Actualizan montos fijos vigentes aplicables a bienes sujetos al Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo
resolución ministerial
N° 021-2022-EF/15
Lima, 29 de enero del 2022
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 026-2001-EF/15 y normas modificatorias, se establecen disposiciones para la aplicación de los factores de actualización monetaria de los montos fijos del Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo;
Que, el artículo 2 de la citada Resolución Ministerial establece que los montos fijos establecidos o actualizados en el Nuevo Apéndice III o Nuevo Apéndice IV, vigentes, pueden ser actualizados anualmente siempre que la variación porcentual del IPC sea igual o superior al uno por ciento (1%); tratándose de los montos fijos del Nuevo Apéndice III adicionalmente la ratio de volatilidad del IPC del rubro combustibles y lubricantes debe ser menor de 1,50;
Que, resulta conveniente actualizar los montos fijos vigentes del Sistema Específico del Impuesto Selectivo al Consumo;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF y la Resolución Ministerial Nº 026-2001-EF/15;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- A partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente Resolución, los montos fijos por concepto del Impuesto Selectivo al Consumo aplicables a los bienes sujetos al Sistema Específico, contenidos en el Nuevo Apéndice IV del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, serán los señalados en el Anexo que forma parte de esta Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO FRANCKE BALLVÉ
Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO
NUEVO APENDICE IV
B. PRODUCTOS AFECTOS A LA APLICACION DE MONTO FIJO:
PARTIDAS ARANCELARIAS |
PRODUCTOS |
SOLES |
2402.20.10.00/ 2402.20.20.00 |
Cigarrillos de tabaco negro y Cigarrillos de tabaco rubio |
S/ 0,36 por cigarrillo |
2208.20.21.00 |
Pisco |
S/ 2,27 por litro |
D. PRODUCTOS SUJETOS ALTERNATIVAMENTE AL SISTEMA ESPECÍFICO (MONTO FIJO), AL VALOR O AL VALOR SEGÚN PRECIO DE VENTA AL PÚBLICO:
(…)
BIENES |
SISTEMAS |
||
Partidas Arancelarias |
Productos |
Grado Alcohólico |
Literal B del Nuevo Apéndice IV – Específico (Monto Fijo) |
2204.10.00.00/ 2204.29.90.00 2205.10.00.00/ 2205.90.00.00 2206.00.00.00 2208.20.22.00/ 2208.70.90.00 2208.90.20.00/ 2208.90.90.00 |
Líquidos alcohólicos |
Más de 20º |
S/ 3,63 por litro |
2034820-1