Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, saberes y prácticas relacionados a la extracción de moluscos de manglar, en particular de las especies conocidas como concha negra y cangrejo rojo del manglar, del ecosistema conocido como los manglares de Tumbes

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

N° 000036-2022-VMPCIC/MC

San Borja, 7 de febrero del 2021

VISTOS; el Informe N° 000065-2022-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N° 000058-2022-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial; la Hoja de Elevación N° 000058-2022-OGAJ/MC; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú señala que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”;

Que, el numeral 2 del artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias, señala que integran el patrimonio inmaterial de la Nación las creaciones de una comunidad cultural fundadas en las tradiciones, expresadas por individuos de manera unitaria o grupal, y que reconocidamente responden a las expectativas de la comunidad, como expresión de la identidad cultural y social, además de los valores transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y dialectos autóctonos, el saber y conocimiento tradicional, ya sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos, folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural;

Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria, establece que es función exclusiva del Ministerio de Cultura realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural;

Que, mediante Memorando Nº 000115-2021-DDC TUM/MC la Dirección Desconcentrada de Cultura Tumbes solicita la declaratoria de los Conocimientos, saberes y prácticas relacionados a la extracción de moluscos de manglar, en particular de las especies conocidas como concha negra y cangrejo rojo del manglar, del ecosistema conocido como los manglares de Tumbes, en el departamento de Tumbes como Patrimonio Cultural de la Nación, adjuntando para ello un expediente técnico elaborado de manera conjunta con el Consorcio Manglares del Noroeste del Perú;

Que, mediante Informe N° 000065-2022-DGPC/MC, la Dirección General de Patrimonio Cultural hizo suyo el contenido del Informe Nº 000058-2022-DPI/MC, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial, por el cual recomendó declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, saberes y prácticas relacionados a la extracción de moluscos de manglar, en particular de las especies conocidas como concha negra y cangrejo rojo del manglar, del ecosistema conocido como los manglares de Tumbes, en el departamento de Tumbes;

Que, el litoral peruano fue una de las zonas de mayor desarrollo dentro del proceso civilizatorio andino, desde los primeros asentamientos de tiempos precerámicos hasta las culturas y civilizaciones que se sucedieron en la costa norte peruana, desde Moche y Vicús hasta los reinos Sicán y Chimú y los pueblos tallán del extremo norte, parte de los cuales incluye a los tumpis, etnia dedicada a la agricultura, la pesca y la recolección de mariscos. De entre los recursos hidrobiológicos, los mariscos fueron una importante fuente alimenticia de los pobladores del litoral peruano, desde los inicios del poblamiento humano, en que también fueron usados como material para la elaboración de implementos de pesca, en particular de anzuelos, y posteriormente como material de ofrendas y para la elaboración de adornos e instrumentos musicales, como ocurrió con las especies del tipo spondylus y strombus, que fueron particularmente apreciadas para estos fines. Dan testimonio de esta importancia los numerosos conchales o depósitos de estos restos de mariscos que se encuentran asociados a diversos sitios arqueológicos, algunos de los cuales se instalaron sobre estos depósitos, y el uso de parte de este material para las construcciones. Esta presencia quedó reflejada además en la creación plástica, como las representaciones de cerámica moche, donde caracoles y cangrejos aparecen representados en forma realista o en versiones humanizadas como parte de los relatos míticos. La necesidad de acceder a esta fuente alimenticia produjo una serie de conocimientos y de estrategias para la extracción y aprovechamiento de mariscos, que permitieron el aprovechamiento continuo de los recursos hidrobiológicos, de tal manera que se evitaba su depredación;

Que, en la región Tumbes existe, ubicado en el punto más septentrional de la costa pacífica peruana, como parte de una ecorregión extendida por el Golfo de Guayaquil, un ecosistema conocido como el manglar. Llamado así por la dominancia del árbol de mangle, especie cuyas ramas extendidas dan vástagos que descienden hasta tocar el suelo, donde echan raíces, que quedan parcialmente expuestas y se entrelazan formando una profusa red vegetal. Esta especie crece en las costas y los pantanos, en especial en los estuarios de los ríos, siendo resistente a la salinidad de las aguas marinas, conformando un sistema de pantanos con su tupida red de raíces, en la que refugian y adhieren diversos tipos de invertebrados, como moluscos y cangrejos, que conviven con determinadas especies de peces e incluso de aves a lo largo de los canales de agua salina que corren entre los macizos de mangle. El manglar se considera hoy uno de los ecosistemas más productivos y complejos del mundo, importante para la protección de las tierras costeras, al servir de barrera a los oleajes y tormentas marinas y evitar con ello las inundaciones y la erosión de la tierra;

