Aprueban donación de lote de terreno a favor del Ministerio de Salud - Dirección Regional de Salud Pasco, destinado al Puesto de Salud de la Localidad de Zungaroyali

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA

Nº 166-2021-A/MDPB

Puerto Bermúdez, 6 de octubre de 2021

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUERTO BERMÚDEZ, PROVINCIA DE OXAPAMPA, REGIÓN PASCO.

DE CONFORMIDAD:

A la Carta Nº 025-2021-J&JMARIÑO/MDC presentado en fecha 20.08.2021, con registro documentario Nº 3636 – mesa de partes, por el Sr. Jariel Javier PASCUAL MARIÑO – Gerente General de J &J MARIÑO E.I.R.L.; al Informe Nº 373-2021-SGPTC-GDUR/MDPB de fecha 22.09.2021, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento Territorial y Catastro; al Informe Nº 1169-2021-GDUR/MDPB de fecha 22.08.2021, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural; al Informe Legal Nº 158-2021-GAL/MDPB de fecha 23.09.2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Legal; al Informe Nº 346-2021-GM/MDPB de fecha 23.09.2021, emitido por la Gerencia Municipal; al proveído de Alcaldía de fecha 23.09.2021; al Acuerdo Nº 01 del Acta de Sesión de Concejo Ordinaria Nº 020-2021-MDPB de fecha 05.10.2021 promulgado con Acuerdo de Concejo Nº 156-2021-MDPB de fecha 06.10.2021.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, dispone que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo establecido en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; mencionando que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción de ordenamiento jurídico.

Que, el artículo 62º del mismo cuerpo normativo, establece la condición de bienes públicos: “Las playas, ríos, manantiales, corrientes de agua, así como los lagos, son bienes de uso público. Solamente por razones de seguridad nacional pueden ser objeto de concesión para otros usos.”

Que, al amparo del artículo 64º de la acotada norma, establece las facultades de las municipalidades por excepción, pueden donar, o permutar, bienes de su propiedad a los Poderes del Estado o a otros organismos del Sector Público. Y de conformidad al artículo 68º, establece las facultades con respecto al destino de los bienes donados, precisando que “el acuerdo municipal de donación, cesión o concesión debe fijar de manera inequívoca el destino que tendrá el bien donado y su modalidad. El incumplimiento parcial o total de la finalidad que motivó la donación, cesión o concesión, ocasiona la reversión del bien inmueble a la municipalidad, la cual incorpora a su patrimonio las mejoras, a título gratuito.”

Que, con Contrato de Servicios de Consultoría Nº 06-2021-MDPB celebrado el 17 de junio de 2021, con la empresa J&J MARIÑO E.I.R.L debidamente representado por su Gerente General, Sr. Jariel Javier PASCUAL MARIÑO con el objeto de realizar el servicio de consultoría para la elaboración del estudio de pre inversión a nivel de ficha técnica simplificada del proyecto “Mejoramiento de los servicios de salud de la Comunidad Zungaroyali del Distrito de Puerto Bermúdez – Provincia de Oxapampa – Departamento de Pasco”.

Que, mediante Carta Nº 025-2021-J&JMARIÑO/MDC presentado en fecha 20.08.2021, con registro documentario Nº 3636 – mesa de partes, el Sr. Jariel Javier PASCUAL MARIÑO – Gerente General de J&J MARIÑO E.I.R.L., solicita la donación de terreno a favor del Ministerio de Salud, del servicio de consultoría para la Elaboración de Estudio de Pre Inversión a Nivel de Ficha Técnica Simplificada del Proyecto: “Mejoramiento de los servicios de salud de la Comunidad Zungaroyali del Distrito de Puerto Bermúdez – Oxapampa – Pasco”. Comunica que estando en proceso de saneamiento físico legal concerniente a la ficha técnica simplificada del proyecto: “Mejoramiento de los servicios de salud de la Comunidad Zungaroyali del Distrito de Puerto Bermúdez – Oxapampa – Pasco”, se ha efectuado la respectiva búsqueda ante Registros Públicos de la Ficha Registral como Comunidad Nativa, y no habiéndose encontrado dicho registro, recomienda se realice el trámite del componente saneamiento físico legal, a través de Publicación Transcrita mediante Resolución, para lo cual solicita la donación de terreno a favor del Ministerio de Salud, mediante una aprobación en Sesión de Concejo Extraordinaria, la emisión de una Resolución de Alcaldía para su publicación en el Diario Oficial El Peruano y un diario de mayor circulación regional.

