Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad Distrital de La Victoria
ORDENANZA N° 385/MLV
La Victoria, 19 de noviembre de 2021
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA
VICTORIA
POR CUANTO:
EL Concejo Municipal, en sesión ordinaria virtual del 8 de noviembre de 2021.
VISTO: el Dictamen Conjunto de las Comisiones de Servicios de Administración Tributaria y de Desarrollo Económico; de Desarrollo Urbano y Transporte y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; y,
Que, el artículo 194º de la Constitución Política establece que, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; le corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se ejerce a través de ordenanzas, las mismas que tienen rango de ley, conforme al artículo 200° inciso 4) del dispositivo legal antes indicado;
Que, el numeral 8) del artículo 9º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que corresponde al Concejo Municipal aprobar modificar o derogar las ordenanzas; asimismo, el artículo 40º de la misma norma prescribe la formalidad que debe revestir la potestad legislativa de las municipalidades distritales al emitir Ordenanzas en materia tributaria, disponiendo que éstas sean ratificadas por municipalidades provinciales de su circunscripción para su entrada en vigencia, procedimiento que para el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra regulado por la Ordenanza N° 2085, Ordenanza que sustituye la Ordenanza Nº 1533 y modificatorias, que aprueba el Procedimiento de Ratificación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la Provincia de Lima;
Que, el numeral 1 del artículo 40º y numeral 1 del artículo 44º del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, se dispone que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen, exclusivamente en el caso de los gobiernos locales, mediante Ordenanza, procedimientos que deben ser compendiados y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA;
Que, a través del Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM concordante con la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2010-PCM-SGP, se establece la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos de las entidades públicas;
Que, mediante Ordenanza N° 268/MLV se aprobó el TUPA de la Municipalidad de La Victoria, ratificado a través del Acuerdo de Concejo N° 242-MML, la cual ha sido modificado mediante Decreto de Alcaldía N° 010-2017/MLV, Ordenanza N° 294/MLV, ratificado mediante Acuerdo de Concejo Nº 623-MML, Decreto de Alcaldía N° 008-2019 y Decreto de Alcaldía N° 015-2020;
Que, a fin de dotar de eficacia y celeridad la función pública, es necesario regular de manera integral los procedimientos administrativos, requisitos y derechos de trámite, debiendo estar contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos –TUPA-, el cual normará la competencia de los órganos encargados de generar procedimientos administrativos, ahora bien, el documento de gestión propuesto, cumple con los criterios técnicos y legales que permitirán que la Municipalidad sea una entidad competitiva dentro del ámbito del desarrollo económico local y metropolitano;
Que, a través del Memorando N° 773-2021-GPP/MLV la Gerencia de Planificación y Presupuesto, sustenta la necesidad de aprobar los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad que incluye sus Requisitos y Derechos de Trámite que se encuentran contenidos en el anexo de la presente Ordenanza;
Que, mediante el Informe N° 432-2021-GAJ/MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina de manera favorable por la Ordenanza que sustenta la Gerencia de Planificación y Presupuesto, toda vez que se aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad de La Victoria;
Estando a los fundamentos expuesto en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto unánime de los señores miembros del Concejo asistentes a la Sesión Ordinaria Virtual de Concejo del 8 de noviembre de 2021 y con la dispensa de la lectura de aprobación del acta, se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA
LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Y SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS DE TRAMITACIÓN CONTENIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS -
TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA VICTORIA
Artículo 1º.- Aprobar los ciento cincuenta y seis (156) procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, así como sus requisitos y derechos de tramitación contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, conforme a las denominaciones y detalles establecidos en el Anexo adjunto a la presente Ordenanza.
Artículo 2º.- Aprobar los ciento cuarenta un (141) derechos de trámite de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA, conforme al Anexo I de la presente ordenanza.
