Delegan facultades en el Jefe (a) de la Unidad de Logística del Instituto Peruano de Energía Nuclear

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA

N° D000019-2022-IPEN-PRES

San Borja, 24 de enero del 2022

VISTOS: La Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01 y el Memorando N° D000022-2022-IPEN-ADMI de la Oficina de Administración;

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01, se aprobó la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, en adelante, la Directiva;

Que, el Numeral 24 de la Directiva refiere “El CMN es aprobado por el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la aprobación del PIA. La citada aprobación se da mediante la suscripción del Anexo N° 04 de la Directiva”, ahora bien respecto a la modificación, el numeral 27 de la Directiva señala “27.1. Luego de aprobado el CMN, este puede ser modificado en cualquier momento del año fiscal, en concordancia con los criterios establecidos en la PMBSO y la disponibilidad presupuestaria de la Entidad del Sector Público u organización de la entidad. 27.2. Las modificaciones al CMN son solicitadas por el Área usuaria, teniendo en cuenta el Anexo N° 05 de la Directiva. Dichas modificaciones se realizan durante la ejecución del CMN con la finalidad de realizar la inclusión y/o exclusión de sus necesidades. 27.3. Las modificaciones al CMN son presentadas al Área involucrada en la gestión de la CAP quien gestiona su aprobación ante el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad. La aprobación se realiza el último día hábil de la semana, a través de la suscripción del Anexo N° 06 de la Directiva”;

Que, con Memorando N° D000022-2022-IPEN-ADMI del 24 de enero de 2022, la Oficina de Administración solicita la delegación de facultades para la respectiva aprobación y modificación del Cuadro Multianual de Necesidades por parte del Jefe (a) de la Unidad de Logística;

Que, el numeral 72.1 del artículo 72 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2019-JUS, indica que toda entidad es competente para realizar las tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos, así como para la distribución de las atribuciones que se encuentren comprendidas dentro de su competencia;

Que, el artículo 78 de la norma antes citada, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;

Que, con la finalidad de garantizar una adecuada gestión que permita agilizar el cumplimiento tanto de las funciones previstas en su Reglamento de Organización y Funciones, así como con la programación de las metas institucionales es necesario delegar determinadas facultades y atribuciones para la emisión e implementación de actos y/o actuaciones que no sean privativas del Titular del Pliego;

De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Directiva N° 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01 y el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear, aprobado por Decreto Supremo Nº 062-2005-EM;

Con los vistos del Gerente General, del Director de la Oficina de Administración y de la Directora de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Delegar en el Jefe (a) de la Unidad de Logística del Instituto Peruano de Energía Nuclear las siguientes facultades:

1.1. En materia de Contrataciones del Estado, conforme a lo regulado por la Directiva N° 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0014-2021-EF/54.01:

a) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades 2022 - 2024.

b) Modificar el Cuadro Multianual de Necesidades 2022 - 2024.

Artículo Segundo.- La delegación de facultades a que se refiere la presente Resolución tendrá vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2022 y comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.

Artículo Tercero.- El funcionario al cual se le ha delegado las facultades, están obligados a dar cuenta al Titular de la Entidad de las actividades efectuadas, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de concluida la vigencia de las delegaciones otorgadas por la presente Resolución.

Artículo Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Instituto Peruano de Energía Nuclear (https://www.gob.pe/ipen).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MODESTO MONTOYA ZAVALETA

Presidente

2033724-1