Aprueban la Directiva N° 001-2022-ONP/JF,
Directiva sobre la Calificación de Prestaciones Previsionales del Sistema Nacional de Pensiones

Resolución Jefatural

Nº 017-2022-ONP/JF

Lima, 27 de enero de 2022

VISTOS:

El Informe N° 0022-2022-ONP/DPR del 19 de enero de 2022 de la Dirección de Producción; el Memorando N° 076-2021-ONP/OPG del 25 de enero de 2021, que adjunta el Informe N° 014-2022-ONP/OPG.PL de la misma fecha, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión; y el Informe N° 052-2022-ONP/OAJ del 26 de enero de 2022 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Jefatural N° 018-2021-JEFATURA/ONP se aprueba la Directiva N° 001-2021-JF/ONP, Directiva sobre regulación de los dispositivos normativos en la Oficina de Normalización Previsional, con el objetivo de establecer lineamientos que regulen la elaboración y aprobación de dispositivos normativos que emita la Oficina de Normalización Previsional;

Que, mediante Decreto Supremo N° 354-2020-EF se aprueba el Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, que tiene por objeto reglamentar las normas legales que regulan el Sistema Nacional de Pensiones (SNP) y unifica sus normas reglamentarias, integrando en forma coherente y clara el desarrollo de las disposiciones legales vinculadas con el SNP;

Que, la Ley N° 31301, Ley que establece medidas de acceso a una pensión proporcional a los asegurados del Sistema Nacional de Pensiones, tiene como objeto establecer medidas que garanticen el acceso a una pensión a favor de los asegurados del SNP, que no logren acceder a una pensión regulada por el Decreto Ley N° 19990; siendo que mediante Decreto Supremo N° 282-2021-EF se aprueba la adecuación del Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones, en el marco de la Ley N° 31301, y otras disposiciones, a fin de modificar e incorporar la reglamentación necesaria para implementar lo dispuesto en la Ley N° 31301, y otras disposiciones vinculadas al Sistema Nacional de Pensiones;

Que, conforme al marco normativo precitado, mediante Resolución Jefatural N° 141-2021-ONP/JF de fecha 25 de noviembre de 2021, se aprueba la Directiva N° 005-2021-ONP/JF, Directiva sobre la Calificación de Prestaciones Previsionales del Sistema Nacional de Pensiones;

Que, con posterioridad a la aprobación de la precitada Directiva, se publica, con fecha 30 de noviembre de 2021 en el diario oficial El Peruano, la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, cuya Centésima Décima Quinta Disposición Complementaria Final establece medidas a favor de los pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones, relacionadas con el otorgamiento de pensión provisional a aquellas solicitudes de pensión de discapacidad para el trabajo, jubilación y sobreviviente respecto de las cuales, dentro del plazo de treinta (30) días hábiles de haber sido presentadas, no se haya pronunciado anteriormente, reconociendo o rechazando la prestación solicitada; estableciendo, asimismo, que dicha disposición entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación y es aplicable a las solicitudes en trámite y las que se presenten durante la vigencia de la precitada ley;

Que, mediante el Informe N° 0022-2022-ONP/DPR del 19 de enero de 2022, la Dirección de Producción sustenta la propuesta de Directiva sobre la Calificación de Prestaciones Previsionales del Sistema Nacional de Pensiones, con la finalidad de incorporar una Disposición Complementaria Transitoria que recoja lo dispuesto en la Centésima Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022;

Que, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Evaluación de la Gestión mediante Memorando N° 076-2021-ONP/OPG del 25 de enero de 2021, que adjunta el Informe
N° 014-2022-ONP/OPG.PL de la misma fecha, y la Oficina de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 052-2022-ONP/OAJ del 26 de enero de 2022, opinan que resulta técnica y legalmente viable, respectivamente, la aprobación del proyecto de Directiva sobre la Calificación de Prestaciones Previsionales del Sistema Nacional de Pensiones, incorporando una Disposición Complementaria Transitoria; derogando, en consecuencia, la Resolución Jefatural N° 141-2021-ONP/JF que aprueba la Directiva N° 005-2021-ONP/JF, Directiva sobre la Calificación de Prestaciones Previsionales del Sistema Nacional de Pensiones;

Que, de conformidad con los informes técnico y legal indicados en los considerandos precedentes, corresponde aprobar la Directiva sobre la Calificación de Prestaciones Previsionales del Sistema Nacional de Pensiones, así como derogar la Resolución Jefatural N° 141-2021-ONP/JF;

Que, la Resolución Jefatural que apruebe la Directiva sobre la Calificación de Prestaciones Previsionales del Sistema Nacional de Pensiones constituye una regulación de carácter general que contiene información relevante y de interés para los usuarios de los servicios que presta la ONP, en consecuencia, corresponde disponer su publicación en diario oficial El Peruano, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS;

En uso de las atribuciones conferidas en el artículo 5 de la Ley N° 28532, Ley que establece la reestructuración integral de la Oficina de Normalización Previsional (ONP); en el artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONP, aprobado por Resolución Ministerial N° 174-2013-EF/10, y en lo dispuesto en la Directiva Nº 001-2021-JF/ONP, Directiva sobre regulación de los dispositivos normativos de la Oficina de Normalización Previsional, aprobada por Resolución Jefatural Nº 018-2021-JEFATURA/ONP;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobación de Directiva sobre la Calificación de Prestaciones Previsionales del Sistema Nacional de Pensiones

Apruébase la Directiva N° 001 -2022-ONP/JF, Directiva sobre la Calificación de Prestaciones Previsionales del Sistema Nacional de Pensiones, la que, en Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2. Difusión

Dispónese que la presente Resolución y su Anexo sean puestos de conocimiento de las/los servidoras/es de la entidad.

Artículo 3. Publicación

Publícase la presente Resolución en el diario oficial el Peruano, así como la presente Resolución y su Anexo en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/onp) y en el Portal de Transparencia Estándar del Estado (www.transparencia.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario oficial.

Artículo 4. Derogatoria

Derógase la Resolución Jefatural N° 141-2021-ONP/JF.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER EFRAIN BORJA ROJAS

Jefe

2034804-1