Aprueban el “Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la provincia de Huarochirí del departamento de Lima”

Resolución Ministerial

N° 035-2022-MTC/01

Lima, 25 de enero de 2022

VISTOS:

Los Oficios Nos. 244 y 318-2021-GTVTU/MPH-M de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial de Huarochirí; el Informe N° 1410-2021-MTC/18.01 de la Dirección de Políticas y Normas en Transportes Vial; el Memorando N° 1612-2021-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre establece que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (en adelante, el MTC), es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre;

Que, la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, establece que dicho Ministerio es competente de manera exclusiva en las materias de infraestructura y servicios de transporte de alcance nacional e internacional; así como, de manera compartida con los gobiernos regionales y locales en materias de infraestructura de transportes de alcance regional y local, circulación y tránsito terrestre; asimismo, tiene como función rectora dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución, supervisión y evaluación de las políticas de su competencia;

Que, en el marco de las disposiciones y reglamentos nacionales sobre el transporte y tránsito terrestre, el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC y sus modificatorias (en adelante, el RENAT), regula el servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de conformidad con los lineamientos previstos en la citada Ley N° 27181;

Que, el artículo 16 del RENAT señala que el acceso y la permanencia en el transporte terrestre de personas y mercancías se sustentan en el cumplimiento de las condiciones técnicas, legales y de operación que se establecen en el RENAT;

Que, en ese orden, los subnumerales 25.1.1 y 25.1.3 del numeral 25.1 del artículo 25 del RENAT disponen que la antigüedad máxima de permanencia de un vehículo al servicio de transporte público de personas de ámbito nacional, regional y provincial será de hasta quince (15) años, contados a partir del 1 de enero del año siguiente al de su fabricación; asimismo, la antigüedad máxima de permanencia de un vehículo al servicio de transporte público de personas de ámbito provincial, podrá ser ampliada, como máximo hasta en cinco (5) años por decisión adoptada mediante Ordenanza Provincial;

Que, asimismo, la Vigésima Sétima Disposición Complementaria Transitoria del RENAT establece un nuevo régimen extraordinario de permanencia para los vehículos habilitados destinados al servicio de transporte terrestre de personas de ámbito nacional con el objeto de lograr la renovación del parque vehicular encargado de la prestación del servicio de transporte de personas; asimismo, dispone que en el ámbito regional y provincial el régimen extraordinario de permanencia de los vehículos destinados al servicio de transporte de personas, que se encuentren habilitados según sus propios registros administrativos de transporte, y las condiciones para que ello ocurra, será determinado mediante Resolución Ministerial del MTC, la misma que será expedida previa coordinación con los gobiernos regionales y provinciales;

Que, en esa línea, la Vigésima Novena Disposición Complementaria Transitoria del RENAT, excepcionalmente establece que los vehículos que excedan los veinte (20) años de antigüedad contados a partir del año siguiente de su fabricación, destinados al servicio de transporte terrestre regular de personas en los ámbitos nacional, regional y provincial deberán acreditar que han aprobado la Inspección Técnica Vehicular cada cuatro (04) meses; para cuyo efecto el Certificado de Inspección Técnica Vehicular que se expida en estos casos tendrá una vigencia de cuatro (04) meses; en caso que no se acredite que el vehículo haya aprobado la referida inspección, la autoridad competente de oficio deshabilitará al vehículo del Registro correspondiente, bajo responsabilidad;

Que, en dicho contexto, mediante Oficio N° 244-2021-GTVTU/MPH-M, la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte Urbano de la Municipalidad Provincial de Huarochirí informa sobre la necesidad de aprobar el cronograma extraordinario de permanencia de los vehículos destinados a brindar el servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la provincia de Huarochirí del departamento de Lima; siendo que, a través del Informe N° 1410-2021-MTC/18.01, la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal propone y sustenta la aprobación del citado cronograma, el mismo que ha sido validado por la mencionada Gerencia con el Oficio N° 318-2021-GTVTU/MPH-M;

Que, a través del Memorando N° 1612-2021-MTC/18, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal solicita al Viceministerio de Transportes la aprobación de la propuesta del “Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la provincia de Huarochirí del departamento de Lima” y las condiciones para su aplicación;

Que, en tal sentido, teniendo en cuenta lo señalado en los considerandos precedentes, corresponde aprobar “Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la provincia de Huarochirí del departamento de Lima” y las condiciones para su aplicación;

De conformidad con la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC y sus modificatorias; y el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación del Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la provincia de Huarochirí del departamento de Lima.

Aprobar el “Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la provincia de Huarochirí del departamento de Lima”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Condiciones para la aplicación del Régimen Extraordinario de Permanencia para los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas en el ámbito de la provincia de Huarochirí del departamento de Lima.

El Cronograma del Régimen Extraordinario de Permanencia aprobado por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, es de aplicación a los vehículos destinados al servicio de transporte regular de personas habilitados por la Municipalidad Provincial de Huarochirí, que cumplan con las condiciones siguientes:

a) Que se encuentren en estado óptimo de funcionamiento lo que será acreditado con el Certificado de la Inspección Técnica Vehicular, obtenido de conformidad con la normatividad de la materia, y que aprueben los controles inopinados a los que dichos vehículos sean sometidos.

b) Que, cumplan con las condiciones técnicas y demás requisitos que establece el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC y sus modificatorias, para la prestación del servicio de transporte regular de personas de ámbito provincial.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN FRANCISCO SILVA VILLEGAS

Ministro de Transportes y Comunicaciones

ANEXO

CRONOGRAMA DEL RÉGIMEN EXTRAORDINARIO DE PERMANENCIA PARA LOS VEHÍCULOS DESTINADOS AL SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE PERSONAS EN EL ÁMBITO DE LA PROVINCIA DE HUAROCHIRÍ DEL

DEPARTAMENTO DE LIMA

Año Modelo

Año retiro

1981-1990

2021

1991-1993

2022

1994-1997

2023

1998-2001

2024

2002-2005

2025

2006

2026

2007

2027

2008

2028

2009

2029

2010

2030

2011

2031

2012

2032

2013

2033

2014

2034

2015

2035

2016

2036

2017

2037

2018

2038

2019

2039

2020

2040

2021

2041

2034031-1