Crean “Comisión para el desarrollo de contenidos técnicos de un Programa Presupuestal Institucional Sectorial orientado a la reducción de la corrupción en el uso de los recursos públicos en el Perú”, que tendrá vigencia durante el año 2022
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA
Nº 013-2022-CG
Lima, 24 de enero de 2022
VISTOS:
La Hoja Informativa Nº 000748-2021-CG/PLPREPI, de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones; el Memorando Nº 000577-2021-CG/GMPL, de la Gerencia de Modernización y Planeamiento; y, la Hoja Informativa Nº 000010-2022-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a las disposiciones previstas en su ley orgánica;
Que, conforme al artículo 16 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República y modificatorias, esta Entidad Fiscalizadora Superior cuenta con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera; y tiene por misión dirigir y supervisar con eficiencia y eficacia el control gubernamental, orientando su accionar al fortalecimiento y transparencia de la gestión de las entidades, la promoción de los valores y la responsabilidad de los funcionarios y servidores públicos;
Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de obtener mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la cual es de cumplimiento obligatorio, entre otras, para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno; habiendo establecido como Objetivo General contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 180-2021-PCM, se aprueba la Estrategia de Integridad del Poder Ejecutivo al 2022 para la Prevención de Actos de Corrupción, la cual tiene por finalidad fortalecer la respuesta coordinada de todas las entidades pertenecientes al Poder Ejecutivo, para asegurar el cumplimiento de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción y la implementación del Modelo de Integridad para las entidades del sector público; asimismo, asegurar la buena marcha de las entidades del Poder Ejecutivo, a través de la mitigación de riesgos que afectan la integridad pública y que dan paso a la ocurrencia de posibles actos de corrupción, así como de faltas administrativas y prácticas cuestionables;
Que, el numeral 16.2 del artículo 16 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que los Programas Presupuestales pueden ser Programas Presupuestales Orientados a Resultados (PPoR) o Programas Presupuestales Institucionales (PPI); asimismo, señala que los Programas Presupuestales Orientados a Resultados tienen como propósito el logro de resultados sobre la población y su entorno, tienen carácter multisectorial e intergubernamental, en tanto los Programas Presupuestales Institucionales tienen como propósito el logro de resultados sectoriales y objetivos estratégicos institucionales;
Que, el Plan Estratégico Institucional Modificado de la Contraloría General de la República 2019-2024, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 452-2018-CG, establece entre otros Objetivos Estratégicos Institucionales, el OEI.01 Contribuir a la reducción de la inconducta funcional y la corrupción en las entidades públicas;
Que, mediante Resolución Directoral N° 0030-2020-EF/50.01, se aprobó la Directiva N° 0005-2020-EF/50.01, Directiva para el diseño de los Programas Presupuestales en el marco del Presupuesto por Resultados, la cual en el numeral 17.1 de su artículo 17, establece que la entidad responsable del PPI conforma un equipo técnico que lo acompaña en la conducción de las acciones vinculadas a las etapas del diseño; así como, en la optimización y desarrollo de la gestión de PPI durante las fases del Proceso Presupuestario;
Que, conforme al literal b) del artículo 44 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la Republica, aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG, la Gerencia de Modernización y Planeamiento tiene por función proponer a la Alta Dirección políticas, planes, lineamientos, estrategias, programas, proyectos, presupuestos y acciones de organización y modernización institucional, visando el proyecto correspondiente;
Que, a través del Memorando Nº 000577-2021-CG/GMPL, la Gerencia de Modernización y Planeamiento, con base en la Hoja Informativa Nº 000748-2021-CG/PLPREPI, de la Subgerencia de Planeamiento, Presupuesto y Programación de Inversiones, propone y sustenta la creación de una comisión de naturaleza temporal para el desarrollo de contenidos técnicos de un Programa Presupuestal Institucional Sectorial orientado a la reducción de la corrupción en el uso de los recursos públicos en el Perú, en el marco de la institucionalización del Presupuesto por Resultados en la Contraloría General de la República;
Que, mediante Hoja Informativa Nº 000010-2022-CG/GJNC, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental, y conforme a lo expuesto en la Hoja Informativa Nº 000014-2022-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que crea la comisión de acuerdo a la propuesta de la Gerencia de Modernización y Planeamiento;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobada con Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Creación de la comisión temporal
Créase la comisión, de naturaleza temporal, denominada “Comisión para el desarrollo de contenidos técnicos de un Programa Presupuestal Institucional Sectorial orientado a la reducción de la corrupción en el uso de los recursos públicos en el Perú” (en adelante la comisión), que tendrá vigencia durante el año 2022.
Artículo 2.- Conformación de la comisión
La comisión, está conformada según el detalle siguiente:
Integrantes |
Rol |
El/la Secretario/a General o su representante |
Presidente/a |
Un/a Gerente/a bajo el ámbito de la Vicecontraloría de Servicios de Control Gubernamental |
Integrante |
Un/a Gerente/a bajo el ámbito de la Vicecontraloría de Gestión Estratégica e Integridad Pública |
Integrante |
El/la Gerente/a de la Gerencia de Modernización y Planeamiento |
Secretario/a Técnico/a |
Las Vicecontralorías designan al/a Gerente/a bajo su respectivo ámbito funcional.
Artículo 3.- Funciones de la comisión
La comisión tiene las funciones siguientes:
a) Diseñar un Programa Presupuestal Institucional Sectorial (PPIS) orientado a la reducción de la corrupción en el uso de los recursos públicos en el Perú.
b) Coordinar y participar en las reuniones de trabajo con funcionarios de otras entidades, así como con especialistas, investigadores y otros representantes de la sociedad civil, orientadas a la formulación de los contenidos del PPIS: Modelo Conceptual, Modelo Explicativo, Modelo Prescriptivo, Teoría de Cambio e Indicadores.
c) Consolidar, integrar y presentar al Despacho Contralor el documento que sustente el diseño del PPIS.
d) Convocar, en calidad de invitados, a expertos y académicos nacionales e internacionales a fin de recabar aportes que coadyuven al mejor cumplimiento de sus funciones.
e) Conformar grupos de trabajo temáticos, con el propósito de contribuir a la ejecución de las funciones de la comisión. Los grupos de trabajo estarán conformados por representantes designados por los integrantes de la comisión y su operatividad es conducida por la Secretaría Técnica.
Artículo 4.- Secretaría Técnica
La Gerencia de Modernización y Planeamiento en su rol de Secretaría Técnica, está encargada de brindar a la comisión el acompañamiento necesario para la conducción de las acciones vinculadas a las etapas de diseño del PPIS.
Artículo 5.- Instalación y Plan de Trabajo
La comisión se instala en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, y aprueba su Plan de Trabajo en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles siguientes a su instalación.
Artículo 6.- Publicación
Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal Web Institucional (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELSON SHACK YALTA
Contralor General de la República
2033248-1