Autorizan viaje de Procuradora Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, y de abogado de la Procuraduría a Brasil, para que ejerzan la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 0012-2022-JUS

Lima, 21 de enero de 2022

VISTOS, el Memorando Nº 004-2022-JUS/PGE-PPAHCO, de la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras; el Oficio Nº 030-2022-JUS/PGE-SGCD, de la Procuraduría General del Estado; el Informe Nº 023-2022-JUS/OGPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 43-2022-JUS/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución del Procurador General del Estado Nº 33-2020-PGE/PG, se designó a la señora Silvana América Carrión Ordinola, como Procuradora Pública Ad Hoc para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras;

Que, mediante Memorando Nº 004-2022-JUS/PGE-PPAHCO, la Procuradora Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, informa que con las providencias fiscales de fecha 26 de noviembre y 16 de diciembre de 2021 (Carpeta Fiscal Nº 12-2017), el Segundo Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios – Equipo Especial notificó la programación de las declaraciones testimoniales presenciales de Nelson Vieira de Bulhoes, Edson Nogueira Lemos, Ricardo Boleira Sieiro Guimaraes y Olivio Rodrígues Junior, a realizarse los días miércoles 26 y jueves 27 de enero del 2022, en las instalaciones de la Procuraduría de la República de Sao Paulo y de la Procuraduría de la República de Salvador de Bahía en la República Federativa de Brasil;

Que, en estos términos, la señora abogada Silvana América Carrión Ordinola, Procuradora Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, solicita autorización de viaje a efectos de participar en las citadas diligencias en representación del Estado peruano en compañía del abogado Julián Ríos Díaz, servidor de la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras;

Que, asimismo, de los documentos que se acompañan, se verifica que la citada Procuraduría Pública Ad Hoc, da cuenta de la importancia de las acotadas diligencias, las mismas que guardan relación con la defensa judicial del Estado peruano para los casos vinculados con la empresa Odebrecht y otras; lo cual ha sido ratificado por la Procuraduría General del Estado;

Que, teniendo en cuenta la importancia y trascendencia de las diligencias antes mencionadas, resulta de interés institucional autorizar el viaje de los señores Silvana América Carrión Ordinola, Procuradora Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras y Julián Ríos Díaz, abogado de la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, a efectos que participen en las mismas en representación del Estado peruano;

Que, asimismo, por razones de itinerario es pertinente autorizar el presente viaje del 24 al 28 de enero de 2022, en el caso de la señora Silvana América Carrión Ordinola y del 26 al 28 de enero de 2022, en el caso del señor Julián Ríos Díaz;

Que, los gastos que genere dicho viaje en comisión de servicios serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora Silvana América Carrión Ordinola, Procuradora Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, del 24 al 28 de enero de 2022, a las ciudades de Sao Paulo y Salvador de Bahía, República Federativa del Brasil, para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Autorizar el viaje del señor Julián Ríos Díaz, abogado de la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras, del 26 al 28 de enero de 2022, a la ciudad de Salvador de Bahía, República Federativa del Brasil, para que ejerza la defensa jurídica de los derechos e intereses del Estado peruano ante los órganos jurisdiccionales y no jurisdiccionales, nacionales e internacionales, en las investigaciones y procesos vinculados a delitos de corrupción de funcionarios, lavado de activos y otros conexos en los que habría incurrido la empresa Odebrecht y otras, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle:

Silvana América Carrión Ordinola, Procuradora Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras.

Pasajes US$ 2,517.75

Viáticos x 5 días US$ 1,850.00

Julián Ríos Díaz, Abogado de la Procuraduría Pública Ad Hoc para el caso Odebrecht y otras.

Pasajes US$ 2,906.55

Viáticos x 3 días US$ 1,110.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los servidores citados en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.

Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

2032880-1