Que, a través del Informe Nº 373-2021-SGPTC-GDUR/MDPB de fecha 22.09.2021, la Sub Gerencia de Planeamiento Territorial y Catastro, informa que ha realizado la búsqueda documentaria del área al cual refiere la documentación presentada por el recurrente, por lo que informa que ha realizado la búsqueda en la plataforma SICAR del Minagri, no encontrando registro de dicho sector; así mismo, de acuerdo a la base gráfica otorgado por el Ministerio de Agricultura de los predios rurales, en dicho sector no existe documentación (certificado de posesión o título) y se encuentra dentro de la jurisdicción del Distrito de Puerto Bermúdez. Además, informa que dicha área no se encuentra en un área natural protegida y de acuerdo a los documentos presentados por el administrado de búsqueda catastral realizados en la SUNARP, dicho sector no tiene registro sobre dicha área. Con todos los fundamentos anteriormente señalados, la Sub Gerencia de Planeamiento Territorial y Catastro infiere que dicho sector no tiene posesionarios registrados, ni cuenta con documentación alguna de dicha área. Por lo cual deduce que es área libre. El sector que desea ser brindado al Ministerio de Salud tiene las siguientes características: Área: 992.86 m2 y perímetro 140.00 ml. Por lo que concluye sugiriendo realizar la donación al Ministerio de Salud de dicho sector, salvo mejor parecer.

Que, con Informe Nº 1169-2021-GDUR/MDPB de fecha 22.08.2021, la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, habiendo recepcionado el documento precedente, sugiere que la solicitud sea llevada a sesión de concejo.

Que, a través del Informe Legal Nº 158-2021-GAL/MDPB de fecha 23.09.2021, la Gerencia de Asesoría Legal realiza análisis fáctico y jurídico y en su numeral 2.7 establece: “Según contrato de servicios de consultoría Nº 06-2021-MDPB, la Municipalidad Distrital de Puerto Bermúdez, contrató los servicios de J&K Mariño E.I.R.L, para cumplir con la elaboración del estudio de preinversión nivel de ficha técnica simplificada del proyecto “Mejoramiento de los servicios de salud de la comunidad Zungaroyali del Distrito de Puerto Bermúdez – Oxapampa – Pasco”, y dentro de ello su obligación es cumplir con el saneamiento físico legal del terreno; manifiesta que recaen en áreas libres del Estado, conforme se advierte en los certificados de búsqueda catastral expedidos por la SUNARP, asimismo, cabe resaltar que dichos terrenos se encuentran en los centros poblados o áreas urbanas por lo que, es de competencia de esta municipalidad efectuar la respectiva transferencia al sector correspondiente.” Finalmente, concluye opinando declarar viable la solicitud formulada por el Gerente General de la E.I.R.L J&J Mariño, sobre donación de terreno a favor del Ministerio de Salud, tal como señala en los antecedentes. Y recomienda que todo lo actuado pase al Concejo Municipal para su deliberación.

Que, en consecuencia, a través del Informe Nº 346-2021-GM/MDPB de fecha 23.09.2021, la Gerencia Municipal eleva la solicitud para que sea ingresado en agenda de Sesión de Concejo Municipal para su aprobación correspondiente y consecuentemente se emita el acto resolutivo para su posterior publicación.

Que, mediante Acuerdo Nº 01 del Acta de Sesión de Concejo Ordinaria Nº 020-2021-MDPB, de fecha 05.10.2021, se aprobó la donación a favor del MINISTERIO DE SALUD (Dirección Regional de Salud Pasco) de un lote de terreno destinado al Puesto de Salud de la Localidad de Zungaroyali, ubicado en el Distrito de Puerto Bermúdez, Provincia de Oxapampa, Departamento de Pasco con un área: 992.86 m2 y perímetro: 140.00 ml.

En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y los considerandos expuestos.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la donación a favor del MINISTERIO DE SALUD (Dirección Regional de Salud Pasco) de un lote de terreno con las siguientes características:

1. Lote de Terreno destinado al Puesto de Salud de la Localidad de Zungaroyali, ubicado en el Distrito de Puerto Bermúdez, Provincia de Oxapampa, Departamento de Pasco.

Área : 992.86 m2

Perímetro : 140.00 ml

Linderos y medidas perimétricas:

Por el Norte : AREA LIBRE (Sin documentación) Con 50.00 ml

Por el Sur : AREA LIBRE (Sin documentación) Con 50.00 ml

Por el Este : AREA LIBRE (Sin documentación) Con 20.00 ml

Por el Oeste : AREA LIBRE (Sin documentación) Con 20.00 ml

VERTICE

LADO

DISTANCIA

ESTE

NORTE

P1

P1 – P2

20.00

514551.2073

8881430.6305

P2

P2 – P3

50.00

514561.6201

8881447.7057

P3

P3 – P4

20.00

514607.1078

8881426.9492

P4

P4 – P1

50.00

514596.6959

8881409.8736

TOTAL

140.00

2. Situación legal del terreno:

El objeto de la presente es la inmatriculación como primera inscripción de dominio a favor del Ministerio de Salud (Dirección Regional de Salud Pasco).

Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución por una sola vez en el Diario Oficial “El Peruano” y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la Región.

Artículo Tercero.- Remitir copia de la presente, a la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, para su conocimiento.

POR TANTO:

Regístrese, comuníquese y archívese.

CARLOS VALVERDE RODRIGUEZ

Alcalde

2036470-1