N° |
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO EXCLUSIVO |
DERECHO DE TRAMITACIÓN (S/) |
|
SECRETARÍA GENERAL |
|
1.1a |
ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CREADA U OBTENIDA POR LA ENTIDAD, QUE SE ENCUENTRE EN SU POSESIÓN O BAJO SU CONTROL a) Copia simple en formato A4 (por unidad) |
0.10 |
1.1b |
ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CREADA U OBTENIDA POR LA ENTIDAD, QUE SE ENCUENTRE EN SU POSESIÓN O BAJO SU CONTROL b) Información en CD (por unidad) |
1.00 |
1.1c |
ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA CREADA U OBTENIDA POR LA ENTIDAD, QUE SE ENCUENTRE EN SU POSESIÓN O BAJO SU CONTROL c) Correo electrónico |
GRATUITO |
|
SECRETARÍA GENERAL |
|
1.2a |
COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTOS: a) Por primera hoja |
13.80 |
1.2b |
COPIA CERTIFICADA DE DOCUMENTOS: b) Por hoja adicional |
1.60 |
1.3a |
COPIA CERTIFICADA DE PLANOS ( tamaño A4) |
14.00 |
1.3b |
COPIA CERTIFICADA DE PLANOS ( tamaño A3) |
15.40 |
1.3c |
COPIA CERTIFICADA DE PLANOS ( tamaño A2) |
16.40 |
1.3d |
COPIA CERTIFICADA DE PLANOS ( tamaño A1) |
17.90 |
1.3e |
COPIA CERTIFICADA DE PLANOS ( tamaño A0) |
20.90 |
|
SECRETARÍA GENERAL - OFICINA DE ASUNTOS CIVILES |
|
2.1 |
SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR: SEPARACIÓN CONVENCIONAL |
288.70 |
2.2 |
SEPARACIÓN CONVENCIONAL Y DIVORCIO ULTERIOR: DIVORCIO ULTERIOR |
168.90 |
|
SECRETARÍA GENERAL - OFICINA DE ASUNTOS CIVILES |
|
2.3a |
MATRIMONIO CIVIL - De Lunes a Viernes de 09:00 am a 04:45 pm - En el Local Municipal |
189.00 |
2.3b |
MATRIMONIO CIVIL - De Lunes a Viernes de 09:00 am a 04:45 pm - Fuera del Local Municipal (dentro del distrito) |
244.40 |
2.3c |
MATRIMONIO CIVIL - De Lunes a Viernes de 09:00 am a 04:45 pm - Fuera del Local Municipal (fuera del distrito) |
325.30 |
2.4 |
EXHIBICIÓN DE EDICTOS MATRIMONIALES TRAMITADOS EN OTROS DISTRITOS |
20.80 |
2.5 |
REPROGRAMACIÓN DE FECHA DE CEREMONIA MATRIMONIAL |
17.40 |
|
SECRETARÍA GENERAL - OFICINA DE ASUNTOS CIVILES |
|
2.6 |
DISPENSA DE PLAZO DE PUBLICACIÓN DE EDICTO |
62.10 |
|
GERENCIA DE SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SUBGERENCIA DE REGISTRO, ORIENTACIÓN AL CONTRIBUYENTE, RECAUDACIÓN Y EJECUCIÓN COACTIVA |
|
3.1 |
DEDUCCIÓN DE 50 UITDE LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO PREDIAL PARA PENSIONISTAS Y ADULTOS MAYORES |
GRATUITO |
3.2 |
SOLICITUD DE INAFECTACIÓN, EXONERACION O BENEFICIO TRIBUTARIO |
GRATUITO |
3.3 |
RECURSO DE RECLAMACIÓN |
GRATUITO |
3.4 |
RECURSO DE APELACIÓN DE RESOLUCIÓN QUE RESUELVE RECURSO DE RECLAMACIÓN |
GRATUITO |
3.5 |
RECURSO DE APELACIÓN DE PURO DERECHO |
GRATUITO |
3.6 |
SOLICITUD DE DEVOLUCION DE PAGO INDEBIDO O EN EXCESO EN MATERIA TRIBUTARIA |
GRATUITO |
3.7 |
SOLICITUD DE COMPENSACION EN MATERIA TRIBUTARIA |
GRATUITO |
3.8 |
SOLICITUD DE PRESCRIPCIÓN EN MATERIA TRIBUTARIA |
GRATUITO |
3.9 |
TERCERÍA DE PROPIEDAD ANTE COBRANZA DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS |
GRATUITO |
3.10 |
RECURSO DE APELACIÓN DE RESOLUCIONES QUE DENIEGAN TERCERÍAS EN MATERIA TRIBUTARIA |
GRATUITO |
3.11 |
SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE COBRANZA COACTIVA DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS |
GRATUITO |
3.12 |
TERCERÍA DE PROPIEDAD ANTE COBRANZA DE OBLIGACIONES NO TRIBUTARIAS |
GRATUITO |
3.13 |