Que, este ecosistema conforma actualmente un área protegida, conocida como Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes, declarado mediante Decreto Supremo N°018-88-AG, del 2 de marzo de 1988, con categoría de Santuario de Vida Silvestre, cubriendo un área de 2 972 hectáreas, conformado por una serie de manglares, siendo reconocidos unos 73 microsistemas, distribuidos lo largo de una serie de chorreras y canales, que confluyen a modo de ramales a lo largo del estuario del río Tumbes, en las provincias de Tumbes y Zarumilla, algunos de los cuales están separados a modo de islotes. Este ecosistema constituye una de las principales fuentes de recursos alimenticios de las poblaciones establecidas en esta región, como ha sido desde inicios del poblamiento humano en la región. Entre los manglares más conocidos están los de Puerto Veinticinco, Puerto Pizarro, La Chepa, La Ramada, El Mulo, El Bendito, Los Tres Ceibos, Puerto Jelí, La Canela, Las Burras, Puerto Mar norte, El Piojo, Puerto Perú, La Chinchana, Camarones, La Pichanga, El Algarrobo, La Soledad, El Palmar, y Boca de Capones. Los nombres de estos manglares, que identifican a cada uno como un microsistema delimitado por canales, derivan de toponimias asociadas, observaciones sobre la presencia de alguna especie, o a relatos sobre hechos atribuidos al sitio;

Que, las especies arbóreas fundamentales en este ecosistema son el mangle rojo (Rhizophora mangle), Mangle colorado (Rizophora harrizoni), mangle salado (Avicenia germinans), el mangle blanco (Laguncularia racemosa), y el mangle botón (Conocarpus erectus), junto a otras especies vegetales. En este ecosistema proliferan diversas especies, dos de las cuales son centrales para el sustento económico de los pobladores cercanos a este ecosistema. La primera es la Anadara tuberculosa, conocida como concha negra, molusco bivalvo de la familia e los árcidos o arcidae, cuyas valvas, de forma ovalada, son de paredes gruesas y estriadas y con una cubierta externa cubierta pilosa de tono oscuro, que le da el nombre. El otro es el cangrejo rojo de manglar, ucides occidentales, especie que vive bajo el lodo del pantano, alimentándose principalmente de las hojas y flores del mangle, propiciando un reciclaje de nutrientes que lo hace indispensable para el mantenimiento del manglar;

Que, el aprovechamiento de estos recursos en la región Tumbes desde tiempos prehispánicos queda patentizado por la presencia de numerosos conchales, de restos de talleres malacológicos o sitios donde se trabajaba con conchas marinas para la elaboración de implementos y adornos, cercanos a los asentamientos humanos que han sobrevivido hasta nuestros días, como los de Loma Saavedra, ubicado en el distrito de Aguas Verdes, provincia de Zarumilla, un extenso conchal del período intermedio tardío; el de Cabeza de Vaca, con un taller malacológico situado al este de la Huaca del Sol, del tiempo de la ocupación incaica; el de Plateritos Norte y Sur, en el distrito de Canoas de Punta Sal, provincia de Contralmirante Villar, y el de Rica Playa, en el distrito de San Jacinto, al sur de la capital provincial de Tumbes, también del horizonte tardío. Al lado de materiales tan preciados como el spondylus, se han encontrado restos de conchas negras, especie que sigue siendo recolectada hoy en día;

Que, en la actualidad la extracción de conchas negras y cangrejos sigue siendo una actividad importante para numerosas familias de la región, manteniéndose como una actividad tradicional cuyos conocimientos y técnicas derivan de una experiencia acumulada, de observaciones, y habilidades en el manejo del medio con el uso de una labor manual poco intrusiva. Los agentes, conocidos como extractores, se valen de este medio como sostén principal de sus familias, aunque en una parte de ellos se trate de una actividad complementaria a la pesca en canales de marea de agua salada que se distribuyen por el manglar, otros tantos se dedican al comercio minorista y eventualmente a la labor agrícola. Aunque en su mayoría son varones adultos, también hay mujeres dedicadas a esta labor y durante ciertas temporadas pueden participar otros miembros del grupo familiar. Esta actividad ha sido por lo general aprendida desde temprana edad, pero suelen dedicarse en pleno a esta actividad desde los dieciocho años. Las conchas del manglar, en particular la concha negra, y el cangrejo rojo, son parte fundamental de algunas de las especialidades culinarias más conocidas de la región costera, como el cebiche de conchas negras, la parihuela o los sudados hechos con ambas especies, entre muchos otros platos, por lo que su comercialización son una fuente fundamental de ingresos para las familias de los extractores artesanales;

