Aprueban el Plan Maestro del Santuario Nacional Megantoni, periodo 2022-2026, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida y la delimitación de la Zona de Amortiguamiento

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL

N° 024-2022-SERNANP

Lima, 20 de enero de 2022

VISTOS:

El Informe N° 015-2022-SERNANP-DDE del 10 de enero de 2022, de la Dirección de Desarrollo Estratégico y el Memorándum N° 0122-2022-SERNANP-DGANP del 17 de enero del 2022, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas de la Institución, y;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa;

Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8 de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, el artículo 18 de la precitada Ley, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específicos, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las Áreas;

Que, el artículo 20 de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el cual constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y serán elaborados bajo procesos participativos y revisados cada cinco (5) años;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM de fecha 23 de abril de 2009, se establecen las Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP de fecha 29 de setiembre de 2021, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros;

Que, mediante Decreto Supremo N° 030-2004-AG de fecha 18 de agosto de 2004, se establece como Santuario Nacional Megantoni sobre una superficie de doscientos quince mil ochocientos sesenta y ocho hectáreas y nueve mil seiscientos metros cuadrados (215 868.96 ha), ubicado en el distrito de Echarate, de la provincia de La Convención del departamento de Cusco;

Que, mediante Resolución Presidencial N° 208-2016-SERNANP de fecha 15 de agosto de 2016, se aprueba el Plan Maestro del Santuario Nacional Megantoni, periodo 2016-2020;

Que, mediante Resolución Directoral N° 03-2020-SERNANP-DDE de fecha 15 de enero de 2020, se aprobó la relación de Áreas Naturales Protegidas aptas para iniciar el proceso de actualización de sus respectivos Planes Maestros, en la cual se consigna como una de ellas al Santuario Nacional Megantoni;

Que, la Dirección de Desarrollo Estratégico, contando con la conformidad y visto bueno al Plan Maestro del Santuario Nacional Megantoni, periodo 2022-2026, por parte de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas a través del Memorándum N° 0122-2022-SERNANP-DGANP, solicita la elaboración de la Resolución Presidencial en base al Informe N° 15-2022-SERNANP-DDE, en el cual se concluye que el Plan Maestro de dicho Santuario Nacional, periodo 2022-2026, no presenta observaciones, ha sido validado por la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión y sustentado ante la Alta Dirección del SERNANP, cumpliendo con los requisitos establecidos en la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, asimismo, concluye que la zonificación y la delimitación de la zona de amortiguamiento, de acuerdo al Informe N° 06-2022-SERNANP-DDE, cumple con los requisitos establecidos en la Resolución Presidencial N° 197-2013-SERNANP;

Que, en ese sentido, la Dirección de Desarrollo Estratégico recomienda aprobar el Plan Maestro del Santuario Nacional Megantoni, periodo 2022-2026, así como la zonificación y la nueva delimitación de la zona de amortiguamiento que se encuentra definida en la memoria descriptiva y en el mapa base;

Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y;

De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar el Plan Maestro del Santuario Nacional Megantoni, periodo 2022-2026, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo 1, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2º.- Aprobar la delimitación de la Zona de Amortiguamiento del Santuario Nacional Megantoni, de acuerdo la memoria descriptiva y mapa base contenidos en el Anexo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3°. - Encargar a la Jefatura del Santuario Nacional Megantoni, velar por la implementación del referido Plan Maestro.

Artículo 4º.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional del SERNANP: www.gob.pe/sernanp., en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

José Del Carmen Ramírez Maldonado

Jefe

2032755-1