SOLICITUD DE SUSPENSIÓN DE COBRANZA COACTIVA DE OBLIGACIONES NO TRIBUTARIAS |
GRATUITO |
3.14 |
SOLICITUD DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDA TRIBUTARIA |
GRATUITO |
|
GERENCIA DE SERVICIOS DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SUBGERENCIA DE REGISTRO, ORIENTACIÓN AL CONTRIBUYENTE, RECAUDACIÓN Y EJECUCIÓN COACTIVA |
|
3.15.a |
REIMPRESIÓN DE DECLARACIÓN JURADA HR o PU a) Por primera hoja |
4.90 |
3.15.b |
REIMPRESIÓN DE DECLARACIÓN JURADA HR o PU b) Por hoja adicional |
0.70 |
3.16 |
CONSTANCIA DE CONTRIBUYENTE (Impuesto Predial) |
17.50 |
3.17 |
CONSTANCIA DE NO ADEUDO TRIBUTARIO (Impuesto Predial y Arbitrios Municipales) |
18.6 |
3.18 |
EXPEDICIÓN DE ESTADO DE CUENTA DE TRIBUTOS |
GRATUITO |
|
GERENCIA DE DESARROLLO URBANO - SUBGERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS Y MANTENIMIENTO |
|
4.1 |
AUTORIZACIÓN EN ÁREA DE USO PÚBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE INSTALACIÓN, AMPLIACIÓN O MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS (No vinculado a Telecomunicaciones) |
10.50 |
4.2 |
AMPLIACIÓN DE AUTORIZACIÓN EN ÁREA DE USO PÚBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE INSTALACIÓN, AMPLIACIÓN O MANTENIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS ( No vinculado a Telecomunicaciones) |
GRATUITO |
4.3 |
AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES |
15.70 |
4.4 |
AMPLIACIÓN DE PLAZO DE AUTORIZACIÓN PARA INSTALACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE TELECOMUNICACIONES |
GRATUITO |
4.5 |
AUTORIZACIÓN EN ÁREA DE USO PÚBLICO PARA INSTALACIÓN DOMICILIARIA DE ENERGÍA ELÉCTRICA |
7.80 |
4.6 |
AUTORIZACIÓN PARA REMODELACIÓN DEL ÁREA DE USO PÚBLICO (INSTALACIÓN DE MOBILIARIO URBANO - MEJORAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO, INSTALACIÓN DE RAMPAS, REFACCIÓN DE VEREDAS Y SARDINELES) |
92.50 |
4.7 |
CERTIFICADO DE CONFORMIDAD DE OBRA EN ÁREA DE USO PÚBLICO |
GRATUITO |
4.8a |
AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD (REJAS BATIENTES, PLUMAS LEVADIZAS Y CASETAS DE VIGILANCIA) EN ÁREA DE USO PÚBLICO - Pago del derecho de trámite por la autorización de la instalación del elemento de seguridad |
108.80 |
4.8b |
AUTORIZACIÓN PARA LA INSTALACIÓN DE ELEMENTOS DE SEGURIDAD (REJAS BATIENTES, PLUMAS LEVADIZAS Y CASETAS DE VIGILANCIA) EN ÁREA DE USO PÚBLICO - Pago del derecho por inspección ocular por cada elemento de seguridad |
89.90 |
|
GERENCIA DE DESARROLLO URBANO - SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS, CATASTRO Y CONTROL URBANO |
|
5.1 |
LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES - CONSTRUCCIÓN DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR DE HASTA 120 M2 CONSTRUIDOS, SIEMPRE QUE CONSTITUYA LA ÚNICA EDIFICACIÓN EN EL LOTE |
183.50 |
5.2 |
LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES - AMPLIACIÓN DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR, CUYA EDIFICACIÓN ORIGINAL CUENTE CON LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN, DECLARATORIA DE FÁBRICA O DE EDIFICACIÓN SIN CARGA, Y LA SUMATORIA DEL ÁREA TECHADA DE AMBAS NO SUPERE LOS 200 m2 |
183.50 |
5.3 |
LICENCIA DE EDIFICACIÓN MODALIDAD A: APROBACIÓN AUTOMÁTICA CON FIRMA DE PROFESIONALES - REMODELACIÓN DE UNA VIVIENDA UNIFAMILIAR, SIEMPRE QUE NO IMPLIQUE MODIFICACIÓN ESTRUCTURAL, CAMBIO DE USO Y/O INCREMENTO DE ÁREA TECHADA |
183.50 |
