Establecen medidas preventivas para resguardar la salud de jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo; así como de los/las usuarios/as del sistema judicial

CONSEJO EJECUTIVO

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000004-2022-CE-PJ

Lima, 18 de enero del 2022

VISTOS:

La Resolución Administrativa Nº 000001-2022-P-CE-PJ, de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; así como los Oficios Nros. 000003 y 000004-2022-PCSST-CE-PJ cursados por el señor Consejero Responsable del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, por Decreto Supremo Nº 008-2020-SA se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa días calendario, dictándose medidas de prevención y control a fin de evitar la propagación del COVID-19, la cual fue prorrogada sucesivamente por los Decretos Supremos Nros. 020-2020-SA, 027-2020-SA, 031-2020-SA y 009-2021-SA; posteriormente, mediante Decreto Supremo Nº 025-2021-SA se extendió dicha medida a partir del 3 de setiembre de 2021, por el plazo de ciento ochenta días calendario.

Segundo. Que, con la finalidad de mantener las labores en el Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa Nº 000423-2021-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, entre otras medidas, prorrogó hasta el 31 de enero de 2022 la vigencia del Protocolo denominado “Medidas de reactivación de los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, posterior al levantamiento del aislamiento social obligatorio establecido por el Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM y prorrogado por los Decretos Supremos Nros. 051 y 064-2020-PCM”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000129-2020-CE-PJ, y modificado por Resolución Administrativa Nº 000146-2020-CE-PJ. Asimismo, se establecieron diversas medidas administrativas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos durante dicho periodo; y se delegó facultades a la Presidencia del Poder Judicial y a los/las Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia del país para que dispongan las medidas sanitarias necesarias; así como de los recursos humanos y logísticos para el adecuado funcionamiento de órganos jurisdiccionales del 1 al 31 de enero de 2022, y dictar las medidas complementarias que se requieran; según la realidad y ubicación geográfica de cada sede judicial, dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Tercero. Que, posteriormente, mediante Resolución Administrativa Nº 000001-2022-P-CE-PJ, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso, a partir del 6 de enero de 2022 y hasta nueva disposición, el trabajo remoto en los órganos jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial; efectivizándose en el horario de ocho horas diarias, conforme a lo establecido en la Versión Nº 4 del Reglamento “Trabajo Remoto en los Órganos Administrativos y Jurisdiccionales del Poder Judicial”, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000408-2020-CE-PJ; y será coordinado con el/la jefe/a inmediato. Asimismo, estableció que la Presidencia del Poder Judicial y las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, pueden establecer el trabajo presencial exclusivamente en las áreas que así lo requieran; debiéndose adoptar las medidas de bioseguridad necesarias.

Cuarto. Que, al respecto, mediante Oficios Nros. 000003 y 000004-2022-PCSST-CE-PJ, el señor Consejero Responsable del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo remite los Informes Nros. 000001 y 000002-2022-OFITECSST-CE-PJ cursado por el Coordinador de la Oficina Técnica de Seguridad y Salud en el Trabajo, a través del cual informa sobre el comportamiento COVID-19 en la primera semana del año 2022 en el Poder Judicial, remitiendo estadísticas del número de los contagios en donde se concluye el aumento de casos a nivel nacional.

Quinto. Que, estando a lo expuesto por el señor Consejero Responsable del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo; y considerando el contexto actual de la pandemia del COVID-19 en el país, es necesario adoptar las medidas preventivas para resguardar la salud de jueces, juezas, personal jurisdiccional y administrativo; así como de los/las usuarios/as del sistema judicial; y para garantizar la continuidad del servicio de justicia, por lo que este Órgano de Gobierno establecer precisiones a lo dispuesto por Resolución Administrativa Nº 000001-2022-P-CE-PJ.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 037-2022 de la primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 12 de enero de 2022, realizada en forma virtual con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Establecer que el trabajo presencial a que se refiere el artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 000001-2022-P-CE-PJ, se efectuará de 08:00 a 13:00 horas; debiéndose complementar la jornada laboral en el día con tres horas de trabajo remoto.

La Presidencia del Poder Judicial y los/las Presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia, pueden establecer excepcionalmente un horario de trabajo presencial de acuerdo a su realidad y ubicación geográfica; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Artículo Segundo.- Remitir a la Gerencia General del Poder Judicial los Oficios Nros. 000003 y 000004-2022-PCSST-CE-PJ, cursados por el señor Consejero Responsable del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, para que emita informe respecto a las recomendaciones efectuadas en dicha documentación y que sean de su competencia.

Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

ELVIA BARRIOS ALVARADO

Presidenta

2032493-1