Que, la extracción de estas especies sigue una serie de pautas, que van de la observación de los tiempos hasta el atuendo necesario para esta labor. Junto a las especies mencionadas, se recolectan otras como la concha pata de burro (Anadara grandis), la concha huequera (Anadara similis), la concha rayada (Chione subrugosa), choros o mejillones de manglar (Mytella guyanensis), y eventualmente la jaiba de manglar, de coloración azul o verdosa, y el cangrejo violinista, difundido además por el litoral peruano. La recolección, que antiguamente se hacía todo el año, observa actualmente períodos de veda para cada especie, establecidos por el Ministerio de la Producción a pedido de los mismos extractores asociados que veían peligrar el recurso por la actividad constante y la explotación masiva de camarones. En el caso del cangrejo rojo, la veda se da en dos temporadas, del 15 de enero a fines de febrero, que es el tiempo del apareamiento, y del 15 de agosto al 30 de setiembre, tiempo de la muda del caparazón del cangrejo, en que es especialmente vulnerable. En el caso de la concha negra, la veda ocurre entre mediados de febrero y fin de marzo, periodo en que este molusco entra en su época de desove y reproducción. Para el cangrejo, no se permite recoger más de 96 unidades por persona, con una talla mínima de 6.5 cm., y no se permite recolectar ejemplares hembras. En el caso de la concha negra, se recolectan 200 como máximo, con un tamaño mínimo de 4.5 cm. Esta recolección es controlada por el Ministerio de la Producción y SERNANP, encargada de la preservación del Santuario de los manglares de Tumbes;

Que, la recolección se hace en las horas del día en que haya marea media a baja, tiempo que es llamado de quiebre, debido a que la labor depende de la observación directa de las señales que dejan las especies a recolectar. Las conchas negras pueden observarse prendidas de las raíces del mangle en este tiempo, mientras que las conchas pata de burro y huequera, que se trasladan de un lugar a otro, dejan rastros de su paso. Del mismo modo el cangrejo, que deja señales de su paso por el limo, rastro que permite además deducir su tamaño, evitando recoger individuos pequeños que aún deban desarrollarse. Algunos hoyos en el fango son señal de presencia de madrigueras de cangrejos, pero debido a su rápida movilidad y sus tenazas, su captura requiere de la rapidez y habilidad del extractor, quien debe introducir a veces todo el brazo en el lodo para capturarlo. Uno de los indicadores es la posición de la luna, que al aparecer en el horizonte garantiza una marea baja, mientras que tiende a subir cuando la luna está en el cenit. Debido al carácter estacional de las mareas, y su dependencia de la posición de la luna, este tiempo varía de semana a semana, y se pasa paulatinamente de las horas de la mañana hasta las de la tarde, cuando las mareas son llamadas “mareas tarde”. En cambio, no se hace esta labor de noche, y se pasará eventualmente a las primeras horas de la mañana. Las lluvias, por otro lado, impiden la observación de las señales y por tanto se suspende la actividad extractiva;

Que, los extractores se organizan de diferente manera para la faena, y aunque algunos van solos, en su mayor parte van en pareja o en grupos, compartiendo información sobre los sitios donde la recolección será más abundante. Se concentran en determinados sitios, desde donde parten para distribuirse por los manglares. Son reconocibles por los accesorios adecuados a su labor, habiendo alguna diferencia entre los concheros y los cangrejeros. Ambos usan botas de jebe y ropas que cubren todo el cuerpo a excepción de la cabeza, pero los cangrejeros llevan además una manga larga que llega hasta el hombro, y los concheros usan dedales o fundas de tela para proteger los dedos pulgar e índice de las raíces de los manglares, de los duros bordes de las conchas, en especial de la concha llamada cortadera, y los ataques de los cangrejos. El dedal para el dedo pulgar, que es llamado también “mamacona” consiste en tela sujetada a la muñeca, y cubre todo el dedo pulgar. También se lleva una jicra, bolsa de redecilla, hecha actualmente de nylon para la recolección de cangrejos, una gorra con bolsillo en la parte superior para llevar algunos implementos como cigarros y fósforos, dado que se necesita fumar para repeler la presencia constante de mosquitos, repelente para la piel, y repuestos para los dedales. Está actualmente prohibido hacer el uso de anzuelos para extraer conchas o cangrejos;

