Modifican el literal a) del numeral 1.5 del artículo 1 de la R.M. N° 0005-2022-RE, respecto a delegación de facultades al Secretario General

resolución ministerial

n° 0022-2022-re

Lima, 14 de enero de 2022

VISTOS:

La Hoja de Trámite (SGG) N.° 36, de 10 de enero de 2022; y el Memorándum (LEG) Nº LEG00038/2022, de 11 de enero de 2022; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial N° 0005-2022-RE, publicado el 7 de enero de 2022 en el diario oficial “El Peruano”, se delegó para el año fiscal 2022, facultades al(la) Secretario(a) General, al(la) Jefe(a) de la Oficina General de Administración y al(la) Jefe(a) de la Oficina General de Recursos Humanos;

Que, mediante Hoja de Trámite (SGG) N.° 36-2022, la Secretaría General instruyó a la Oficina General de Asuntos Legales evaluar la delegación de facultades al (la) Secretario(a) General y al titular de la Oficina General de Recursos Humanos, respecto a la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial, teniendo en consideración la Directiva N.° 003-2021-EF/43.01 y la Directiva N.° 004-2021-EF/43.01;

Que, la Directiva N° 003-2021-EF/43.01 “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco de la Ley N.° 29806”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 109-2021-EF/43, regula, entre otros asuntos, de manera exclusiva las obligaciones que deben cumplir los titulares de los Sectores o los funcionarios que cuenten con la delegación de las funciones correspondiente, en los temas relativos a la selección y contratación del personal altamente calificado;

Que, la Directiva N° 004-2021-EF/43.01 “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley Nº 25650”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 118-2021-EF/43, modificada con Resolución Ministerial N° 298-2021-EF/43, establece, entre otros asuntos, las obligaciones que deben cumplir los titulares de las entidades contratantes o los funcionarios que cuenten con la delegación de las funciones correspondiente, en los temas relativos a procesos de selección y contratación de consultores;

Que, la Oficina General de Asuntos Legales, mediante Memorándum (LEG) N° LEG00038/2022, ha señalado que resulta procedente modificar la Resolución Ministerial N.° 0005-2022-RE, en atención a la normativa vigente que regula aspectos del Fondo de Apoyo Gerencial;

Con la opinión favorable y los visados de la Secretaria General, de la Oficina General de Asuntos Legales y de la Oficina General de Recursos Humanos;

Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 082-2019-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modificatorias, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Modificación del literal a) del numeral 1.5 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 0005-2022-RE

Modifícase el literal a) del numeral 1.5 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0005-2022-RE, el cual, en adelante, queda redactado en los siguientes términos:

“Artículo 1.- De la delegación al Titular de la Secretaria General

Delegar en el (la) Secretario (a) General del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes facultades:

(…)

1.5 En materia de gestión administrativa

a) Suscribir y remitir las solicitudes de pago de honorarios del personal altamente calificado, contratado en el marco de la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el Sector Público y dicta otras disposiciones; así como informar los casos en que dicho personal deje de prestar servicios, supuestos a los que se refieren el numeral 5.3.2 del artículo 5.3 y el numeral 6.1.9 del artículo 6.1, respectivamente, de la Directiva N° 003-2021-EF/43.01 “Lineamientos para la Administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco de la Ley Nº 29806”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 109-2021-EF/43.

(…)”

Artículo 2.- Modificación del literal a) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial N° 0005-2022-RE

Modifícase el literal a) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Resolución Ministerial Nº 0005-2022-RE, el cual, en adelante, queda redactado en los siguientes términos:

“Artículo 3.- De la delegación al Titular de la Oficina General de Recursos Humanos

Delegar en el (la) jefe (a) de la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores las siguientes facultades:

3.1 En materia de gestión administrativa

a) Administrar el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público-FAG asignado al Ministerio de Relaciones Exteriores, en el marco del Decreto Ley N° 25650; y en ese sentido, suscribir la documentación concerniente a la contratación de consultores de la entidad, tales como, términos de referencia, contratos de locación de servicios, adendas para prórrogas y /o renovaciones de contratos, solicitud de pago de honorarios y demás documentación prevista en la Directiva N° 004-2021-EF/43.01 “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley Nº 25650”, aprobada con Resolución Ministerial Nº 118-2021-EF/43 y modificada con Resolución Ministerial N° 298-2021-EF/43.

(…)”

Artículo 3.- Los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 0005-2022-RE quedan subsistentes y mantienen plena vigencia.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Oscar Maúrtua de Romaña

Ministro de Relaciones Exteriores

2030957-1