Derogan la Resolución Ministerial N° 355-2018-PRODUCE, que aprueba la Ficha Técnica Estándar de Proyectos de Inversión de Apoyo a la Adopción de Tecnologías por Productores Acuícolas y Pescadores Artesanales, y el instructivo para su aplicación

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 00017-2022-PRODUCE

Lima, 18 de enero de 2022

VISTOS: El Informe N° 00000031-2021-PRODUCE/OGPPM y los Memorandos Nos. 00000324-2021-PRODUCE/OGPPM, 00000541-2021-
PRODUCE/OGPPM y 00001111-2021-PRODUCE/OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y los Informes Nos. 00000054-2021-
PRODUCE/OPMI, 00000097-2021-PRODUCE/OPMI, 000000157-2021-PRODUCE/OPMI y 000000220-2021-
PRODUCE/OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones; y los Informes Nos. 00000716-2021-PRODUCE/OGAJ, 00000733-2021-
PRODUCE/OGAJ y 00001036-2021-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo ejercen sus competencias exclusivas en todo el territorio nacional con arreglo a sus atribuciones y según lo disponga su normatividad específica y están sujetos a la política nacional y sectorial;

Que, el Ministerio de la Producción es la autoridad competente en materia de pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; teniendo entre sus funciones dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, entre otros; conforme a lo establecido en el artículo 3 y el numeral 5.2 del artículo 5 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobada por Decreto Legislativo N° 1047;

Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 242-2018-EF, crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;

Que, el numeral 12.3 del artículo 12 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 284-2018-EF, señala que las Unidades Formuladoras cumple, entre otras, la función de elaborar las fichas técnicas y los estudios de preinversión con el fin de sustentar la concepción técnica, económica y el dimensionamiento de los proyectos de inversión, teniendo en cuenta los objetivos, metas de producto e indicadores de resultado previstos en la fase de Programación Multianual de Inversiones; así como los fondos públicos estimados para la operación y mantenimiento de los activos generados por el proyecto de inversión y las formas de financiamiento;

Que, mediante la Resolución Ministerial N° 355-2018-PRODUCE, se aprobó la “Ficha Técnica Estándar de Proyectos de Inversión de Apoyo a la Adopción de Tecnologías por Productores Acuícolas y Pescadores Artesanales” y el Instructivo para su aplicación;

Que, la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, conjuntamente con su Anexo N° 09, aprobados mediante Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, detalla los objetivos, principios, requisitos, y características, que deben contener las Fichas Técnicas Estándar de los proyectos de inversión;

Que, mediante el Oficio N° 013-2021-EF/63.03, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas solicitó la evaluación y actualización de los contenidos de la “Ficha Técnica Estándar de Proyectos de Inversión de Apoyo a la Adopción de Tecnologías por Productores Acuícolas y Pescadores Artesanales”, en el marco de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y la metodología general vigente, a fin de implementar y/o actualizar en el Banco de Inversiones las adecuaciones correspondientes;

Que, mediante los documentos de vistos, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sustenta y se ratifica en la propuesta de dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 355-2018-PRODUCE, que aprueba la “Ficha Técnica Estándar de Proyectos de Inversión de Apoyo a la Adopción de Tecnologías por Productores Acuícolas y Pescadores Artesanales” y el Instructivo para su aplicación, debido a que dicha ficha no se encuentra acorde a lo establecido en los numerales 22.1 y 23.3 de la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, ni cumple con los principios y las características descritas en su Anexo 09, para dichos efectos remite un proyecto de Resolución Ministerial;

Que, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización indica que el Servicio de Apoyo a la Adopción de Tecnologías en el Sector Pesca y Acuicultura, no se encuentra dentro de las intervenciones aprobadas por el Sector Producción y tampoco contribuye con el cierre de brechas, debido a que no posee un Indicador de Brecha aprobado por el Sector Producción, lo cual es ratificado por la Dirección General de Acuicultura del Ministerio de la Producción, y el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES;

Que, mediante los Informes Nos. 00000716-2021-PRODUCE/OGAJ, 00000733-2021-PRODUCE/OGAJ y 00001036-2021-
PRODUCE/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable emitir la Resolución Ministerial que derogue la Resolución Ministerial N° 355-2018-PRODUCE, que aprueba la “Ficha Técnica Estándar de Proyectos de Inversión de Apoyo a la Adopción de Tecnologías por Productores Acuícolas y Pescadores Artesanales” y el Instructivo para su aplicación;

Que, en consecuencia, corresponde emitir la Resolución Ministerial que derogue la Resolución Ministerial N° 355-2018-PRODUCE, que aprueba la “Ficha Técnica Estándar de Proyectos de Inversión de Apoyo a la Adopción de Tecnologías por Productores Acuícolas y Pescadores Artesanales” y el Instructivo para su aplicación, dado que la misma no será utilizada por el personal de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, y podría generar confusión en los operadores y supervisores del cumplimiento de las normas del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;

Con las visaciones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y sus modificatorias; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 242-2018-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF; la Resolución Directoral N° 001-2019-EF/63.01, que aprueba la Directiva N° 001-2019-EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y sus modificaciones; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Derogar la Resolución Ministerial N° 355-2018-PRODUCE que aprueba la Ficha Técnica Estándar de Proyectos de Inversión de Apoyo a la Adopción de Tecnologías por Productores Acuícolas y Pescadores Artesanales, y el instructivo para su aplicación.

Artículo 2. Publicar la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE LUIS PRADO PALOMINO

Ministro de la Producción

2031811-1