Aprueban “Lineamientos para la priorización de intervenciones y asignación de recursos a que se refiere el segundo párrafo del literal d) del numeral 67.1 del artículo 67 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2022”

Resolución de Dirección Ejecutiva

Adjunta Nº 001-2022-ARCC/DE/DEA

Lima, 18 de enero de 2022

VISTO: El Memorando Nº 03775-2021-ARCC/GG/OPP y Nº 00050-2022-ARCC/GG/OPP de la Oficina de Planificación y Presupuesto, el Informe Nº 00007-2022-ARCC/GG/OAJ y Nº 00026-2022-ARCC/GG/OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 0006-2022-ARCC/DE/DEA de la Dirección Ejecutiva Adjunta;

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (en adelante la Autoridad), crea la Autoridad como una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal, encargada de liderar, implementar y, cuando corresponda, ejecutar el Plan Integral para la Reconstrucción con Cambios (en adelante, el Plan);

Que, en artículo 1 de la Ley Nº 30556 declara prioritaria, de interés nacional y de necesidad pública la implementación del Plan con enfoque de gestión del riesgo de desastres, para la reconstrucción y construcción de la infraestructura pública y viviendas afectadas por desastres naturales con un nivel de emergencia 4 y 5, así como para la implementación de soluciones integrales de prevención;

Que, con Decreto Supremo Nº 091-2017-PCM, se aprueba el Plan y es de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 30556. Dicho Plan se financia con cargo al Fondo para Intervenciones ante la Ocurrencia de Desastres Naturales;

Que, a través del artículo 67 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, se han establecido una serie de medidas para el financiamiento de las intervenciones del Plan, siendo una de ellas la dispuesta en literal d) del numeral 67.1 del artículo 67, el cual dispone autorizar, excepcionalmente, a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, previa opinión de la Oficina de Presupuesto o la que haga de sus veces en la referida Autoridad, y siempre que se asegure el financiamiento de las intervenciones a ser ejecutadas en el marco del Acuerdo de Gobierno a Gobierno para el Programa de Reconstrucción celebrado entre el Departamento de Comercio Internacional del Gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios del Gobierno del Perú, de acuerdo con la programación que establezca dicha Autoridad, a destinar recursos a los que se refiere el acápite iii) del literal c) del numeral 67.1 a los fines de financiamiento de las intervenciones del Plan, priorizándose las intervenciones en ejecución a cargo de los gobiernos regionales y gobiernos locales;

Que, en ese sentido, la Oficina de Planificación y Presupuesto alcanza una propuesta de “Lineamientos para la priorización de intervenciones y asignación de recursos a que se refiere el segundo párrafo del literal d) del numeral 67.1 del artículo 67 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2022”;

Que, conforme a lo señalado en el Informe Nº 00026-2022-ARCC/OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que es legalmente procedente continuar con el trámite y aprobación de la propuesta de lineamientos;

Que, por otro lado, el literal c) del artículo 14 del Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00008-2020-ARCC/DE, establece que la Dirección Ejecutiva Adjunta de la Autoridad tiene entre sus funciones proponer y aprobar directivas, lineamientos y otras disposiciones e instrumentos para la gestión e implementación de los componentes del Plan;

De conformidad con la Ley Nº 30556, que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; la Ley
Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2022, y la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 00008-2020-ARCC/DE que aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios;

SE RESUELVE:

Artículo 1. Aprobación de lineamientos de priorización y asignación de recursos

Aprobar los “Lineamientos para la priorización de intervenciones y asignación de recursos a que se refiere el segundo párrafo del literal d) del numeral 67.1 del artículo 67 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2022”, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2. Vigencia y publicación

Disponer que la presente Resolución y su anexo se publiquen en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, entrando en vigencia al día siguiente de su publicación hasta el 31 de diciembre del 2022.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Gladys Cecilia Gil Candía

Directora Ejecutiva Adjunta

Autoridad para la Reconstrucción con Cambios

2031676-1