad de auditoría externa; y,

CONSIDERANDO:

Que, el segundo párrafo del artículo 20° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3° de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional quedan autorizadas para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, así como de los jefes de la Oficina de Administración y de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, el tercer párrafo del artículo 20° de la Ley N° 27785, dispone que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, debiéndose publicar la referida resolución en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG, la Contraloría General de la República aprueba el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, entre otros, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo;

Que, de acuerdo con la precitada resolución, el monto de la retribución económica a abonar por parte de la Defensoría del Pueblo es de S/ 117,056.00, para cada periodo a auditar correspondiente a los años 2021 y 2022;

Que, en esa línea, a través del Oficio N° 000731-2021-CG/GAD, emitido por la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República, comunica a la Defensoría del Pueblo que “(…) con la finalidad que sea incorporada en una convocatoria para un CPM su representada debe cumplir con: 1. Realizar la transferencia financiera de la retribución económica por los periodos 2021 y 2022, según el siguiente detalle:

Concepto

Monto a Transferir S/

Plazo para efectuar la transferencia

100% Retribución económica (incluye IGV) del periodo

2021

117,056.00

15 días hábiles contados desde la recepción del presente oficio.

100% Retribución económica (Incluye IGV) del periodo

2022

117,056.00

A más tardar 30 días calendarios antes de la fecha de inicio propuesta por la SOA para la

ejecución de la auditoria.

Que, a través de la Resolución Defensorial N° 010-2021/DP, de fecha 28 de diciembre de 2021, se aprobó la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 58,528.00 Soles, destinado a la contratación de una sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2021;

Que, en ese sentido, se ha cumplido con abonar el primer 50% de la retribución económica que incluye el Impuesto General a las Ventas (en adelante IGV) para el periodo 2021, de acuerdo a lo indicado en el primer pie de página del Oficio N° 000731-2021-CG/GAD que señala: “Excepcionalmente y dentro del mismo plazo otorgado, su representada podrá efectuar la transferencia del 50% de la retribución económica y por el otro 50% deberá adjuntar una previsión presupuestal con cargo al presupuesto institucional 2022, cuya transferencia debe efectuarse a más tardar en febrero del año 2022”;

Que, mediante el Memorando N° 0008-2022-DP/OAF, la Oficina de Administración y Finanzas solicita a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto “(…) a efectos de gestionar y viabilizar las citadas transferencias solicito a su despacho, la elaboración del informe favorable respecto al otro 50 % por el ejercicio 2021 que asciende a S/ 58,528 y el 100% por el ejercicio 2022 que asciende a S/ 117,056 de la retribución económica a favor de la Contraloría General de la República, así como la Certificación de Crédito Presupuestario - CCP correspondiente”;

Que, a través del Informe N° 003-2022-DP/OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto informa a la Secretaría General que “(…) considerando el presupuesto aprobado para el año 2022 de la Defensoría del Pueblo, se informa que es factible otorgar la conformidad para la transferencia de recursos en el presente año y otorgar la disponibilidad presupuestal para el año 2023 según el siguiente detalle:

Operación

Concepto

Transferencia Financiera por Año

2022

2023

Transferencia Financiera

50% Retribución Económica (Incluye IGV) restante del año 2021

58,528.00

Transferencia Financiera

50% Retribución Económica (Incluye IGV) del año 2022

58,528.00

Transferencia Financiera

50% Retribución Económica (Incluye IGV) restante del año 2022

58,528.00

TOTAL

117,056.00

58,528.00

Que, mediante el proveído de Secretaría General de fecha 17 de enero de 2022, a través del Sistema de Gestión Documental, recaído en el Informe N° 003-2022-DP/OPP, se solicita a la Oficina de Asesoría Jurídica elaborar el proyecto de resolución correspondiente;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, se establece que el Despacho Defensorial es el órgano máximo de la Alta Dirección en la Defensoría del Pueblo, su conducción está a cargo del/de la Defensor/a del Pueblo, quien ejerce autoridad suprema y la titularidad del respectivo pliego presupuestal y representa a la entidad, gozando de total autonomía e independencia en el ejercicio de las funciones previstas en los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo;

Que, estando a las consideraciones expuestas y en cumplimiento a la normativa vigente, resulta necesario emitir el acto resolutivo que apruebe la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República hasta por la suma de S/ 58,528.00 Soles por el 50% de la retribución económica (incluye IGV) restante correspondiente al periodo 2021, así como hasta por la suma de S/ 58,528.00 Soles por el primer 50% de la retribución económica (incluye IGV) correspondiente al periodo 2022, destinados para la respectiva contratación de una sociedad de auditoría externa, de acuerdo a lo solicitado por la Oficina de Administración y Finanzas y sustentado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;

Con los visados de la Secretaría General y de las oficinas de Planeamiento y Presupuesto, de Administración y Finanzas y de Asesoría Jurídica; y,

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 6° y por los literales d) y q) del artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, aprobado por Resolución Defensorial N° 007-2019/DP;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2022, del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Unidad Ejecutora 001: Defensoría del Pueblo hasta por la suma de S/ 58,528.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100.00 SOLES) en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República, destinado a la contratación de una sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2021.

Artículo Segundo.- APROBAR la Transferencia Financiera, con cargo al Presupuesto Institucional 2022, del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Unidad Ejecutora 001: Defensoría del Pueblo hasta por la suma de S/ 58,528.00 (CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100.00 SOLES) en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, Unidad Ejecutora 001: Contraloría General de la República, destinado a la contratación de una sociedad de auditoría externa que realizará la auditoría correspondiente al periodo 2022.

Artículo Tercero.- Las transferencias financieras autorizadas a la que se refieren el Artículo Primero y Segundo de la presente Resolución, se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 020: Defensoría del Pueblo, Unidad Ejecutora 001: Defensoría del Pueblo, Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales, Actividad 5000003: Gestión Administrativa, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, Sub-genérica de Gasto: 2.4.1 Donaciones y Transferencias Corrientes, Específica del Gasto 2.4.1 3 1 1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios.

Artículo Cuarto.- Los recursos de la transferencia financiera autorizada en la presente Resolución no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Walter Gutiérrez Camacho

Defensor del Pueblo

2037603-3