Que, actualmente los extractores están organizados en una serie de asociaciones, conscientes de la importancia de conservar el ecosistema de manglar y de su papel en esta conservación, siendo estas la Asociación de Extractores Artesanales de Recursos Hidrobiológicos “Nueva Esperanza – Los Manglares” (ASEXTRHI), la Asociación de Extractores de Productos Hidrobiológicos “San Pedro” (ASEPROHI), la Asociación de Extractores Artesanales de Productos Hidrobiológicos “Tumpis” (AEXAPROH), la Asociación del Centro Poblado el Bendito del Santuario Nacional los Manglares de Tumbes (ACP El Bendito), la Asociación Comunal para el Desarrollo Sostenible de los Manglares del Bendito (ACODESOM), y la Asociación de Pobladores Puerto Perú Pescadores y Extractores de Productos Hidrobiológicos y Turismo (Puerto Perú). El 2016 esta serie de asociaciones conformó el Consorcio Manglares del Noreste del Perú, como una forma de mantener una forma extractiva de un recurso renovable de un modo no depredador ni excesivamente intrusivo, que permita la conservación del ecosistema. Miembros de estas asociaciones participan también en los Congresos Binacionales de Pesca Artesanal que se realiza en el cantón Huaquillas (Ecuador) que permite intercambiar experiencias de este sector a ambos lados de la frontera;

Que, el conocimiento asociado a la extracción de moluscos en los manglares de Tumbes, actividad artesanal de carácter ancestral, no solamente ha sobrevivido a los sucesivos períodos históricos que han marcado la historia del país sino que, producto de siglos de experiencia colectiva, se ha revelado en las últimas décadas como una forma de extracción de recursos poco intrusiva, orientada a no depredar el ecosistema del manglar, que en la región Tumbes ha sido declarada desde 1988 como Santuario Nacional. Los extractores artesanales de conchas y cangrejos de manglar, agentes de esta actividad económica, son plenamente conscientes de la importancia de esta herencia cultural, y están actualmente organizados para la salvaguardia de esta herencia cultural como factor indispensable para la preservación del ecosistema de manglar y de la forma de vida asociada al mismo. El manglar y esta modalidad de extracción de moluscos, entendidos como sistemas interdependientes, han marcado la historia y la cultura de esta región desde tiempos prehispánicos, y son actualmente la base de una política de preservación ecológica en la que participan por igual los detentadores de esta tradición y las instancias gubernamentales orientadas a la producción y al medio ambiente;

Que, conjuntamente con las referencias citadas en el Informe N° 000058-2022-DPI/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial se detallan las características, la importancia, el valor, alcance y el significado de Conocimientos, saberes y prácticas relacionados a la extracción de moluscos de manglar, en particular de las especies conocidas como concha negra y cangrejo rojo del manglar, del ecosistema conocido como los manglares de Tumbes, en el departamento de Tumbes; motivo por el cual, dicho informe constituye parte integrante de la presente resolución viceministerial, conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 338-2015-MC, se aprobó la Directiva N° 003-2015-MC, Declaratoria de las Manifestaciones del Patrimonio Cultural de la Nación y Declaratoria de Interés Cultural, en la que se establecen los lineamientos y normas para la tramitación del expediente de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación de las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial, correspondiendo al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales declarar las manifestaciones del patrimonio cultural inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación; así como su publicación en el diario oficial “El Peruano”;

Con la visación de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Perú; la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modificatoria; el Decreto Supremo N° 011-2006-ED, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modificatorias; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y la Directiva N° 003-2015-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 338-2015-MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Conocimientos, saberes y prácticas relacionados a la extracción de moluscos de manglar, en particular de las especies conocidas como concha negra y cangrejo rojo del manglar, del ecosistema conocido como los manglares de Tumbes, en el departamento de Tumbes, por constituir una modalidad de extracción de moluscos que se ha transmitido de generación en generación desde tiempos prehispánicos, configurando así una herencia cultural producto de siglos de experiencia colectiva y que ha definido, en la actualidad, una actividad económica artesanal poco intrusiva y sostenible, constituyendo en ese sentido un factor indispensable para la preservación del ecosistema del manglar y de la forma de vida asociada al mismo.

Artículo 2.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Inmaterial, en coordinación con la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tumbes y la comunidad de portadores, la elaboración cada cinco años de un informe detallado sobre el estado de la expresión declarada, de modo que el registro institucional pueda ser actualizado en cuanto a los cambios producidos en la manifestación, los riesgos que pudiesen surgir en su vigencia, y otros aspectos relevantes, a efectos de realizar el seguimiento institucional de su desenvolvimiento y salvaguardia, de ser el caso.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución viceministerial en el diario oficial “El Peruano”, así como su difusión en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), conjuntamente con el Informe N° 000058-2022-DPI/MC.

Artículo 4.- Notificar la presente resolución viceministerial y el Informe N° 000058-2022-DPI/MC a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tumbes, al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas, al Santuario Nacional Los Manglares de Tumbes, y al Consorcio Manglares del Noroeste del Perú, para los fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MARIELA SONALY TUESTA ALTAMIRANO

Viceministra de Patrimonio Cultural e

Industrias Culturales

2037128-1