Modifican el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Nº 205-2021-OSCE/PRE, referido a la delegación de facultades otorgadas el/la Jefe/a de la Oficina de Administración

RESOLUCIÓN Nº D000017-2022-OSCE/PRE

Jesús María, 19 de enero del 2022

VISTOS:

El Memorando Nº D00047-2022-OSCE-OAD de la Oficina de Administración; y el Informe Nº D000033-2022-OSCE-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 51 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera;

Que, mediante Resolución Nº 205-2021-OSCE/PRE de fecha 21 de diciembre de 2021, se delegaron diversas facultades en funcionarios del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, en materia presupuestaria y planeamiento estratégico, contrataciones del Estado, programación multianual y gestión de inversiones, gestión administrativa, contable, defensa jurídica y gestión de la continuidad operativa, para el año 2022;

Que, el numeral 27.3 del artículo 27 de la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01, publicada en el diario Oficial El Peruano con fecha 26 de diciembre de 2021, señala que, las modificaciones al Cuadro Multianual de Necesidades – CMN son presentadas al Área involucrada en la gestión de la CAP quien gestiona su aprobación ante el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o por el funcionario a quien se hubiera delegado dicha facultad (…);

Que, el artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad, siendo indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;

Que, asimismo, el literal w) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, establece como función de la Presidencia Ejecutiva, delegar total o parcialmente las atribuciones que le corresponda, con excepción de las señaladas por Ley;

Que, a través del documento de Visto, la Oficina de Asesoría Jurídica considera viable se delegue en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración la facultad de aprobar la modificación del Cuadro Multianual de Necesidades – CMN del OSCE 2022 – 2024, en el ejercicio fiscal 2022, en el marco de lo dispuesto en la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01.”;

Que, en ese contexto, de acuerdo a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta conveniente modificar el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Nº 205-2021-OSCE/PRE, a fin de garantizar una adecuada gestión que permita al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE agilizar el cumplimiento de sus funciones y optimizar la gestión administrativa;

Que, el literal e) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF, establece que el Secretario General reemplazará interinamente al Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, en caso de impedimento o ausencia;

Con el visado del Secretario General (s) y del Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica;

Por lo antes expuesto y de conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 344-2018-EF y modificatorias; la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01; y el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar el numeral 2.1 del artículo 2 de la Resolución Nº 205-2021-OSCE/PRE, referido a la delegación de facultades otorgadas el/la Jefe/a de la Oficina de Administración, en los siguientes términos:

Artículo 2.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Administración del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, las siguientes facultades:

2.1 En materia de Contrataciones del Estado:

(…)

d) Aprobar la modificación del Cuadro Multianual de Necesidades – CMN del OSCE 2022 – 2024, en el marco de lo dispuesto en la Directiva Nº 0005-2021-EF/54.01, Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0014-2021-EF/54.01.”

Artículo 2.- Quedan vigentes los demás extremos de la Resolución Nº 205-2021-OSCE/PRE.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE (www.gob.pe/osce).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DIEGO ALEJANDRO MONTES BARRANTES

Presidente Ejecutivo (i)

2031948-1