Artículo 3º.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de La Victoria, que como Anexo forma parte integrante de la presente ordenanza, el cual compendia y sistematiza los procedimientos administrativos y servicios administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de tramitación aprobados.
Artículo 4º.- Adecuar los Procedimientos Administrativos al Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, precísese que los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la normativa que es de su competencia.
Artículo 5º.- Adecuar los Procedimientos Administrativos al Decreto Supremo N° 006-2017-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado la Ley Nº 29090 Ley de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y modificatorias, así como su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 029-2019-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación; precísese que los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad vinculados recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en los mencionados dispositivos legales.
Artículo 6º.- Adecuar los Procedimientos Administrativos a la Ley N° 29022, Ley para la Expansión de Infraestructura en Telecomunicaciones y modificatorias, así como su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 003-2015-MTC y modificatorias.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 25 del Decreto Supremo N.° 003-2015-MTC, corresponde disponer la publicación en el portal web institucional o en el Diario Oficial El Peruano y/o uno de mayor circulación nacional, las estructuras de costos que sustenten la determinación del importe de las tasas que cobren de los procedimientos de telecomunicaciones.
Artículo 7º.- Adecuar el Procedimiento Administrativo al Decreto Supremo N° 164-2020-PCM, Decreto Supremo que aprueba el procedimiento administrativo estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control; precísese que el procedimiento administrativo vinculado recoge única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en el mencionado dispositivo legal.
Artículo 8º.- Disponer que los derechos de trámite a los que hace referencia el artículo 2°, sean exigibles a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza y del Acuerdo de Concejo Metropolitano que lo ratifique.
Artículo 9°.- Disponer que la presente Ordenanza, así como su Acuerdo de Concejo ratificatorio se publique en el Diario Oficial “El Peruano”. Asimismo, la presente Ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos y servicios aprobados, serán publicados en el Portal del Diario Oficial El Peruano y serán difundidos, adicionalmente, a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Victoria, ello de conformidad con el artículo 44.3 del TUO de la Ley N° 27444.
Artículo 10º.- La presente Ordenanza, el Anexo y el Acuerdo ratificatorio estarán disponibles en el portal electrónico de Servicio de Administración Tributaria – SAT (www.sat.gob.pe).
Artículo 11º.- Disponer que la Ordenanza aprobada entre en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, de manera conjunta con el Acuerdo de Concejo Metropolitano que la ratifica.
Artículo 12º.- Derogar toda disposición que se oponga a la presente norma.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
LUIS ALBERTO GUTIÉRREZ SALVATIERRA
Alcalde
* El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.
2033599-1